MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA
Por lo menos tres ministros invocaron el derecho de los mexicanos a la verdad, durante el debate del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que concluyó con la aprobación de una pesquisa constitucional sobre la matanza de 49 niños en una guardería subrogada del IMSS.
El jueves pasado el máximo tribunal no sólo resolvió ejercer la facultad excepcional que le otorga el segundo párrafo del artículo 97 constitucional, sino que proclamó el derecho a saber como un valor jurídico que el Estado debe satisfacer. La Corte, por lo pronto, se propone conocer la verdad de lo ocurrido en torno al incendio del 5 de junio que produjo aquel oprobioso resultado y hacerla conocer.
Ese tribunal, sin embargo, es remiso a aprovechar ese objetivo esta vez señalado con entusiasmo por algunos de sus miembros. Con su escepticismo seco, el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, cuya ponencia fue rechazada por ocho de sus colegas y sólo apoyada por dos, dijo entre los fundamentos de su propuesta de rehusar la indagación que “para bien de los mexicanos, de los 13 expedientes que tenemos registrados” abiertos con la pretensión de aplicar el artículo 97, “seis solicitudes han sido desechadas por falta de legitimación; otras tres han sido declaradas improcedentes, y en una más, relativa a cierta autora, después de haberse practicado la investigación ordenada por el tribunal pleno, se concluyó mayoritariamente que no se encontró prueba idónea para demostrar la grave violación de garantías individuales”.
Dejemos de lado la necesaria exploración psicológica que condujo a Aguirre Anguiano a convertir en innombrable a Lydia Cacho y a aludir a ella sólo como “cierta autora”. No podemos imaginar que lo hizo por rubor, porque la contundente seguridad en sí mismo que ostenta el ministro tapatío impide pensar que es capaz de esa demostración del ánimo, pariente del arrepentimiento o la vergüenza por un error cometido. Lo que importa es su balance sobre el ejercicio de la facultad de investigación de la Corte.
No es alentador. Y el recuento de las ocasiones en que ese tribunal se ha negado a indagar hechos cuya verdad podría establecerse mediante ese mecanismo sería aún menos estimulante si agregamos la negativa de los ministros, en su función jurisdiccional, a atraer procesos en que puede establecerse el sentido último y el contorno de hechos sangrientos como la matanza del 10 de junio de 1971 o escándalos de defraudación electoral: desechó la posibilidad de manifestarse ante el debate sobre la revisión de los paquetes de la elección presidencial de 2006, litigio que por esa omisión del supremo tribunal se libra ahora en uno internacional.
Creamos, sin embargo, que de ahora en adelante el compromiso de la Corte con la verdad discurrirá por otras vías. En congruencia con formulaciones previas, el ministro Genaro David Góngora Pimentel, que vive sus últimos meses en ese tribunal –concluye en noviembre el período de 15 años para el que fue designado–, evocó el derecho a la verdad. Antes formuló su hipótesis sobre el acontecimiento del 5 de junio:
“Las consecuencias del accidente (…) probablemente se agravaron a partir de la negligencia continuada de diversos actores, que no solamente corresponden a los particulares encargados de la guardería subrogada, sino también son responsables directos autoridades encargadas de vigilar el correcto funcionamiento de este programa de seguridad social en beneficio de las niñas y niños hijos de derechohabientes”.
Sostuvo después, al fundar su voto a favor de que la Corte investigara el caso y su entorno institucional, que, al hacerlo, el tribunal debe favorecer “el cumplimiento del derecho a la verdad, que se proyecta hacia las personas afectadas y hacia la comunidad en su conjunto, que debe tener ese derecho de saber qué pasó, el derecho a la verdad”.Ese derecho a saber había sido invocado por el ministro Juan Silva Meza en enero de 2006, cuando quedó en la minoría de quienes buscaron que el pleno atrajera una pesquisa sobre el crimen de Tlatelolco.
Ahora lo equiparó al derecho a la información, a la “búsqueda de la verdad, de la verdad que quiere saber y conocer la sociedad respecto de actuaciones que han producido consecuencias tales como: violaciones graves, graves violaciones de derechos fundamentales…”. Y después insistió: “A través de esta investigación –y por eso estoy convencido que debe hacerse– es necesario exponer a la sociedad civil, en el caso concreto todas las personas que estuvieron en torno de estos lamentabilísimos hechos, la verdad, la verdad de estos hechos; si fueron propiciados directa o indirectamente por acción u omisión”.
De los ocho ministros que aprobaron realizar la investigación, el ministro Fernando Franco González Salas fue el tercero en sostener que entre los logros que debe perseguir la indagación cuente satisfacer el derecho a la verdad:El hecho de que “los resultados de la investigación se hacen del conocimiento público, se dan a conocer (…) tiene un sentido fundamental.
Me parece que el conocimiento y las conclusiones a que pueda llegar este pleno (…) tienen una importancia subrayada para los familiares afectados por esta terrible tragedia (…) pero también para la sociedad en su conjunto. Esto, dado que he sostenido y sigo sosteniendo que uno de los objetivos medulares del ejercicio de esta delicada facultad que tenemos es lograr reparar o disminuir, en lo posible, el impacto negativo que se dio en la comunidad con motivo de los hechos (…) conocer la verdad histórica de los hechos a los que arribe este pleno con total transparencia puede coadyuvar de manera importante a lograr ese objetivo”.
No se incluyó la búsqueda de la verdad en los 10 puntos que serán el objeto de la investigación. No es necesario que aparezca de modo expreso en esa lista. Sí será conveniente, cuando el ministro Franco realice el engrose de esta resolución de la Corte –operación que recoge las expresiones de los ministros que contribuyen a formar la decisión mayoritaria–, tenga en cuenta esa suerte de compromiso de al menos tres ministros con la búsqueda de la verdad, la satisfacción del derecho a saber.
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