9/04/2013

PAE no causa esterilidad, aclara investigadora

ESTADOS
SALUD
   Sólo se recomienda vigilancia en mujeres con enfermedades

Por: Alma Celia Sanmartín, corresponsal
Cimacnoticias | Veracruz.-

La Pastilla de Anticoncepción de Emergencia (PAE) es utilizada para prevenir un embarazo, más no es causante de esterilidad, dijo la investigadora del Cuerpo Académico Desarrollo Humano de la Universidad Veracruzana, Norma Alicia Riego Azuara.

Lo anterior en respuesta a una nota publicada en el Diario de Poza Rica el pasado 30 de agosto, según la cual la sexóloga Rosa Luisa Acuña afirma que la PAE provoca “esterilidad en las mujeres”.

Riego Azuara, quien es también presidenta del Colegio de Enfermeras del estado de Veracruz, señaló que las declaraciones de la sexóloga generan confusión y no tienen fundamento científico.

Explicó que la píldora contiene un derivado hormonal llamado levonorgestrel, el cual tiene tres funciones fundamentales: evita el desprendimiento natural del óvulo del ovario para que no sea fecundado; modifica el moco cervical, lo que impide que el espermatozoide pase al útero, y produce el adelgazamiento del endometrio, lo que impide la fijación del óvulo fecundado.

La PAE es un método anticonceptivo eficaz para evitar embarazos no deseados después de una relación sexual sin protección o por violación, por lo que debe ser utilizada dentro de las 72 horas después del coito.

No protege contra infecciones de transmisión sexual y ésta ya no funciona si la mujer está gestando. Su abuso puede causar alteraciones menstruales, vómito, dolor de cabeza y náuseas.

Por lo que, recalcó Riego Azuara, la píldora no causa esterilidad y se recomienda vigilancia médica en mujeres con enfermedades hepáticas, alteraciones vasculares, antecedentes de problemas venosos, aumento de la coagulación sanguínea, diabetes, hipertensión, y antecedente de haber padecido un embarazo ectópico (embarazo extrauterino).

Desde 2004 la PAE está estipulada en la Norma Oficial Mexicana de Planificación Familiar (NOM-005), y en 2005 se añadió al cuadro básico de medicamentos de la Secretaría de Salud.

También está contemplada en la NOM-046 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, que estipula que toda mujer víctima de violencia sexual debe acceder a ella durante las 120 horas posteriores a la agresión.
 

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