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Desde la primera vez que llegué como defensor a uno de los Centros Federales de Readaptación Social, llamados también Ceferesos, pude
constatar la forma como se pisotean los derechos de defensa de los
procesados. Están supuestamente protegidos por la Constitución pero son
pisoteados día a día por la Comisión Nacional de Seguridad del gobierno
federal que tiene a su cargo esos centros de reclusión.
En mi primer encuentro como abogado se me
advirtió que al encontrarme con mis defendidos no podía apoyarme en
ninguna clase de documentos o parte del expediente, llevar lápiz o
pluma para tomar alguna nota. Se me indicó que en caso de sorprenderme
hasta con un pequeño pedazo de papel higiénico se me negaría el acceso
a ese centro de reclusión. Las bolsas de mi pantalón y camisa deberán
estar completamente vacías para encontrarme con ellos.
A los procesados por “motivos de seguridad”, incomprensiblemente, no
se les permite tener acceso a sus expedientes para dar lectura a ellos.
Se les da a conocer de manera sintética las razones de su detención,
pero no se abunda más. Para el sistema penal basta que el abogado
defensor conozca el legajo de las investigaciones y el proceso para
considerar protegida la defensa adecuada amparada en la Constitución.
En realidad lo que ocurre es una arbitrariedad revestida de imposición.
En la entrevista defensor-procesado las fechas o detalles
específicos deben retenerse mentalmente porque no hay otra manera de
hacerlo. El abogado como el detenido deben aguzar sus sentidos al
máximo e imaginarse el contenido de un documento, un papel, un
testimonio, un lugar, una fecha, el nombre de una o varias personas,
circunstancias. Sin embargo en contraposición, el ministerio público
que es la parte acusadora, también el representante de la víctima y el
propio juzgador tienen el privilegio de contar en todo tiempo con la
lectura directa del expediente cuando quieran, tomar notas de cualquier
forma y hasta tener copia del mismo.
Los locutorios, lugares asignados para las entrevistas
entre los defensores y procesados, tienen como barrera un grueso
cristal empotrado en medio del escenario, que impide la comunicación
directa entre ellos. El cristal cuenta con pequeños orificios en la
parte baja que impide una comunicación adecuada. Para escucharse tanto
el procesado como su defensor tienen que hablar a través de esos
orificios en voz alta, pero la comunicación se dificulta aún más si en
el mismo locutorio hay otros internos que al mismo tiempo se
entrevistan con sus respetivos defensores; un mar de voces y confusión
se siente en esos espacios carcelarios.
En esos Ceferesos son recluidos tanto acusados por delitos
relacionados con la delincuencia organizada, por narcotráfico, por
homicidio, como aquellos de cometer delitos supuestamente “graves” en
opinión del ministerio público federal sin haber sido comprobados. Ello
posibilita que cualquier persona acusada por cualquier persona, un
policía despistado o mal intencionado por ejemplo, sea detenido sin
mayor obstáculo y enviado a los Ceferesos.
Esta realidad fue demostrada con la detención injusta de jóvenes que
protestaban en el Zócalo de la ciudad de México por la desaparición de
los 43 normalistas de Ayotzinapa. Aunque fueron dejados en libertad en
pocos días, ante la presión mediática y falta de pruebas, dejó en
evidencia el envío inmediato a los Ceferesos sin obstáculo de por medio.
El gobierno federal argumenta que el envío de personas a los centros
carcelarios de alta seguridad, se debe a que los gobiernos estatales,
incluido el del Distrito Federal ya no aceptan reos federales en
cárceles locales por estar rebasados en capacidad poblacional.
Esta crisis de sobre ocupación carcelaria repercute en cualquier
persona acusada (sin pruebas suficientes) para ser enviada a estos
centros carcelarios de “alta seguridad”.
En los Ceferesos encontrarnos abogados defensores y familiares de
distintas partes del país acudiendo a estos lugares: el número 1 es el
“Altiplano” que se encuentra en Almoloya estado de México. Otro más, el
Cefereso número 2, llamado el “Occidente” ubicado en Puente Grande
Jalisco; otro es el Cefereso número 3 llamado el Noreste, ubicado en
Matamoros, Tamaulipas; el Cefereso 4 ubicado en las inmediaciones de
Tepic Nayarit y el Cefereso número 5 en la ciudad de Xalapa, Veracruz.
Las personas recluidas en esos lugares conocen a sus abogados por
medio de un televisor en circuito cerrado el cual se encuentra
“presente” asistiéndole a distancia. El juicio en su contra se lleva en
un lugar distinto y el procesado a cientos de kilómetros es asegurado
en otro lugar. Así podemos encontramos juicios penales en el Distrito
Federal y los procesados recluidos en Nayarit. O juicios que se
tramitan en la ciudad de Oaxaca y el afectado recluido en el Cefereso
del Altiplano.
La libertad se ha vuelto una letra de cambio para que el gobierno
presuma que hace, que detiene supuestamente a delincuentes, pero sin
derecho a una defensa adecuada. Sería conveniente que la Comisión
Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y organismos independientes de
derechos humanos se asomaran a estos lugares y recomendaran cambios
sustanciales en estas cárceles del infierno.
Correo: mfuentesmz@yahoo.com.mx
Twitter: @Manuel_FuentesM
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