10/17/2018

Legislación mexicana excluye de derechos a trabajadoras del hogar


Ni prestaciones sociales, ni regula jornadas laborales
   


México es uno de los países de América Latina en los que sus Leyes Federal del Trabajo y la de Seguridad Social no protegen a las trabajadoras del hogar, las excluye del acceso a las prestaciones sociales, no regula sus jornadas laborales y no les garantiza estabilidad en su puesto de trabajo.
El proyecto de sentencia propuesto por el ministro Alberto Pérez Dayán de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que sostiene que los empleadores de las trabajadoras del hogar no están obligados a afiliarlas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), reavivó la discusión de modificar estas leyes que legitiman la discriminación en contra este sector y les restringen sus derechos laborales.
En México se calcula que alrededor de 2.3 millones de personas se emplean en el trabajo del hogar, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) esto representa 45 por ciento de la población ocupada en el país, pero sólo 2.5 por ciento tiene acceso a servicios de salud, es decir, 97 por ciento de las trabajadoras del hogar no tiene prestaciones de seguridad social ni para ellas ni para sus familias.
La coordinadora del departamento de Ciencia Política del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), Marta Cebollada Gay, explicó en entrevista con Cimacnoticias que las leyes vigentes de Seguridad Social y del Trabajo perpetúan las condiciones de precariedad en las que están las trabajadoras del hogar.
La académica que ha realizado múltiples estudios en el tema señaló que si bien el artículo 123, título sexto, de la Constitución mexicana establece la protección de seguro social para las todas las personas trabajadoras del país, el artículo 13 de la Ley del Seguro Social define como “voluntaria” la inscripción de las trabajadoras del hogar al seguro social.
Este tipo de afiliación –continuó la experta- depende de la aprobación del patrón, las empleadas del hogar que logran persuadir a los empleadores de ser dadas de alta en este sistema voluntario a pesar de tener acceso a la sanidad pública, riesgos de trabajo, enfermedad y permiso de maternidad, retiro e invalidez, quedan excluidas de prestaciones fundamentales como a la guardería y acceso al Fondo Nacional para la Vivencia de los Trabajadores (Infonavit).
La Ley Federal del Trabajo también excluye a la parte patronal de inscribir a las trabajadores del hogar en el IMSS (artículo 338 fracción II) y considera las labores del hogar remuneradas como un “trabajo especial” permitiendo que sean legales las jornadas de 12 horas y que la retribución por su trabajo sea hasta 50 por ciento en especie (alimento o habitaciones).
La exclusión a la afiliación obligatoria del seguro social es una condición única para las trabajadoras del hogar frente al resto de la población trabajadora de México, no obstante en el proyecto de sentencia que elaboró el ministro Pérez Dayán concluye que estas excepciones en las leyes no constituyen un trato discriminatorio contra el sector.
“Lo que no ve este proyecto son las condiciones reales en las que están laborando las trabajadoras del hogar, estamos enfrente de un grupo que es particularmente vulnerable, con prestaciones muy por debajo del resto de los trabajadores” dijo al abogado de la organización civil Nosotrxs, Javier Martín Reyes, consultado por Cimacnoticias.
La Encuentra Nacional Sobre Discriminación en México estima que 42 por ciento de las trabajadoras del hogar recibe dos salarios mínimos mientras un 37 por ciento únicamente uno. A estas condiciones precarias se suman jornadas excesivas de trabajo, violencia dentro de los hogares, discriminación y trabajo infantil.
En opinión del abogado Martín Reyes, la discusión que actualmente se suscita en la Corte podría tomar un rumbo positivo si se ayuda a visibilizar la discriminación que enfrentan las trabajadoras del hogar, y sobre todo abriría camino a una discusión más amplia en el ámbito legislativo de las modificaciones que se deben realizar para garantizar a las empleadas del hogar sus derechos laborales, incluyendo la pendiente ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
MÉXICO RETRASADO EN DERECHOS DE TRABAJADORAS DEL HOGAR
La afiliación de las trabajadoras del hogar al sistema de seguro social es una lucha añeja que han dado las empleadas organizadas y la sociedad civil en México, pero la recurrente respuesta del gobierno es que no hay condiciones para hacerlo. En análisis de la académica Martha Cebollada Gay en el fondo se trata de una situación de discriminación contra este sector compuesto mayoritariamente por las mujeres.
La académica ha estudiado la incorporación de las trabajadoras del hogar con múltiples empleadores y con jornadas de tiempo completo o parcial a los sistemas de seguridad social en distintos países de América Latina, que muestran cómo el cambio en la ley en favor de los derechos de las trabajadoras ha permitido su incorporación a la economía laboral formal y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Ejemplificó el caso de Uruguay que después de ratificar, en 2012, el Convenio 189, ha generado uno de los marcos legislativos más avanzados para proteger los derechos de las trabajadoras del hogar y paulatinamente las ha ingresado a la seguridad social, actualmente tienen el mayor número de cobertura en salud para las trabajadoras del hogar en la región, 43 por ciento.
Otro modelo es Argentina, que modificó su legislación para hacer obligatorio el aseguramiento social de las trabajadoras del hogar antes de ratificar el Convenio 189 de la OIT con el objetivo de tener las condiciones de hacerlo.
En estos países que comparten condiciones económicas similares a las de México, señaló la académica del ITAM, el aseguramiento de las trabajadoras del hogar se ha dado de forma paulatina por medio de mecanismos que concilian la aportación de las trabajadoras, empleadores y el Estado, por lo que asegurar el sistema de seguridad social de México no soportaría a las 2.4 millones de trabajadoras del hogar que existen es falso, ya que la modificaciones de las leyes no significa su afiliación inmediata, argumentó la especialista.
En estos países además del aseguramiento social de las trabajadoras del hogar se han instalado mecanismos de inspección laboral en los hogares para vigilar que las trabajadoras estén en condiciones dignas, tengan contratos formales firmados con su empleador y sean capacitadas para realizar sus tareas, las cuales se les paga dependiendo el grado de profesionalismo.
El instrumento de la OIT sobre el mejoramiento de las condiciones de vida de las trabajadoras del hogar ha sido ratificado por 25 países; en América Latina está en vigor en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Guyana, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Paragua, Uruguay y el último fue Brasil donde entrará en vigor en enero de 2019. Sin embargo México no lo ha la ratificado a pesar de los diversos exhortos (más de 11) que ha recibe el Ejecutivo por parte del Senado.


CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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