REPORTAJE
CIMAC
México
se colocó como ejemplo internacional al ser el primero en establecer en
su Constitución el principio de paridad de género transversal: los
poderes de la Unión y organismos autónomos deben integrarse por la mitad
de mujeres y hombres, el mismo esquema debe replicarse en las 32
entidades federativas, así como en la integración de los ayuntamientos.
Este 23 de mayo se vivió un hecho histórico en la Cámara de
Diputados, con 445 votos a favor se aprobó reformar los artículos 2, 4,
35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Carta Magna, para establecer la
obligatoriedad de paridad de género en el poder Ejecutivo, Legislativo,
Judicial y los organismos autónomos.
La minuta remitida por el Senado de la República a la cámara baja,
consolida una lucha por los derechos políticos electorales de las
mexicanas que comenzó el movimiento feminista hace más de 20 años.
Aunque se espera la aprobación de la reforma por lo menos en 17
congresos estatales, la defensora de Derechos Humanos y exsenadora,
Angélica de la Peña Gómez, expresó en entrevista con Cimacnoticias que
esta reforma constituye un parteaguas en la construcción en la
democracia del país, la toma de decisiones y ocupación de espacios de
poder por las mujeres y permite el avance en el reconocimiento de la
igualdad sustantiva.
La reforma constitucional obliga la aplicación de la paridad de
género en los partidos políticos o en cualquier entidad que ejerza
funciones en el ámbito de la Federación, las 32 entidades federativas,
en municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
Todos los puestos deberán elegirse respetando este principio
constitucional, como son los nombramientos de titulares de las
secretarías de Estado, tanto federales como estatales, así como
procedimientos para que los órganos jurisdiccionales se integren 50-50.
Además, se atendió el lenguaje incluyente.
Una vez que la reforma se publique en el Diario Oficial de la
Federación, indicó la exsenadora Angélica de la Peña, es necesario
vigilar que las leyes secundarias no menoscaben el sentido fundamental
de ésta y se generen reglas y procedimientos abiertos para garantizar la
correcta aplicación del principio.
Será necesario también dejar en claro que si no se cumple la paridad
se está cometiendo un delito electoral, agregó la exlegisladora. Además,
considerar en la protección de las mujeres sobre todo en los
municipios, donde con estos avances pueden sufrir violencia política de
género.
Es de destacar que esta reforma es el resultado de la primera
legislatura en condiciones paritarias, tanto en el Senado como en la
Cámara de Diputado están integrados casi en su mitad por mujeres.
Esa puerta que abrieron las mujeres en 2014 con en la reforma
constitucional que estableció el principio de paridad en postulaciones a
senadurías y diputaciones federales y locales, está dando resultados,
indicó Angélica de la Peña.
Las legisladoras en todos los grupos parlamentarias lograron unirse
en una negociación complicada como son los proyectos legislativos a
favor de los derechos de las mujeres, indicó la exlegisladora. El
dictamen que discutió la Cámara de Diputados estuvo integrado por cinco
iniciativas de distintos partidos.
Esta reforma es la cúspide del camino emprendido por las feministas
para participar y verse representadas en la política. Desde 1996 el
movimiento logró que las leyes electorales mexicanas fijaran que los
partidos políticos no debían exceder 70 por ciento de las candidaturas a
diputaciones federales y senadurías de un mismo género.
Las políticas insistieron hasta que en 2008 lograron modificar la ley
para aumentar la cuota de género al 40 por ciento de candidaturas de
personas de mismo género en candidaturas de elección.
El gran avance fue con la reforma en materia político electoral de
2014, cuando consiguieron establecer el principio de paridad en
postulaciones a senadurías y diputaciones federales y locales.
Ahora queda pendiente ajustar diversas normativas, señaló Angélica de
la Peña, como la Ley General de Partidos Políticos, de Instituciones y
Procedimientos Electorales, en Materia de Delitos Electorales, la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de las Administración
Pública Federal. Así como las leyes locales; la Ley de Igualdad entre
Mujeres y Hombres y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia.
Imagen retomada de la República de las Mujeres
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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