Lorenzo
Meyer, Sergio Aguayo y Denise Dresser, los académicos que todos los
lunes analizaban la política mexicana e internacional en la emisión
noticiosa de Carmen Aristegui, señalan que la resolución de un tribunal
colegiado contra el amparo de la periodista la deja inerme ante la
decisión unilateral de MVS de cancelar el programa y presupone una
libertad de elección que en la práctica no existe. No en balde los
principales promotores de esa sentencia fueron la Presidencia de la
República, MVS y la CIRT.
MÉXICO, D.F. (Proceso).- La misma semana que el sistema penal y de
justicia mexicano quedó exhibido internacionalmente por la fuga de
Joaquín El Chapo Guzmán, los magistrados del Quinto Tribunal Colegiado
en Materia Administrativa cerraron la posibilidad de que la periodista
Carmen Aristegui y su equipo obtuvieran un amparo contra la decisión de
MVS de sacarlos del aire desde el 15 de marzo pasado.
Esta decisión “lamentable” demuestra que “el Poder Judicial está
sometido al poder presidencial” y trata de legalizar una “venganza
política” contra Aristegui y su equipo, coinciden los investigadores
Lorenzo Meyer y Sergio Aguayo, quienes participaban como analistas en
la mesa política de los lunes en la Primera Emisión de Noticias MVS con
Aristegui.
Ambos, junto con la también académica y comentarista Denise Dresser,
interpusieron otro recurso de amparo por considerar que con la censura
a la conductora se vulneraron los derechos de las audiencias y la
libertad de expresión. Dresser sentenció que en este país el sistema de
justicia “le abre la puerta al Chapo Guzmán y le cierra en las narices
a Carmen la posibilidad de regresar a la radio”.
Anteriormente, el juez octavo en materia administrativa, Fernando
Silva Garza, consideró en su incidente de suspensión 672/2015 que el
juicio de amparo de la periodista no era un asunto entre particulares
sino un litigio “en el que es necesario establecer un balance adecuado
entre la libertad contractual, de empresa, la libertad de expresión e
independencia periodística de la parte quejosa”.
No obstante, el tribunal colegiado resolvió que “el aviso de
terminación anticipada de un contrato no puede considerarse como un
acto de autoridad para efectos del amparo, ya que dicho aviso no cumple
con los requisitos de ser unilateral y obligatorio”, pues “el
procedimiento para la terminación anticipada del convenio fue previsto
por ambas partes en los contratos que ambos presentan”.
En un comunicado público, Aristegui afirmó que con esta resolución
“se pone fin a la batalla judicial en defensa de la libertad de
expresión”.
Para ella, el tribunal colegiado contradice los criterios de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Se esperaba que en la
resolución se actuara a la altura del nuevo paradigma de los derechos
humanos y de la necesidad de establecer un estatus judicial a la
defensa de la libertad de expresión”, añadió.
El miércoles 15, el día siguiente de que se dio a conocer la
resolución, la jueza segunda de distrito especializada en
telecomunicaciones, Silvia Cerón, rechazó los primeros 13 amparos
interpuestos por radioescuchas que denunciaron la violación a sus
derechos de audiencia con la salida forzada del aire del equipo de
Noticias MVS Primera Emisión.
Según Cerón, “no puede afirmarse que se le está vulnerando su
derecho a recibir una información plural y veraz, porque aun cuando el
contenido específico sea el de su elección, el pluralismo informativo
se entiende garantizado en la medida en que existan más medios de
comunicación que difundan información contrapuesta, de entre los cuales
el radioescucha podrá encontrarse nuevamente en la situación de elegir
el que estime más conveniente”.
La resolución mencionada puede impugnarse ante un tribunal
colegiado, pero no implicará la reinstalación de Carmen Aristegui, sino
cuando mucho una orden al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
para que investigue si se violaron o no los derechos de las audiencias.
La jueza insistió en su resolución que el IFT no tiene por qué
intervenir, ya que la censura al programa de Aristegui no implica “que
se vulnera de facto el derecho a recibir una información plural y
veraz, pues para que ello fuera así sería imprescindible que el
contenido suprimido representara el único medio de información a
disposición de la audiencia que garantizara la pluralidad y veracidad
de sus contenidos”.
Esta resolución anticipó el futuro que podrían tener más de 2 mil
amparos de ciudadanos descontentos con la decisión unilateral de MVS.
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT),
controlada por los grandes concesionarios, y la Presidencia de la
República realizaron un intenso cabildeo en el litigio de amparo de la
periodista y en los de radioescuchas, para negar que sea un caso de
censura o de violación a los derechos de información, libertad de
expresión y derechos de las audiencias.
La Consejería Jurídica de la presidencia, a cargo de Humberto
Castillejos, presentó ante el Segundo Tribunal Colegiado Especializado
en Telecomunicaciones un recurso que calificó como “inadmisible” y
“absurdo” pretender que los concesionarios de radio y televisión tengan
que consultar a las audiencias para tomar decisiones sobre su
programación:
“En el supuesto de determinar la procedencia de la demanda de amparo
estaríamos frente al absurdo de que para suprimir o dejar cualquier
programa, los concesionarios tuvieran que consultar a la audiencia, y
en caso de omisión o estar en desacuerdo, los radioescuchas estarían
legitimados para acudir al juicio de amparo o impugnar que se dejen de
transmitir los programas de su preferencia, situación que sin duda
resulta inadmisible.”
Prácticamente son los mismos argumentos de los concesionarios de MVS y la CIRT.
Poder sometido
Para Meyer, la resolución del tribunal colegiado contra Aristegui
“confirma que el sistema judicial mexicano, cuando está supeditado a
otras consideraciones de carácter político, se ha doblado ante la
Presidencia de la República.
“Esta decisión también confirma nuestra desconfianza hacia el Poder
Judicial. Este aparato debería estar sustentado en el sentido común de
la justicia y la decencia. ¿Cómo le vamos a pedir eso?”
Por eso, señala, si bien en el corto plazo “triunfan el peñanietismo
y MVS porque disfrutan de las comodidades que les da el sistema de
justicia tan deleznable, históricamente Carmen Aristegui y su equipo se
salvarán. Ellos tienen la razón, pero ahora quien recibe el golpe es
Carmen”.
Meyer comparó esta decisión de negarle el amparo a Aristegui con el
golpe que sufrió en 1976 el equipo de periodistas encabezado por Julio
Scherer, al ser expulsado éste de la dirección de Excélsior: “Son
circunstancias diferentes, pero en esa época también se argumentó que
se trataba de un conflicto entre privados y no de un caso de censura”.
Al respecto, Aguayo indica que “el golpazo” del tribunal colegiado “huele a justicia vasalla del presidente de la República”.
“Es un indicador de que están doblando la cerviz ante el equipo del
presidente o ante el presidente. Se da en el contexto del escándalo de
la impunidad y de la corrupción, confirmado por la fuga de El Chapo
Guzmán”, añade.
Para él, la resolución confirma “el debilitamiento de un régimen que
a lo más que llega es a golpear a quienes lo incomodan con sus
críticas, aprovechándose de la docilidad de los poderes públicos”.
También comparó esta situación con el golpe a Excélsior: “Sigue
habiendo la misma capacidad del poder para imponer su voluntad. Huele a
podrido, a cloaca, mientras por las cloacas, literalmente, se les fuga
El Chapo”.
A su vez Dresser cuestiona la decisión de la jueza Cerón, quien
desechó los amparos de los radioescuchas argumentando que sí existe
pluralidad en los noticiarios: “¿En qué país paralelo vive la jueza? Es
como si no escuchara la radio, donde ya no se tocan temas espinosos
para el gobierno como Tlatlaya, Ayotzinapa, Apatzingán, la Casa
Blanca, la casa de Malinalco, etcétera. ¿Cómo nos comprueba esa
pluralidad? ¿Qué evidencia tiene? Es pecar de ingenuidad o de mala fe”.
Desde su punto de vista, estas determinaciones judiciales envían un “pésimo mensaje” para la libertad de expresión:
“El gobierno federal y la jueza Cerón piensan la pluralidad
informativa en un sentido muy distinto al de nosotros. Piensan en el
número de noticieros y estaciones, pero no en profundidad ni en
veracidad de las noticias ni en asuntos críticos que ya no se tocan.
Cada vez hay un desfase mayor entre el país imaginario del peñismo y el
país real.”
Por eso cuestiona: “¿Para qué demonios se aprobó una nueva ley
federal de telecomunicaciones y radiodifusión, si no existen jueces y
magistrados que la interpreten correctamente, con la excepción del juez
Silva García?”.
El juicio mercantil
En paralelo al juicio mencionado, los abogados del Grupo MVS
interpusieron otro de naturaleza mercantil en contra de Aristegui por
generar “lucro indebido” al utilizar los contenidos informativos de MVS
Noticias en el portal Aristegui Noticias.
Según el comunicado de MVS, desde el 31 de marzo pasado promovió una
demanda mercantil ante el juez décimo cuarto de lo civil en el Distrito
Federal por “uso indebido de propiedad intelectual e industrial” y
supuestas violaciones a “derechos de autor, uso de recursos sin
autorización y comprometer a la empresa”, ya que en el portal Aristegui
Noticias, “sin derecho o autorización alguna, se incorporó videos que
forman parte del contenido del programa Noticias MVS”.
La empresa alega que Aristegui Noticias “pobló de tráfico, obtuvo
audiencia y comercializó indebidamente a través de la explotación
mediante la monetización por venta de publicidad, obteniendo un lucro
indebido”.
Desde que se dio a conocer esta demanda mercantil, Aristegui afirmó:
“Nosotros no reprodujimos ningún otro contenido que no fuera el de
nuestro programa. Dábamos crédito a la propia empresa, cuyos contenidos
seguían teniendo efecto en nuestras audiencias. La marca MVS, lejos de
verse dañada, se veía beneficiada, al ser retransmitidos sus
contenidos”.
“MVS saca de la chistera esta demanda mercantil y pretenden que el
contrato se rompa por una razón de esta naturaleza. Ya no saben qué
inventar. Al rato van a decir que me robé los gises del pizarrón”,
comentó la periodista en mayo pasado, al finalizar la segunda audiencia
de conciliación en las instalaciones de MVS, con la presencia de José
Woldenberg, el árbitro reconocido por ambas partes.
Esas reuniones concluyeron sin ningún avance. El juez octavo, Silva
García, había emitido una serie de medidas cautelares a favor de
Aristegui, haciendo valer el contrato firmado por ella y MVS, tomando
en cuenta que los “lineamientos editoriales” emitidos por la empresa el
13 de marzo violentaban las garantías y la autonomía de la periodista,
estipulados en el propio contrato.
La demanda mercantil de MVS, que sigue vigente, “parte del falso
supuesto de que Aristegui no tenía autorización para utilizar los
contenidos. Esto es falso. Esto empezó en abril de 2012, MVS promovía
el portal y hasta en el Canal 52 (propiedad del grupo) aparecieron
cintillos que remitían al portal de Aristegui”, afirma el abogado de la
periodista, Xavier Cortina.
Cuando se dio a conocer el contenido del litigio mercantil,
Aristegui señaló: “Es una cosa artificiosa, muy agresiva. Pudiera estar
pensada con propósitos intimidatorios para mí”.
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