Genera impacto negativo: Comisión de Derechos Humanos local
El Síndrome de Alienación Parental (SAP), que se utiliza comúnmente en
los juicios de divorcio, es incompatible con el interés superior de
niñas, niños y adolescentes, el derecho a la igualdad, a ser escuchado y
a la participación en los procesos judiciales de separación de los
padres.
Así lo consideró la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México
en un oficio (CDHDF/OE/DEALE/293/2015) que en 2015 envió al Senado para
exponer el impacto negativo de incorporar en el Código Civil Federal un
concepto que afecta los derechos de la infancia y provoca discriminación
hacia las mujeres.
En abril de 2015 el senador Rabindranath Salazar Solorio, entonces
militante del Partido de la Revolución Democrática (PRD), propuso
reformar el Artículo 323 Ter y 444 del Código Civil Federal para
reconocer que la Alienación Parental se da en todos los ámbitos de la
vida familiar y sancionar esta conducta con la pérdida de la patria
potestad de las hijas e hijos.
Un día después de que se presentó esta iniciativa, la Comisión de
Derechos Humanos de la capital envió un oficio con observaciones a la
propuesta de modificar la ley donde expuso que el Estado tiene
obligaciones específicas para garantizar los derechos de niñas y niños
por lo que, aclaró, era insuficiente la simple declaración de reconocer
los derechos de la infancia.
El organismo destacó que si bien la exposición de motivos de la
iniciativa reconocía el principio de interés superior de la infancia,
era importante que las autoridades del Estado se aseguraran de que la
aplicación de las normas tuviera un efecto útil para los derechos de
niñas, niños y adolescentes.
La institución, encabezada por Perla Gómez, también enfatizó que el SAP o
la Alienación Parental es un concepto que no ha sido validado
internacionalmente como científico, ni siquiera ha trascendido el umbral
de toda duda razonable, por tanto aún existen cuestionamientos y
debates importantes sobre su veracidad y las afectaciones que puede
ocasionar a la salud e integridad física de niñas y niños.
Las dudas sobre el SAP son tales que la Organización Mundial de la
Salud, la Asociación Americana de Psicología o la Asociación Americana
Médica ha rechazado el supuesto síndrome por su falta de fundamentación
médica y clínica e incluso Richard Gardner, psiquiatra creador de este concepto, promovió la idea de la “histeria natural en las mujeres y su capacidad de manipulación”.
En el documento enviado al Senado se expone que Gardner también promovió
la idea de que 90 por ciento de la Alienación es ejercida por mujeres y
que el comportamiento alienador es una característica propia de las
mujeres y su incomprensión de la sexualidad masculina que puede incluir
las relaciones incestuosas de padres e hijos.
Por otra parte, la Alienación implica la consideración de que la persona
menor de edad que se encuentra en dicho supuesto tiene una “consciencia
trasformada” en donde su pensamiento y opinión está manipulada, bajo
este supuesto su dicho carece de validez y veracidad.
Un caso que sacó a la luz las implicaciones del SAP fue el de Mireya Agraz Cortés,
quien por siete años denunció que dos de sus tres hijos fueron violados
sexualmente por su padre. Al parecer el 7 de junio Mireya se suicidó,
junto con sus padres (su madre sobrevivió) y sus tres hijos, luego de
que el Tribunal Superior de Justicia de la capital determinó que no hubo
abuso sino Alienación Parental y ordenó que los niños convivieran con
su progenitor.
La incorporación del concepto, construido con base en prejuicios y
estereotipos de género en el Código Civil Federal, hace que todo acto de
autoridad que respalde su decisión en dichos conceptos carezca de
perspectiva de género y sea causa y consecuencia de la violencia
institucional de género en contra de la mujer, destacó el organismo.
Para la Comisión de Derechos Humanos incorporar este término en la ley
exige “un mayor y más profundo escrutinio por parte de las autoridades” y
por ello instó a las y los legisladores a realizar una revisión sobre
la veracidad científica del concepto de Alienación Parental y sobre el
impacto negativo que genera este tipo de disposiciones normativas.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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