Reformas para despenalizar aborto y castigar violencia de género
Desde hace casi cinco meses en el Congreso estatal está “congelado” un paquete de reformas legales para dar mayores garantías de seguridad a las colimenses, así como castigos más severos para los agresores.
Sin embargo, hasta ahora no hay fecha para su análisis, ni dictaminación. El paquete de iniciativas de reforma a diversos artículos del Código Penal estatal fue entregado por el Ejecutivo de Colima al Poder Legislativo desde el 28 de septiembre de 2015, tres días antes del inicio de la actual Legislatura.
Tal documento propone la despenalización del aborto, la legítima defensa de las víctimas contra sus agresores, la persecución de oficio del abuso y hostigamiento sexual, así como la autorización a policías para entrar en domicilios cuando se agreda a una mujer.
En la iniciativa se propone reformar el artículo 8 del Código Penal, a fin de incluir el delito de feminicidio y también su tentativa en el catálogo de delitos por los que procede la prisión preventiva.
Igualmente, mediante una adición al artículo 31 se establece la legítima defensa cuando se amenace o cause daño a través de la violencia familiar, a los bienes jurídicos o la familia.
Se plantea, en ese mismo artículo, la facultad de las autoridades de irrumpir en un domicilio cuando una mujer sea agredida, “pues se pondera un bien mayor como es la vida, ante un bien menor, que es la propiedad”.
En el artículo 32, la modificación propuesta consiste en la imposición de confinamiento domiciliario y no carcelario, a las mujeres embarazadas al momento de su juicio, “pues se debe tener en cuenta la vulnerabilidad de esas personas”.
Además, en el artículo 33 se impone la obligatoriedad de un tratamiento psicológico para los agresores o responsables de violencia en el hogar, “dado que toca al Estado la rehabilitación de dichas personas”.
Mientras que el artículo 35 establece una reforma para que las embarazadas que merezcan penas, puedan ver sustituido el castigo por otro que beneficie a las hijas o hijos.
En el artículo 49, la iniciativa del Ejecutivo estatal propone la reparación del daño de forma supletoria cuando se trate del delito de feminicidio y otros del orden sexual.
Para los delitos de abuso sexual y hostigamiento sexual ya no será necesaria una denuncia, toda vez que se incluyen en el catálogo de delitos que se persiguen de oficio; además de que el delito de abuso se modifica por el de acoso.
De igual forma, se adiciona el artículo 123 ter al Código Penal para puntualizar la tentativa de feminicidio, “con el objetivo de evitar que queden impunes graves hechos de violencia o se tipifiquen sólo como violencia contra la mujer o lesiones”.
En el artículo 138 se elimina el castigo para el aborto consentido, “pues la penalidad no permite a las mujeres disfrutar a plenitud de sus Derechos Humanos, al restringir, limitar y excluir derechos inherentes a su vida, salud y decisión”.
Se adiciona el artículo 145 Bis para castigar el delito de violación cuando ésta se da dentro de una relación conyugal, concubinato o de pareja. Y se agrega el artículo 155 Bis para sancionar la esterilidad provocada.
Entre las propuestas de modificación al Código Penal también se plantea el incremento de penas para quienes incurran en el delito de explotación sexual o consuma materiales de pornografía.
Además, en el artículo 218 se incrementa la pena para el delito de amenazas cuando éstas sean cometidas en contra de la esposa, concubina o pareja, “por ser uno de los hechos más recurrentes del ejercicio de poder de los hombres sobre las mujeres”.
En tanto que el artículo 225 se modificaría para establecer el nuevo delito de violencia familiar, “además que se autoriza al Ministerio Público a emitir las órdenes de protección de emergencia”.
Por: Heidi de León Gutiérrez
Cimacnoticias/DiarioAvanzada | Colima, Col.-
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