Ni prestaciones sociales, ni regula jornadas laborales
México
es uno de los países de América Latina en los que sus Leyes Federal del
Trabajo y la de Seguridad Social no protegen a las trabajadoras del
hogar, las excluye del acceso a las prestaciones sociales, no regula sus
jornadas laborales y no les garantiza estabilidad en su puesto de
trabajo.
El proyecto de sentencia propuesto
por el ministro Alberto Pérez Dayán de la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que sostiene que los
empleadores de las trabajadoras del hogar no están obligados a
afiliarlas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), reavivó la
discusión de modificar estas leyes que legitiman la discriminación en
contra este sector y les restringen sus derechos laborales.
En México se calcula que alrededor de 2.3 millones de personas se
emplean en el trabajo del hogar, de acuerdo con datos del Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) esto representa 45 por
ciento de la población ocupada en el país, pero sólo 2.5 por ciento
tiene acceso a servicios de salud, es decir, 97 por ciento de las
trabajadoras del hogar no tiene prestaciones de seguridad social ni para
ellas ni para sus familias.
La coordinadora del departamento de Ciencia Política del Instituto
Tecnológico Autónomo de México (ITAM), Marta Cebollada Gay, explicó en
entrevista con Cimacnoticias que las leyes vigentes de Seguridad Social y
del Trabajo perpetúan las condiciones de precariedad en las que están
las trabajadoras del hogar.
La académica que ha realizado múltiples estudios en el tema señaló
que si bien el artículo 123, título sexto, de la Constitución mexicana
establece la protección de seguro social para las todas las personas
trabajadoras del país, el artículo 13 de la Ley del Seguro Social define
como “voluntaria” la inscripción de las trabajadoras del hogar al
seguro social.
Este tipo de afiliación –continuó la experta- depende de la
aprobación del patrón, las empleadas del hogar que logran persuadir a
los empleadores de ser dadas de alta en este sistema voluntario a pesar
de tener acceso a la sanidad pública, riesgos de trabajo, enfermedad y
permiso de maternidad, retiro e invalidez, quedan excluidas de
prestaciones fundamentales como a la guardería y acceso al Fondo
Nacional para la Vivencia de los Trabajadores (Infonavit).
La Ley Federal del Trabajo también excluye a la parte patronal de
inscribir a las trabajadores del hogar en el IMSS (artículo 338 fracción
II) y considera las labores del hogar remuneradas como un “trabajo
especial” permitiendo que sean legales las jornadas de 12 horas y que la
retribución por su trabajo sea hasta 50 por ciento en especie (alimento
o habitaciones).
La exclusión a la afiliación obligatoria del seguro social es una
condición única para las trabajadoras del hogar frente al resto de la
población trabajadora de México, no obstante en el proyecto de sentencia
que elaboró el ministro Pérez Dayán concluye que estas excepciones en
las leyes no constituyen un trato discriminatorio contra el sector.
“Lo que no ve este proyecto son las condiciones reales en las que
están laborando las trabajadoras del hogar, estamos enfrente de un grupo
que es particularmente vulnerable, con prestaciones muy por debajo del
resto de los trabajadores” dijo al abogado de la organización civil
Nosotrxs, Javier Martín Reyes, consultado por Cimacnoticias.
La Encuentra Nacional Sobre Discriminación en México estima que 42
por ciento de las trabajadoras del hogar recibe dos salarios mínimos
mientras un 37 por ciento únicamente uno. A estas condiciones precarias
se suman jornadas excesivas de trabajo, violencia dentro de los hogares,
discriminación y trabajo infantil.
En opinión del abogado Martín Reyes, la discusión que actualmente se
suscita en la Corte podría tomar un rumbo positivo si se ayuda a
visibilizar la discriminación que enfrentan las trabajadoras del hogar, y
sobre todo abriría camino a una discusión más amplia en el ámbito
legislativo de las modificaciones que se deben realizar para garantizar a
las empleadas del hogar sus derechos laborales, incluyendo la pendiente
ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
MÉXICO RETRASADO EN DERECHOS DE TRABAJADORAS DEL HOGAR
La afiliación de las trabajadoras del hogar al sistema de seguro social es una lucha añeja que han dado las empleadas organizadas
y la sociedad civil en México, pero la recurrente respuesta del
gobierno es que no hay condiciones para hacerlo. En análisis de la
académica Martha Cebollada Gay en el fondo se trata de una situación de
discriminación contra este sector compuesto mayoritariamente por las
mujeres.
La académica ha estudiado la incorporación de las trabajadoras del
hogar con múltiples empleadores y con jornadas de tiempo completo o
parcial a los sistemas de seguridad social en distintos países de
América Latina, que muestran cómo el cambio en la ley en favor de los
derechos de las trabajadoras ha permitido su incorporación a la economía
laboral formal y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Ejemplificó el caso de Uruguay que después de ratificar, en 2012, el
Convenio 189, ha generado uno de los marcos legislativos más avanzados
para proteger los derechos de las trabajadoras del hogar y
paulatinamente las ha ingresado a la seguridad social, actualmente
tienen el mayor número de cobertura en salud para las trabajadoras del
hogar en la región, 43 por ciento.
Otro modelo es Argentina, que modificó su legislación para hacer
obligatorio el aseguramiento social de las trabajadoras del hogar antes
de ratificar el Convenio 189 de la OIT con el objetivo de tener las
condiciones de hacerlo.
En estos países que comparten condiciones económicas similares a las
de México, señaló la académica del ITAM, el aseguramiento de las
trabajadoras del hogar se ha dado de forma paulatina por medio de
mecanismos que concilian la aportación de las trabajadoras, empleadores y
el Estado, por lo que asegurar el sistema de seguridad social de México
no soportaría a las 2.4 millones de trabajadoras del hogar que existen
es falso, ya que la modificaciones de las leyes no significa su
afiliación inmediata, argumentó la especialista.
En estos países además del aseguramiento social de las trabajadoras
del hogar se han instalado mecanismos de inspección laboral en los
hogares para vigilar que las trabajadoras estén en condiciones dignas,
tengan contratos formales firmados con su empleador y sean capacitadas
para realizar sus tareas, las cuales se les paga dependiendo el grado de
profesionalismo.
El instrumento de la OIT sobre el mejoramiento de las condiciones de
vida de las trabajadoras del hogar ha sido ratificado por 25 países; en
América Latina está en vigor en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia,
Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Guyana, Jamaica, Nicaragua,
Panamá, Paragua, Uruguay y el último fue Brasil donde entrará en vigor
en enero de 2019. Sin embargo México no lo ha la ratificado a pesar de
los diversos exhortos (más de 11) que ha recibe el Ejecutivo por parte
del Senado.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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