15 congresos estatales avalan reformas
El
cumplimiento del principio de paridad de género en los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los organismos autónomos,
a nivel federal, estatal y local, será de forma paulatina debido a que
aún falta diseñar y avalar reformas secundarias que hagan realidad la
participación de las mujeres en condiciones de igualdad.
Significa que el triunfo que este mayo lograron las mexicanas por
medio de una reforma constitucional aprobada por el Congreso de la Unión
y avalada por 15 Congresos locales, hasta el corte de este 31 de mayo,
se comenzará a concretar cuando se realicen las adecuaciones normativas a
las legislaciones correspondientes.
Después de 63 años desde que las mexicanas consiguieron plasmar su
derecho a votar en un decreto presidencial, este 2019 lograron que el
Senado y la Cámara de Diputados estableciera la obligación
constitucional de garantizar que al menos 50 por ciento de todos los
cargos de gobierno sean para las mujeres.
Este principio sin embargo será vigente después de que 17 de los 32
Congresos locales aprueben las modificaciones a la Carta Magna. Cuando
esto suceda el Congreso de la Unión hará la declaratoria de
constitucionalidad de la reforma y el decreto se publicará en el Diario
Oficial de la Federación.
Así comenzará una nueva agenda de trabajo para las mujeres,
políticas, académicas, defensoras de Derechos Humanos y legisladoras que
llevaron la paridad de la esfera electoral al mundo de la
administración pública federal, estatal y local.
Por ejemplo, vigilarán que las disposiciones para que la mitad de las
candidaturas a los cargos de elección popular sean para mujeres se
aplique en el proceso electoral de 2021, algo que sucederá siempre y
cuando esta reforma y las reformas secundarias entren en vigor en junio
de 2019.
Por otro lado, la integración y designación de mujeres como
autoridades deberá ser progresiva a partir de las nuevas designaciones y
nombramientos y una vez que estén listas las modificaciones a las leyes
reglamentarias. A continuación, se presenta un recorrido por los
cambios que se harán próximamente.
CARTERAS DE ESTADO
En julio de 2018 cuando Andrés Manuel López Obrador ganó la
presidencia de México, anunció que su gabinete estaría conformado de
manera paritaria. Una vez que tomó posesión, el 1 de diciembre de ese
año, ocho mujeres tomaron las riendas de ocho de las 18 secretarías de
Estado.
López Obrador designó a María Luisa Albores al frente de la
Secretaria de Desarrollo Social; Josefina González Blanco, en Semarnat;
Rocío Nahle, en Energía; Graciela Márquez, en Economía, Irma Eréndira
Sandoval, en Función Pública; Luisa María Alcalde Luján, en Trabajo y
Previsión Social, y Alejandra Frausto en la Secretaría de Cultura.
En una decisión histórica el presidente de la República también
nombró a la ministra en retiro, Olga Sánchez Cordero, como secretaria de
Gobernación.
Con este inicio de gobierno, hasta enero de 2019, México se
encontraba en el lugar 16 a nivel mundial por la cantidad de mujeres
ocupando ministerios con 42.1 por ciento de mujeres encabezado ocho
carteras de Estado, de acuerdo con datos de la Unión Interparlamentaria.
Sin embargo, en mayo la cifra cambió a siete mujeres debido a que
Josefina González Blanco renunció a Semarnat y en su lugar se designó a
un hombre.
En este terreno la reforma en materia de paridad de género modificó
el artículo 41 constitucional para establecer que los nombramientos de
las personas titulares de las secretarías de Estado deberán observar el
principio de paridad de género, tanto en el nivel federal como en las
entidades.
La reforma también indica que “la ley determinará las formas y
modalidades que correspondan”, para observar el principio de paridad de
género en los nombramientos de las personas titulares de las
secretarías, por lo que faltará una reforma que especifique los procesos
en casos de renuncias de mujeres como lo que ocurrió en Semarnat.
ESPACIOS JURISDICCIONALES
Uno de los espacios donde hay menos mujeres son los organismos
impartidores de justicia. Por ejemplo, la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, máximo tribunal constitucional del país, está integrada por
11 ministros pero sólo hay dos mujeres: Norma Lucía Piña Hernández y
Yamín Esquivel Mossa, lo que representan 18.2 por ciento de presencia
femenina.
En justicia electoral la situación es similar con 28 por ciento de
presencia de mujeres. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación se integra por siete magistrados, de los
cuales, sólo dos son mujeres: Janine Madeline Otálora Malassis y Mónica
Aralí Soto Fregoso.
El Tribunal Electoral tiene seis Salas Regionales, cada una con tres
magistraturas. En total, de las 18 sólo seis son ocupadas por mujeres,
es decir 33 por ciento.
En el caso de las Salas Guadalajara, Monterrey, Xalapa, Ciudad de
México y Toluca, cada una cuenta con una magistrada. Sólo en la Sala
Regional Especializada hay un hombre y dos mujeres: María del Carmen
Carreón Castro y Gabriela Villafuerte Coello.
Asimismo, en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) hay siete
consejeros de los cuales sólo dos son mujeres: las consejeras Martha
María del Carmen Hernández Álvarez y Rosa Elena González Tirado.
De acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal,
realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, al
cierre de 2017 se conocía que apenas 20.2 por ciento del personal de los
órganos jurisdiccionales coordinados por el CJF, entre jueces y
magistrados, eran mujeres.
Ante esta escasa presencia femenina en órganos jurisdiccionales, la
reforma en materia de paridad indica que la integración de éstos será
mediante concursos abiertos observando la paridad de género pero también
dice, en el artículo 94 constitucional, que la “ley establecerá la
forma y procedimientos”.
Por tanto, también se esperan reformas a Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación para que indique el proceso paritario para
integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el CJF, el tribunal
electoral, los tribunales colegiados de circuito, los tribunales
unitarios de circuito, los juzgados de distrito, el jurado federal de
ciudadanos, así como los tribunales de las entidades federativas.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Otros espacios donde no era obligatoria la participación de las
mujeres son los organismos autónomos, los cuales se integran por
designación o por ternas que son propuestas por el presidente y
designadas por el Senado.
Entre estos están el Banco de México (Banxico), el Instituto Nacional
Electoral (INE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Instituto
Federal de Telecomunicaciones (IFT).
También se encuentra la Comisión Federal de Competencia Económica
(Cofece), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos (INAI) y la Fiscalía General de la
República, entre otros.
En el caso de Banxico tiene a un hombre como gobernador y de cuatro
subgobernadores una es mujer: Irene Espinosa Cantellano; el INE cuenta
con un consejero presidente y de 10 consejeros electorales cuatro son
mujeres: Adriana M. Favela Herrera, Dania Paola Ravel Cuevas, Pamela San
Martín Ríos y Valles y Beatriz Claudia Zavala Pérez.
La CNDH es presidida por un ombudsman y seis visitadurías, dos
encabezadas por Ruth Villanueva Castilleja y Eréndira Cruzvillegas
Fuentes; el Inegi cuenta con una Junta de Gobierno de cinco personas
donde sólo hay una vicepresidenta: Paloma Merodio Gómez; mientras que el
IFT tiene un pleno de siete comisionados hombres.
Con la reforma aprobada por el Congreso el artículo 41 constitucional
se establece que en la integración de los organismos autónomos se
observará el principio de paridad, y las y los legisladores aún no
explican si se harán reformas a las leyes rectoras de cada organismo.
MUJERES PARLAMENTARIAS Y MUNÍCIPES
México está a menos de dos puntos porcentuales de alcanzar la paridad
en la Cámara de Diputados y el Senado. El país ocupa el cuarto lugar a
nivel mundial por la alta presencia de mujeres como legisladoras, según
datos de 2019 de la Unión Interparlamentaria.
Han pasado 22 años desde que en 1997 el movimiento de mujeres logró
que las leyes electorales fijaran una cuota de género de 30 por ciento
en candidaturas hasta conseguir la paridad que en 2014 se elevó a rango
constitucional y que llevó al histórico triunfo en las urnas de 2018.
A la fecha en la Cámara de Diputados hay 48.2 por ciento de
parlamentarias con 241 legisladoras de 500 diputaciones y en el Senado
el porcentaje de 49.2 con 63 mujeres de 128 senadores.
Si bien en el país ya es obligatorio que las mujeres ocupen la mitad
de las candidaturas a diputaciones locales, federales y senadurías, aun
enfrentan condiciones adversas para ganar o estar en lugares donde
tengan posibilidad de ser votadas.
Es por esta razón que los artículos 53 y 56 de la reforma adoptan la
paridad horizontal y vertical para la integración de las listas de
candidaturas para las diputaciones y senadurías de representación
proporcional. Esto es, las candidaturas que presenten los partidos por
este principio deberán ser paritarias y encabezadas alternadamente entre
hombres y mujeres.
Para sortear las barreras en los cargos municipales, la reforma
indica que los artículos 41 y 105 refieren a la aplicación de la paridad
en el nivel municipal. El primero obliga a los partidos a garantizar la
paridad en las candidaturas a los distintos cargos de elección.
El segundo establece que los ayuntamientos de elección popular
directa se integrarán de conformidad con el principio de paridad (por un
presidente o presidenta, y las regidurías y sindicaturas que determine
la ley).
De acuerdo con análisis académicos, en el proceso electoral de 2018,
de las 4 mil 405 candidatas a alguna presidencia municipal, 440
resultaron electas, es decir, 27 por ciento de los mil 613 ayuntamientos
en disputa ahora son encabezados por mujeres.
Un avance significativo si se observan los datos del Censo Nacional
de Gobiernos Municipales y Delegacionales del Inegi, que al cierre de
2016 censaron 22 mil 824 integrantes de los Ayuntamientos y se encontró
que había 11.5 por ciento de presidentas municipales, 39.5 por ciento de
mujeres síndicas y 40.5 por ciento de regidoras.
El artículo 2 constitucional reconoce el derecho de los pueblos y las
comunidades con población indígena para elegir representantes ante los
ayuntamientos, observando el principio de paridad conforme a las normas
aplicables.
Estos cambios podrían llevarse a las Leyes Generales de Partidos
Políticos y de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de dar
claridad a los enunciados que quedaron en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
El 14 de mayo el Senado de la República aprobó reformar los
nueve artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de paridad de género y el 23 mayo la Cámara de
Diputados avaló los cambios.
En ocho días, hasta el 31 de mayo, 15 Congresos locales han aprobado
la minuta de reforma constitucional y se espera que el lunes seis
estados más se sumen, por lo que es probable que la próxima semana se
declare constitucional la reforma, se publique y entre en vigor.
Las mujeres defensoras de esta reforma han reportado que en los
Congresos de Chiapas, Yucatán, Quintana Roo, Querétaro, Sinaloa.,
Tlaxcala., Hidalgo, Zacatecas, Jalisco, Baja California Sur, Chihuahua,
Morelos, Ciudad de México, Oaxaca y Durango se ha votado a favor de dar
la mitad del poder a las ciudadanas.
Se espera que el martes se discuta el tema en los Congresos de
Guanajuato, Colima, Estado de México, San Luis Potosí, Coahuila y
Veracruz.
Especial del Congreso de la Ciudad de México
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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