POLÍTICA
PRD-Oaxaca postula a mujeres emparentadas a políticos varones
Por: Citlalli López, corresponsal
Cimacnoticias | Oaxaca.- Esposas, cuñadas, hijas y hermanas de quienes son o fueron diputados locales y alcaldes, dirigentes partidistas o de corriente política al interior del Partido de la Revolución Democrática (PRD), cubrirían las cuotas de género establecidas en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO), de cara a los comicios estatales de julio próximo.
Entre los nombres inscritos como aspirantes a diputadas locales están el de Elim Antonio Aquino, hija del actual edil de Santa Cruz Xoxocotlán, José Julio Antonio Aquino, y Sara Ortiz García, hermana del tesorero del Congreso local, Anselmo García Ortiz.
También se registraron Griselda Martínez Ruíz, cuñada del senador Benjamín Robles Montoya; Patricia Valencia Moreno, esposa del subsecretario de Planeación de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Lenin López Nelio, y Rubicelia Alonso Samperio, esposa del regidor en el municipio de Oaxaca, Aurelio Vázquez López.
Igualmente, Wilby Loreila Vásquez García, hija del ex diputado y titular de la Dirección General de Población, Wilfredo Vázquez López; Griselda Sosa Vázquez, esposa del diputado panista Joel Isidro Inocente, y Gloria Naxhiely Estrada Bautista, hija de la diputada Gloria Bautista.
En total son 54 mujeres que aspiran a una curul de mayoría relativa o representación proporcional, quienes representan el 22.31 por ciento de los 242 registros a las candidaturas por el PRD estatal.
En la última reforma electoral en Oaxaca se estableció que del total de candidaturas al Congreso local –de mayoría y plurinominales– al menos 40 por ciento de aspirantes propietarios y suplentes deben ser del mismo sexo, procurando llegar a la paridad (50 por ciento).
La modificación fue para evitar que tras la llegada de las mujeres a los cargos de elección fueran obligadas por sus partidos a renunciar y dejar el puesto a los suplentes varones.
El 9 de agosto de 2012 se incluyó en el artículo 153 del CIPPEEO la cuota de género 60-40.
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