Esta propuesta también incluye a las mujeres presas por aborto y a las y los médicos y parteras que hayan intervenido, siempre y cuando haya sido con consentimiento de ellas y sin violencia (art.1). Con esto se da por hecho que el aborto es un delito y se supone que, al otorgar el perdón, el Estado hace justicia. Esto resulta por demás problemático desde la perspectiva de los Derechos Humanos y del sentido mismo de la justicia.
En primer lugar, habría que preguntarse por qué, pese a las recomendaciones del Comité de la CEDAW, el Estado sigue resistiéndose a reconocer el aborto inseguro como un problema de salud pública y el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su maternidad. Fuera de la Ciudad de México, se penaliza el ejercicio de una libertad que debe respetarse. Contra los argumentos confesionales y conservadores, conviene recordar que según el derecho y la bioética (apegados a la laicidad y la ciencia), no se puede equiparar no nacido y persona. Lo procedente sería eliminar este “delito” de los códigos penales.
En segundo lugar, como explica la abogada Martha Guadalupe Figueroa Mier, experimentada defensora de los derechos de las mujeres en Chiapas, esta ley es tramposa en cuanto elude los casos de mujeres que tuvieron un aborto espontáneo, un malparto por su condición de pobreza y salud (o incluso, añado, un aborto provocado por ellas) pero fueron acusadas de homicidio agravado en razón de parentesco, no de aborto. Ellas no serán amnistiadas ya que esta iniciativa excluye a quien haya “privado de la vida” a otro.
Entrevistada para esta columna, Figueroa refiere el caso de 20 mujeres de los Altos de Chiapas presas por ese delito grave. Una revisión de sus casos mostró que 18 de ellas en realidad habían tenido algún tipo de aborto y sobre todo malparto, por sus condiciones de vida y por el pésimo servicio de salud en ese estado, pero aún en zonas marginadas e indígenas. Como no habían tenido debido proceso ni acceso a traductor, se logró su liberación. Éste es sólo un ejemplo de las injusticias que se cometen en nombre de la “defensa de la vida” del embrión y por prejuicios contra las mujeres, criminalizadas en ése y otros estados a raíz de las reformas constitucionales de origen confesional que “protegen” “la vida desde la concepción” y han favorecido esta forma de negación de los Derechos Humanos de las mujeres.
La realidad en Chiapas, Oaxaca y Guerrero es tanto más grave, añade la directora de Mujeres Libres-COLEM, cuanto que ahí las mujeres, además de pobreza y marginación, viven una intensa violencia machista. Chiapas, por ejemplo, ocupa el primer lugar en embarazo adolescente, debido sobre todo a violencia sexual, incestuosa en muchos casos, que no se castiga. El abuso sexual infantil es también el más alto en el país. Para colmo, la NOM-046 no se aplica.
Al ignorar esta realidad, el Estado elude su propia responsabilidad: ni previene la violencia, ni hace efectivo el derecho a la salud. En cambio, ejerce violencia institucional al condenar por delito grave, con largas penas de prisión, a cientos de mujeres que abortaron o no contaron con condiciones de salud y atención adecuadas durante su vida, su embarazo o el parto. Lo coherente, afirma Figueroa, sería revisar los casos de mujeres presas por “homicidio agravado en razón de parentesco” y eliminar el delito de aborto de los códigos.
Si de verdad se quiere hacer justicia, el Estado debería pedir perdón a estas mujeres, repararles el daño y asegurar que estas arbitrariedades no se repitan.
CIMACFoto: César Martínez López
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