(21 de mayo, 2015. Revolución TRESPUNTOCERO).- El 13 de agosto de
2001 fueron detenidos en la ciudad de México los hermanos Alejandro,
Héctor y Antonio Cerezo Contreras junto con Pablo Alvarado Flores y
Sergio Galicia Max. Todos acusados de haber colocado petardos en las
puertas de tres bancos en la misma ciudad.
“Nos detuvieron en nuestro domicilio a las 5 de la madrugada, no
hubo orden de cateo, no hubo orden de aprehensión. Nos sometieron a
doce horas de tortura física y psicológica con el objetivo de que nos
autoinculparamos en los hechos antes referidos”.
“El 17 de agosto de 2001 fuimos ingresados al Centro Federal de
Máxima Seguridad del “Altiplano”. El ingreso en un penal de máxima
seguridad significa una tortura prolongada, pues sus métodos se
fundamentan en la violación sistemática de la integridad física y moral
de los presos. Ahí nadie puede salir rehabilitado, las autoridades
contratan a los reos más peligrosos para que te ataquen, de diversas
maneras.
“Las cárceles mexicanas en su condición actual son espacios
propicios al contagio criminógeno. No sólo por el hacinamiento que
muchas registran, sino también por la convivencia entre internos de
distinta peligrosidad. Las cárceles mexicanas en la actualidad no
reinsertan ni rehabilitan, más bien arruinan vidas”, sentencia el
Centro de Análisis y Políticas Públicas, México Evalúa.
“Pocos son los informes que se hacen públicos con respecto al estado
que mantienen las instituciones penitenciarias en nuestro país, lo cual
no es más que resultado de largas décadas de mutismo oficial y
desinterés social por las problemáticas de las presiones, las cuales
llegan a lo inhumano”, explica el abogado Javier Jiménez O.
En México la población en reclusión es relativamente joven. La edad
media al momento de su detención, tanto entre hombres como entre
mujeres ronda generalmente los 30 años de edad. Sobre el nivel de
escolaridad de los reclusos, la mayoría a nivel nacional, posee entre
siete y nueve años de estudios, aunque sí es ligeramente inferior a la
de la población en el Distrito Federal, que mantiene 10.5 años y la del
Estado de México, con nueve años.
Entre los reclusos, 5% reportó uso de drogas ilegales en el hogar de
su niñez; lo cual aumentó a principios de 2013, al pasar a 9.7%. Sobre
los delitos, la mayor parte de los reos lo son por daños contra la
propiedad (robo con violencia y robo simple) y sólo una minoría está
presos por homicidio, secuestro o delitos sexuales. No obstante, se
observan incrementos significativos en la proporción de sentenciados
por secuestro, homicidio doloso y robo con violencia (tres de cada
cinco por robo con violencia).
La mitad de los robos son por montos de 11 mil pesos o menos, y una
cuarta parte tiene un monto de 2 mil pesos o menos. La proporción de
reincidentes ha aumentado significativamente, es decir, ha empeorado
entre 2002 y 2014, al pasar de 28.3 por ciento a 33.3.
“El paso por la prisión, aunque breve, marca de por vida. Y en esa
condición de estancia está más del 60% de la población en reclusión,
que purga penas menores a tres años por delitos no graves ni violentos,
pero que ameritaron la respuesta más contundente y dura del Estado
mexicano. En esta misma tesitura de reacciones desproporcionadas, están
los códigos de estados diversos que sancionan con la misma pena un robo
simple y un homicidio. Están además los miles de presos sin condena,
que aun sin haber sido declarados culpables y sin representar ningún
riesgo para la sociedad, se les priva de su libertad”, sentencian
miembros de México Evalúa.
Jiménez O comenta que, “si existen cifras y documentos respecto al
tema del sistema penitenciario, se debe en gran medida a la labor de
las comisiones de derechos humanos, las cuales han evidenciado la
insuficiente protección a los presos, y es que de un total de 45,110
quejas, 13,707 están relacionadas con el sistema penitenciario y
diversos centros de internamiento del país”.
El catedrático del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Pedro
Peñaloza, declara que “las cárceles en México enfrentan una crisis
generalizada, porque no cumplen con la reinserción social, pareciera
que han sido modificados y hoy son espacios donde hay violencia y se
cometen delitos, siendo un claro reflejo de la desigualdad social que
prevalece en el país”.
Y argumenta que, a la cárcel ‘van los pobres, los miserables, los
inocentes, los jóvenes’. Explicando que dichos centros son edificios
‘de castigo’ para esa gran minoría y nadie de altos ingresos puede
estar en ella, idea que ha implementado el Estado. “Hoy los penalistas
y los gobiernos autoritarios han hecho que los sistemas penales sean
más punitivos, autoritarios y terribles, y quienes lo han vivido lo
saben”.
Según México Evalúa, se ha abusado del uso de la cárcel y rara vez
se utilizan sanciones alternativas. 96.4 por ciento de las sentencias
condenatorias en México establecen la cárcel como pena y solamente en
3.6 por ciento de las sanciones se contempló el uso de otras
alternativas, como multas y reparación del daño.
Adicionalmente, 58.8 por ciento de los internos cumple sentencias de
menos de tres años de prisión. Esto significa que la gran mayoría de
quienes se encuentran en la cárcel fueron privados de su libertad por
delitos no violentos ni graves. Esta cifra también sugiere que la
capacidad de persecución criminal del Estado es baja y se limita a los
eslabones más débiles de la cadena delictiva. En cuatro entidades más
de 75 por ciento de las penas tiene una duración menor a tres años:
Aguascalientes (83.2 por ciento), Baja California (79.9 por ciento),
Guanajuato (79.3 por ciento) y Michoacán (78.1 por ciento). En México
se abusa de la cárcel como pena y se omiten otras que serían más
apropiadas y menos costosas.
Un estudio del centro documenta que existen 242 mil 754 internos en
las cárceles mexicanas, en un espacio diseñado para un máximo de 195
mil 278, registrando un porcentaje de sobrepoblación de 124.3 por
ciento. Teniendo los mayores niveles de sobrepoblación, Nayarit 188.6
por ciento, Distrito Federal 184.7, Jalisco 176.1 y México 170.5.
Algunos centros penitenciarios tienen porcentajes de ocupación
superiores a 400 por ciento, el ejemplo más sobresaliente es la Cárcel
Distrital Tepeaca, en Puebla, donde conviven 266 internos en un espacio
diseñado para 46. Este tipo de hacinamiento es contrario a las Reglas
Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, de la Organización de las
Naciones Unidas. Además de considerarse un trato cruel, facilita los
contagios de numerosas enfermedades.
Jiménez O, cuestiona al Estado al preguntar, “¿Cuál es el propósito
de tenerlos ahí? ¿Castigar? Cómo podría lograrse si el 41.3 por ciento
de los internos no cuentan con una sentencia de primera instancia, por
lo que están siendo castigados, siendo en un primer momento inocentes
basándonos en la ley. Tampoco se podrán reinsertar si dichos centros
están sobrepoblados y las condiciones de vida son inhumanas. Prevenir
nuevos actos de violencia tampoco es el cometido y si lo es, es un
gigantesco error el cometido, porque no existen mecanismos propicios,
(principalmente psicológicos), que no provoquen, que como hoy, 20 por
ciento de los internos son reincidentes”.
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