Para evitar gastos innecesarios
Llaman a que la liquidación se realice de buena fe
▲ A la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López
Obrador asistió el secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier
Jiménez Espriú, quien ayer dio pormenores de la cancelación definitiva
del NAIM.
Cuatro años después de que el entonces presidente Enrique
Peña Nieto anunció la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional
de México (NAIM), el Grupo Aeroportuario de Ciudad de México (GACM),
encargado de la obra, comunicó la decisión de terminar o suspender todas
las relaciones contractuales
a la mayor brevedad, para evitar gastos innecesarios en perjuicio de las finanzas públicas y de los propios contratistas.
El consejo de administración del GACM, en un documento oficial fechado el pasado 27 de diciembre, reconoció y confirmó
la existencia de causas de interés general, entre ellas aspectos de planeación, presupuestación y hacendarios, que son motivo suficiente para la terminación anticipada de los contratos, convenios, adquisiciones y otras operaciones relacionadas con el proyecto Nuevo Aeropuerto Internacional de México, una obra valuada originalmente en 13 mil 300 millones de pesos y que lleva una tercera parte de avance.
A pesar de que la cancelación de la obra insignia de Peña Nieto no
sólo fue una primera promesa de campaña del ahora mandatario Andrés
Manuel López Obrador, pues acusó que estaba plagada de corrupción, y
posteriormente como presidente electo –el 29 de octubre– hizo el anuncio
formal de que se supendería una vez que tomara posesión del cargo, el
conflicto con los contratistas hizo imposible que se decretara el paro
de la construcción el primero de diciembre, pues la cancelación ponía en
default técnico a los bonos emitidos por el GACM y obligaba al pago
inmediato de obligaciones.
Revisión de obligaciones
El oficio en que se notifica la cancelación, que firma
Gerardo Ferrando Bravo, director general del GACM, avisa a los
directores corporativos de la obra que el consejo de administración del
grupo decidió el 2 de diciembre, un día después de que asumió funciones
el nuevo gobierno, que la construcción, con un avance de 30 por ciento,
cesaría y que se procediera a la revisión de las obligaciones
contractuales.
Les solicito que, sobre la base de una metodología acordada (...) se proceda a determinar ya sea la suspensión temporal de los trabajos o bien la terminación anticipada de los contratos, según corresponda a los mejores intereses ya mencionados, se indica en el documento.
Asimismo, llama a que se proceda a la determinación de los gastos no recuperables, de acuerdo
con los criterios que señala la norma y que consisten en que éstos sean siempre razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondientey se avise al titular del Órgano Interno de Control las suspensiones o terminaciones anticipadas que se vayan logrando.
La cancelación de las obligaciones contractuales se da en apego a los
artículos 60, segundo párrafo y 62 fracción III de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 102 de su
Reglamento, explica Ferrando Bravo, en el texto en que señala las
condiciones para que se pague a los contratistas.
En ese orden, también instruye a los directores corporativos de
administración, finanzas y jurídico a que apoyen el proceso de
suspensión y/o terminación anticipada de los contratos, incluyendo
mecanismos alternativos de solución de controversias, conciliaciones y
procedimientos de liquidación
apegándose a los principios de equidad, buena fe, transparencia y austeridadque marque la legislación.
Foto José Antonio López
De la Redacción
Periódico La Jornada
No hay comentarios.:
Publicar un comentario