Posible interrumpir embarazo tras 12 semanas de gestación
El
Estado mexicano incumple con su responsabilidad de garantizar a las
mujeres el acceso a la salud y la justicia, pues no tiene voluntad
política para empatar la práctica médica con la legal en materia de
aborto.
Al mismo tiempo, las autoridades no supervisan que la formación que
reciben las y los futuros prestadores de servicios de salud cumpla con
los estándares en Derechos Humanos (DH).
Así lo sostuvo Raymundo Canales de la Fuente, miembro del Colegio de
Bioética, al participar en el coloquio “Debates contemporáneos en
derechos reproductivos”, que se realizó esta semana en la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM).
Como parte de su participación en la mesa de análisis sobre aborto, el
ex presidente del Comité de Ética en Investigación del Instituto
Nacional de Perinatología (INPer) señaló que en los servicios de
ginecobstetricia es “muy común” ver una negativa por parte del personal
médico al aborto, incluso cuando se trata de mujeres víctimas de
violación sexual o adolescentes.
Lo que –dijo– ocurre por circunstancias que van desde el desconocimiento
del personal médico sobre los derechos de las mujeres, hasta por el
hecho de que en la legislación mexicana la prohibición y las causales de
aborto se han planteado “lejos de la práctica médica”.
Expuso cómo las definiciones técnico-legales sobre aborto “nada tienen
que ver con la definición médica”, pues desde el punto de vista de la
ginecobstetricia el aborto se define como “la terminación o interrupción
del embarazo antes de las 20 o 22 semanas”.
El también ex director general adjunto de Salud Materna y Perinatal de
la Secretaría de Salud (Ss) explicó que esa temporalidad se define por
la probabilidad de supervivencia del producto, “antes de las 20 semanas
no hay sólo un feto que sobreviva si lo extraemos del seno materno”.
A nivel mundial, legislaciones en materia de acceso al aborto han tomado
como base las 12 semanas de gestación por “razones históricas,
técnicas, médicas”, es decir, antes de las 12 semanas es más fácil
interrumpir un embarazo en forma farmacológica que no amerita ninguna
intervención más especializada.
“Nada tienen que ver (en la definición médica) discusiones éticas o
morales de si hay persona o no, de si estamos o favor o en contra del
aborto; ojalá no hubiera ni uno, pero para que eso pase lo que tengo que
hacer es que no haya embarazos no programados”, aclaró.
Canales de la Fuente abundó que la aparición de la corteza cerebral
(estructura donde radica la personalidad) ocurre en el feto cerca de las
18 semanas; “antes de esa semana está muy difícil que podamos pensar
que se trata de una persona si ni siquiera tiene anatómicamente la
estructura que le permitiría ser definida como tal”.
El médico enfatizó que “la realidad lamentable” de nuestro país es que
entre el 60 y 80 por ciento de los embarazos a nivel nacional no son
planeados.
En ese contexto, señaló que el “extremo del abuso y de lo absurdo” es
que los códigos penales limiten a las 12 semanas la interrupción legal
de un embarazo producto de una violación sexual, pues “eso es un asunto
estrictamente ideológico y político, que nada tiene que ver con una
definición técnica médica”.
Al respecto, Alma Beltrán y Puga, abogada del Grupo de Información en
Reproducción Elegida (GIRE), consideró que sería conveniente no
establecer límites legales en el número de semanas de gestación para
practicar un aborto en casos de violación sexual, siempre y cuando el
procedimiento no implique un riesgo para la salud de la mujer.
A decir de Raymundo Canales, no existe la voluntad política para brindar
a las mujeres víctimas de violencia sexual una verdadera atención
integral, y ejemplificó con el hecho de que no existen los mecanismos
necesarios para cumplir con la obligación legal de garantizar un aborto
cuando son víctimas de violencia sexual.
Al mismo tiempo que el gobierno mexicano ha sido omiso en supervisar que
la formación académica del futuro personal médico esté alejada de esos
prejuicios morales, ya que en el país escuelas de medicina que no
enseñan métodos de planificación familiar “están formando médicos que no
saben recetar un anticonceptivo, ya no hablemos de aborto; a mi juicio,
son doctores que son un peligro social”.
Finalmente consideró que si bien no se puede obligar a los médicos a que
realicen un aborto (debido a la objeción de conciencia), se puede
obligar al directivo del sistema sanitario a contar con médicos no
objetores, para garantizar que las mujeres que solicitan interrumpir su
embarazo de manera legal tengan una atención oportuna.
“El objetor simplemente tiene derecho a ser objetor, pero no a bloquear
los derechos de esa mujer, y tiene la obligación de referir a la mujer a
otras personas. Si no se cuenta con ese personal se está fabricando un
hospital objetor de conciencia y eso no se puede”, concluyó.
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario