Fuentes: SEMlac
Organización civiles demandaron que los gobiernos, federal y
estatales, tomen medidas ante la COVID-19 para mitigar los contagios en
los centros penitenciarios de México, que explican tienen carencias para
garantizar la seguridad de las personas privadas de su libertad y
también para el personal.
En un comunicado difundido por Equis Justicia para la Mujeres,
proponen cuatro medidas: una, adoptar una política de no detención de
personas por delitos no violentos, como es el caso del transporte y
posesión de sustancias ilícitas o infracciones administrativas. En
asuntos penales, debe privilegiarse, como la Constitución mandata, el
uso de las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva.
Dos: liberar a mujeres privadas de la libertad por delitos no graves o
que no involucraron violencia. Esta propuesta forma parte de la Ley de
Amnistía, la cual ya ha sido presentada en el Congreso y cuya aprobación
debe acelerarse para ponerlas a salvo a ellas y a sus hijas e hijos.
Tres:
excarcelar, tal como lo señala la Ley Nacional de Ejecución Penal en su
artículo 146, a personas adultas mayores, o con alto riesgo de
desarrollar complicaciones por COVID-19, entre ellas, mujeres
embarazadas, personas con diabetes, hipertensión y VIH.
Y cuatro: adoptar medidas de carácter urgente al interior de los
centros de detención para garantizar el derecho a la salud de las
personas privadas de la libertad.
Señalan que la suspensión de visitas no es una medida suficiente y,
antes de optar por ello, los gobiernos deben tomar en cuenta que en
varios centros penitenciarios son las familias y no las instituciones
las que proveen alimentos, medicamentos, agua y otros enseres a la
población. En ese sentido, negar la entrada a visitas pondrá en mayores
riesgos a las personas privadas de la libertad.
En el comunicado, explican que ante el brote del COVID-19, algunos
países han tomado medidas para mitigar los contagios dentro de las
cárceles. Por ejemplo, señalan el caso de Irán, donde se liberó a 85.000
personas de sus prisiones, mientras que en Nueva York se ha pedido la
liberación de las personas privadas de la libertad con alto riesgos de
salud.
Jueces en Ohio ordenaron también la liberación de detenidos en
cárceles municipales y, en Los Ángeles, han liberado a 678 personas en
las últimas dos semanas por la creciente preocupación por la pandemia.
Por ello, sostienen, México debe tomar medidas similares para evitar
la propagación del virus. Debido a las condiciones de estrecha
proximidad, el encarcelamiento genera las condiciones idóneas para el
contagio y estas se agravan cuando existe hacinamiento, falta de agua y
malas condiciones de higiene.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI), en México actualmente hay 202.337 personas en los reclusorios y
el 37 por ciento de las prisiones presentan sobrepoblación. A nivel
nacional, 46 por ciento de las personas privadas de la libertad
comparten celda con más de cinco personas y en algunos estados el número
de reclusos por estancia es mucho mayor.
En el Estado de México, la entidad con mayor población penitenciaria,
37 por ciento de las personas recluidas comparten celda con más de 15
personas. Una política de sana distancia simplemente no es posible bajo
estas circunstancias. Además, según el INEGI, 11,2 por ciento de esta
población es mayor de 50 años y entre ella existe una alta incidencia de
enfermedades que pueden provocar formas más graves de COVID-19.
Por si fuera poco, las carencias de agua y artículos de aseo personal
hacen imposible lograr las condiciones de higiene que permitirían
prevenir contagios masivos en los centros penitenciarios. Según datos
del INEGI, 30 por ciento de las personas privadas de la libertad no
tienen acceso a agua potable en su celda (en el Estado de México este
porcentaje asciende a 52 %) mientras que, en centros estatales y
municipales, solo 7,6 por ciento de las personas recibe artículos de
limpieza por parte de la institución.
Además de las condiciones
deplorables en las que están las cárceles en México, es importante
recordar que el 38,5 por ciento de quienes están privados de la libertad
ni siquiera cuentan con una condena, según la última edición publicada
del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional
(octubre 2019).
Los riesgos de contagio, sin embargo, no solo son para las personas
privadas de la libertad, sino también para el personal que ahí labora y
para los familiares que visitan los centros. En este sentido, vale la
pena preguntarse: ¿qué medidas, acorde con los derechos humanos, se
están adoptando para mitigar los riesgos en estos lugares? ¿Están
preparadas las instituciones de salud para atender a estas poblaciones?
Lo cierto es que, durante la pandemia, las instancias de seguridad no
pueden continuar actuando de la misma forma. Dado que cada nueva
persona ingresada al sistema genera riesgos adicionales, habría que
limitar el encarcelamiento como medida de control social.
Las organizaciones urgimos a las autoridades a cumplir con su
obligación de proteger los derechos de las personas privadas de la
libertad, incluido el derecho a la salud. Proteger la salud pública en
general, necesariamente implica velar por la salud de las personas que
se encuentran en prisión.
La petición fue planteada por CAIFAM:
Centro de Apoyo Integral para Familiares de Personas Privadas de la
Libertad; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.
(Centro Prodh); Colectiva Hermanas en la Sombra, Comisión Mexicana de
Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Documenta A.C.; Elementa
DDHH A.C.; EQUIS Justicia para las Mujeres A.C.; Intersecta,
Organización para la Igualdad A.C.; México Unido Contra la Delincuencia
A.C.; Mujeres en Espiral; Mujeres Unidas por la Libertad; Red de
Juventudes VIRAL, y Reinserta A.C.
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