6/01/2019

El desafío de la paridad será la implementación


15 congresos estatales avalan reformas

El cumplimiento del principio de paridad de género en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los organismos autónomos, a nivel federal, estatal y local, será de forma paulatina debido a que aún falta diseñar y avalar reformas secundarias que hagan realidad la participación de las mujeres en condiciones de igualdad.

Significa que el triunfo que este mayo lograron las mexicanas por medio de una reforma constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y avalada por 15 Congresos locales, hasta el corte de este 31 de mayo, se comenzará a concretar cuando se realicen las adecuaciones normativas a las legislaciones correspondientes. 
Después de 63 años desde que las mexicanas consiguieron plasmar su derecho a votar en un decreto presidencial, este 2019 lograron que el Senado y la Cámara de Diputados estableciera la obligación constitucional de garantizar que al menos 50 por ciento de todos los cargos de gobierno sean para las mujeres.
Este principio sin embargo será vigente después de que 17 de los 32 Congresos locales aprueben las modificaciones a la Carta Magna. Cuando esto suceda el Congreso de la Unión hará la declaratoria de constitucionalidad de la reforma y el decreto se publicará en el Diario Oficial de la Federación.  
Así comenzará una nueva agenda de trabajo para las mujeres, políticas, académicas, defensoras de Derechos Humanos y legisladoras que llevaron la paridad de la esfera electoral al mundo de la administración pública federal, estatal y local.
Por ejemplo, vigilarán que las disposiciones para que la mitad de las candidaturas a los cargos de elección popular sean para mujeres se aplique en el proceso electoral de 2021, algo que sucederá siempre y cuando esta reforma y las reformas secundarias entren en vigor en junio de 2019.
Por otro lado, la integración y designación de mujeres como autoridades deberá ser progresiva a partir de las nuevas designaciones y nombramientos y una vez que estén listas las modificaciones a las leyes reglamentarias. A continuación, se presenta un recorrido por los cambios que se harán próximamente.
CARTERAS DE ESTADO
En julio de 2018 cuando Andrés Manuel López Obrador ganó la presidencia de México, anunció que su gabinete estaría conformado de manera paritaria. Una vez que tomó posesión, el 1 de diciembre de ese año, ocho mujeres tomaron las riendas de ocho de las 18 secretarías de Estado.
López Obrador designó a María Luisa Albores al frente de la Secretaria de Desarrollo Social; Josefina González Blanco, en Semarnat; Rocío Nahle, en Energía; Graciela Márquez, en Economía, Irma Eréndira Sandoval, en Función Pública; Luisa María Alcalde Luján, en Trabajo y Previsión Social, y Alejandra Frausto en la Secretaría de Cultura.
En una decisión histórica el presidente de la República también nombró a la ministra en retiro, Olga Sánchez Cordero, como secretaria de Gobernación.
Con este inicio de gobierno, hasta enero de 2019, México se encontraba en el lugar 16 a nivel mundial por la cantidad de mujeres ocupando ministerios con 42.1 por ciento de mujeres encabezado ocho carteras de Estado, de acuerdo con datos de la Unión Interparlamentaria.
Sin embargo, en mayo la cifra cambió a siete mujeres debido a que Josefina González Blanco renunció a Semarnat y en su lugar se designó a un hombre.
En este terreno la reforma en materia de paridad de género modificó el artículo 41 constitucional para establecer que los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de Estado deberán observar el principio de paridad de género, tanto en el nivel federal como en las entidades.
La reforma también indica que “la ley determinará las formas y modalidades que correspondan”, para observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías, por lo que faltará una reforma que especifique los procesos en casos de renuncias de mujeres como lo que ocurrió en Semarnat.  

ESPACIOS JURISDICCIONALES

Uno de los espacios donde hay menos mujeres son los organismos impartidores de justicia. Por ejemplo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo tribunal constitucional del país, está integrada por 11 ministros pero sólo hay dos mujeres: Norma Lucía Piña Hernández y Yamín Esquivel Mossa, lo que representan 18.2 por ciento de presencia femenina.
En justicia electoral la situación es similar con 28 por ciento de presencia de mujeres. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se integra por siete magistrados, de los cuales, sólo dos son mujeres: Janine Madeline Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso.
El Tribunal Electoral tiene seis Salas Regionales, cada una con tres magistraturas. En total, de las 18 sólo seis son ocupadas por mujeres, es decir 33 por ciento.
En el caso de las Salas Guadalajara, Monterrey, Xalapa, Ciudad de México y Toluca, cada una cuenta con una magistrada. Sólo en la Sala Regional Especializada hay un hombre y dos mujeres: María del Carmen Carreón Castro y Gabriela Villafuerte Coello.
Asimismo, en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) hay siete consejeros de los cuales sólo dos son mujeres: las consejeras Martha María del Carmen Hernández Álvarez y Rosa Elena González Tirado.
De acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, al cierre de 2017 se conocía que apenas 20.2 por ciento del personal de los órganos jurisdiccionales coordinados por el CJF, entre jueces y magistrados, eran mujeres.
Ante esta escasa presencia femenina en órganos jurisdiccionales, la reforma en materia de paridad indica que la integración de éstos será mediante concursos abiertos observando la paridad de género pero también dice, en el artículo 94 constitucional, que la “ley establecerá la forma y procedimientos”. 
Por tanto, también se esperan reformas a Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para que indique el proceso paritario para integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el CJF, el tribunal electoral, los tribunales colegiados de circuito, los tribunales unitarios de circuito, los juzgados de distrito, el jurado federal de ciudadanos, así como los tribunales de las entidades federativas.

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

Otros espacios donde no era obligatoria la participación de las mujeres son los organismos autónomos, los cuales se integran por designación o por ternas que son propuestas por el presidente y designadas por el Senado.
Entre estos están el Banco de México (Banxico), el Instituto Nacional Electoral (INE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
También se encuentra la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) y la Fiscalía General de la República, entre otros.
En el caso de Banxico tiene a un hombre como gobernador y de cuatro subgobernadores una es mujer: Irene Espinosa Cantellano; el INE cuenta con un consejero presidente y de 10 consejeros electorales cuatro son mujeres: Adriana M. Favela Herrera, Dania Paola Ravel Cuevas, Pamela San Martín Ríos y Valles y Beatriz Claudia Zavala Pérez.
La CNDH es presidida por un ombudsman y seis visitadurías, dos encabezadas por Ruth Villanueva Castilleja y Eréndira Cruzvillegas Fuentes; el Inegi cuenta con una Junta de Gobierno de cinco personas donde sólo hay una vicepresidenta: Paloma Merodio Gómez; mientras que el IFT tiene un pleno de siete comisionados hombres.
Con la reforma aprobada por el Congreso el artículo 41 constitucional se establece que en la integración de los organismos autónomos se observará el principio de paridad, y las y los legisladores aún no explican si se harán reformas a las leyes rectoras de cada organismo. 

MUJERES PARLAMENTARIAS Y MUNÍCIPES

México está a menos de dos puntos porcentuales de alcanzar la paridad en la Cámara de Diputados y el Senado. El país ocupa el cuarto lugar a nivel mundial por la alta presencia de mujeres como legisladoras, según datos de 2019 de la Unión Interparlamentaria.
Han pasado 22 años desde que en 1997 el movimiento de mujeres logró que las leyes electorales fijaran una cuota de género de 30 por ciento en candidaturas hasta conseguir la paridad que en 2014 se elevó a rango constitucional y que llevó al histórico triunfo en las urnas de 2018.
A la fecha en la Cámara de Diputados hay 48.2 por ciento de parlamentarias con 241 legisladoras de 500 diputaciones y en el Senado el porcentaje de 49.2 con 63 mujeres de 128 senadores.
Si bien en el país ya es obligatorio que las mujeres ocupen la mitad de las candidaturas a diputaciones locales, federales y senadurías, aun enfrentan condiciones adversas para ganar o estar en lugares donde tengan posibilidad de ser votadas.
Es por esta razón que los artículos 53 y 56 de la reforma adoptan la paridad horizontal y vertical para la integración de las listas de candidaturas para las diputaciones y senadurías de representación proporcional. Esto es, las candidaturas que presenten los partidos por este principio deberán ser paritarias y encabezadas alternadamente entre hombres y mujeres.
Para sortear las barreras en los cargos municipales, la reforma indica que los artículos 41 y 105 refieren a la aplicación de la paridad en el nivel municipal. El primero obliga a los partidos a garantizar la paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elección.
El segundo establece que los ayuntamientos de elección popular directa se integrarán de conformidad con el principio de paridad (por un presidente o presidenta, y las regidurías y sindicaturas que determine la ley).
De acuerdo con análisis académicos, en el proceso electoral de 2018, de las 4 mil 405 candidatas a alguna presidencia municipal, 440 resultaron electas, es decir, 27 por ciento de los mil 613 ayuntamientos en disputa ahora son encabezados por mujeres.
Un avance significativo si se observan los datos del Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales del Inegi, que al cierre de 2016 censaron 22 mil 824 integrantes de los Ayuntamientos y se encontró que había 11.5 por ciento de presidentas municipales, 39.5 por ciento de mujeres síndicas y 40.5 por ciento de regidoras.
El artículo 2 constitucional reconoce el derecho de los pueblos y las comunidades con población indígena para elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad conforme a las normas aplicables.
Estos cambios podrían llevarse a las Leyes Generales de Partidos Políticos y de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de dar claridad a los enunciados que quedaron en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El 14 de mayo el Senado de la República aprobó reformar los nueve artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género y el 23 mayo la Cámara de Diputados avaló los cambios.
En ocho días, hasta el 31 de mayo, 15 Congresos locales han aprobado la minuta de reforma constitucional y se espera que el lunes seis estados más se sumen, por lo que es probable que la próxima semana se declare constitucional la reforma, se publique y entre en vigor.
Las mujeres defensoras de esta reforma han reportado que en los Congresos de Chiapas, Yucatán, Quintana Roo, Querétaro, Sinaloa., Tlaxcala., Hidalgo, Zacatecas, Jalisco, Baja California Sur, Chihuahua, Morelos, Ciudad de México, Oaxaca y Durango se ha votado a favor de dar la mitad del poder a las ciudadanas.
Se espera que el martes se discuta el tema en los Congresos de Guanajuato, Colima, Estado de México, San Luis Potosí, Coahuila y Veracruz.

Especial del Congreso de la Ciudad de México
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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