José Enrique González Ruiz
Cuando un grupo ha decidido mantenerse en el poder a toda costa,
poco le importa que sus acciones ilegales queden al descubierto
.
Los organismos gubernamentales de derechos humanos emiten recomendaciones cuando encuentran pruebas de que alguna autoridad incurrió en actos especialmente graves. Si bien ese tipo de decisiones no tiene efectos coercitivos, cuando son aceptadas adquieren carácter obligatorio. De otro modo, carecerían de razón de ser esos organismos.
Por eso, para la Comisión de Mediación entre el EPR y el gobierno federal para el caso de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez (Comed) es importante que la sociedad conozca el contenido de la recomendación 7/2009 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), pues su acatamiento ayudaría a esclarecer ese caso. En ella se recomienda a las autoridades federal, estatal y municipal de Oaxaca, en lo fundamental, que se gestione la presentación con vida de los dos eperristas desaparecidos o, de no de ser posible, se informe de su paradero.
Con el fin de saber qué ocurrió con esa recomendación, la Comed preguntó a la CNDH sobre estos puntos: a) El seguimiento dado a la recomendación 7/2009. b) La caracterización de desaparición forzada de lo ocurrido a las personas que el EPR reivindica como militantes. c) La información sobre las 19 llamadas que se hicieron del teléfono de Edmundo Reyes Amaya hasta varios meses después de la desaparición. ch) La actitud de la Procuraduría General de la República (PGR) en este caso.
La CNDH respondió a la Comed en oficio del 5 de octubre de 2010, señalando de inicio que ni el gobierno estatal ni el municipal de Oaxaca aceptaron la recomendación. Con ello, queda claro que a Ulises Ruiz y sus socios les importó un soberano pepino lo que dijo el organismo descentralizado. Ni siquiera un mínimo gesto de interés mostraron, y seguramente están contentos de que la investigación no haya avanzado.
En cuanto al gobierno federal, la respuesta de la CNDH tiene un denominador común: está esperando respuestas acerca de los siete puntos genéricos y los cuatro específicos que contiene la recomendación. Esto prueba el desdén con que el asunto se ha tratado por los representantes del Estado mexicano. Sólo a manera de ejemplo citamos dos párrafos que esperan contestación de la Secretaría de Gobernación:
El nombre de las autoridades o instancias competentes a las que se les solicitó “que tomen las medidas correspondientes a fin de que sean localizados los señores Edmundo Reyes Amaya o Andrés Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz o Raymundo Rivera Bravo y que se proceda conforme a derecho”.
El sentido en que dichas autoridades o instancias han formulado sus respectivas respuestas; y, en su caso, describan todas y cada una de las acciones que han implementado para localizar a los dos agraviados, así como los resultados alcanzados hasta el momento en la búsqueda y localización de ambas personas.
También es ilustrativo este señalamiento a la PGR: en el caso de que haya decidido no dar respuesta a lo señalado antes, o sea que no haya proporcionado información alguna, se le requiera para que haga saber a la CNDH las razones de esa conducta, “toda vez que al estar frente a un caso grave de violación a derechos humanos y que en el caso se trata de desaparición forzada de persona, es necesario que se conozcan dichos avances para que este organismo nacional se encuentre en posibilidad de informar lo conducente al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas, que ahora reclama, al Estado mexicano, la presentación de ambas personas”.
El gobierno federal ha usado una estratagema para evadir responsabilidades: dice que sólo admitirá que existe desaparición forzada, en el caso de los eperristas, si así se concluye en una indagación judicial. Está consciente de que eso no ocurrirá, pues han pasado tres años de la desaparición y no hay un solo indicio de que se esté realizando una investigación no digamos seria, sino medianamente aceptable.
Pero la CNDH no tiene duda y señala específicamente que en la detención ilegal de los militantes del EPR participaron miembros del personal de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno de Oaxaca y de la Dirección General de Seguridad Pública del ayuntamiento del mismo nombre, vulnerando sus derechos de “libertad, integridad personal, legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, defensa y debido proceso…”
También está seguro el organismo gubernamental de que se actualiza el tipo penal de desaparición forzada y de que la carga de la prueba corresponde al Estado, conforme a los precedentes internacionales, por ser “quien detenta el control de los medios para aclarar los hechos ocurridos bajo su jurisdicción”. También afirma, correctamente, que en estos casos es suficiente con la prueba indiciaria o presuntiva, precisamente porque los autores tienen la intención de ocultar los hechos y propiciar la impunidad.
Para poder cumplir con su responsabilidad, la CNDH debió contar con la colaboración de todas las instancias de poder, en los niveles municipal, estatal y federal. Ya vimos que los dos primeros se desentendieron totalmente del caso y no han proporcionado un solo elemento para resolverlo. Pero en lo federal hubo además actos de obstrucción por parte de la PGR, pues “se impidió a esta Comisión Nacional, no solamente conocer si las llamadas telefónicas provenientes del teléfono celular del agraviado (Edmundo Reyes Amaya) fueron debidamente investigadas, sino también entrevistar a una persona que retuvo como testigo protegido”.
Lo anterior hace suponer al organismo que la PGR tenía (y sigue teniendo) interés no solamente en entorpecer sus investigaciones, sino muy probablemente en impedir que se supiera que no fueron llamados a declarar elementos del Ejército Mexicano, de la propia PGR y de la Procuraduría y de la Secretaría de Protección Ciudadana del Estado de Oaxaca.
También en este tema, la CNDH sigue en espera de información.
Como producto del desdén con el que proceden las diversas instancias del gobierno federal, la CNDH concluye: “(…) a pesar que el Estado mexicano ha dejado de cumplir los compromisos adquiridos en el plano internacional en materia de derechos humanos, esta Comisión Nacional insiste en la importancia de que éste dé a conocer, de manera inmediata, la verdad de los hechos que propiciaron la detención y posterior desaparición de los agraviados (…)”
La Comed ha ratificado su determinación de llegar al fondo del asunto Reyes Amaya-Cruz Sánchez. Para ese propósito, sería muy importante que el Estado mexicano cumpliera con la recomendación 7/2009.
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