No es casual, es plenamente político y a favor del gobierno federal, el haber dejado esta resolución, y las que van contra el sindicato minero metalúrgico, para después de las elecciones, con la intención de que no afectaran a este gobierno y su partido, en el resultado de este proceso.
Pero al mismo tiempo se abre la posibilidad de que se reconozca el carácter de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como patrón sustituto de LFC. Esto no sólo implica reinstalar a los trabajadores respectivos, sino reconocer el contrato colectivo de trabajo, al sindicato mismo y los derechos laborales de los sindicalizados. Y esto ya era posible antes, pero ahora pasa a un primer plano.
Ya a fines de 2009 señalamos estos hechos. La situación que hoy vivimos los vuelve a actualizar. Y ya están ahí, una serie de documentos pasaron por el juzgado de entonces, algunos supuestamente reservados, que comprueban el carácter de patrón sustituto de la CFE:
• El convenio firmado en la madrugada del domingo 11 de octubre, cediendo los bienes, los derechos y las funciones de LFC a la CFE incluye, directamente o en anexos, una larga lista de equipos y bienes, el manejo de las facturas y la atención al mantenimiento. Este documento ya ha sido usado como prueba por la parte sindical, pero ahora va orientado a lo que es la demanda central, el carácter de patrón sustituto de la CFE.
• La Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su artículo 290, dice que se considera que hay sustitución de patrón cuando (...) Exista entre el patrón sustituido y el patrón sustituto transmisión (...) de los bienes esenciales afectos a la explotación, con ánimo de continuarla
. Ya vimos que este requisito se cumple. El otro motivo de que se dé esta sustitución es que los socios o accionistas sean los mismos en una empresa y en la otra. Es obvio que ambas entidades son públicas, de la nación, y por lo tanto del mismo patrón. Cualquiera de las dos causas daría lugar al patrón sustituto, y aquí existen ambas.
Su director ha afirmado que la CFE no necesita ese personal. Claro, con tantos contratistas, si de él dependiera, no habría trabajadores de la CFE. Pero ésta es una institución, y ya ha asumido el papel de patrón sustituto de empresas que fueron nacionalizadas, principalmente en 1960.
Los trabajadores de dichas empresas dieron una lucha por sus organizaciones sindicales y por su trabajo, que fue logrando victorias que dieron lugar a un sindicato unificado: el Sindicato de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (STERM). Se logró un contrato colectivo único. La CFE trataba en lo laboral con dos contratos colectivos, el ya existente del Sindicato Nacional de Electricistas, y el del STERM. Así que no sería nada raro que tratara ahora con los contratos del SUTERM y del SME.
Lo que sucede es que ahora hay funcionarios que aspiran, y hacen lo posible por lograrlo, por la aniquilación de cualquier organización sindical que busque la defensa de sus miembros y, peor, que defienda la empresa estatal de las privatizaciones. Los casos de electricistas y mineros no son los únicos. Son sólo éstos los que han sufrido agresiones más violentas.
Cuando en Europa e incluso en China y otros países, hay muchas huelgas que se resuelven mediante las negociaciones, aquí hay quienes quieren llegar a una verdadera dictadura, por más que se hable de democracia.
Sin embargo, como vemos, el SME, en esta lucha por el reconocimiento de la CFE como patrón sustituto de LFC, tiene armas legales muy fuertes. Y capacidad de movilización y de apoyo.
Por último, el próximo 27 de septiembre se cumplen 50 años de la nacionalización de la industria eléctrica. En este año de centenarios se ha pretendido olvidar este semicentenario, y eso no lo debemos hacer.
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