Conoce todos los detalles del proyecto hacendario y los cambios que sufrió en el proceso legislativo
Fecha de presentación: 8-septiembre-2013.
Documentos íntegros de las iniciativas: da clic aquí.
¿QUÉ ES?
La reforma hacendaria o fiscal es una iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, la cual incluye a su vez modificaciones en las legislaciones específicas de diversos tributos cobrados por el Estado mexicano, y establece nuevos derechos sociales a través de diversas modificaciones constitucionales y de la creación de nuevas leyes dando clic aquí.
Con esta reforma hacendaria el Gobierno de la República ha dicho que pretende simplificar el pago de impuestos, promover la economía formal, la transparencia en el ejercicio del gasto público, la salud y la sustentabilidad ambiental.
I. LA PROPUESTA PRESIDENCIAL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Entre las medidas propuestas por el Ejecutivo federal, se encontraban las siguientes relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA):
1. Cobrar IVA por Ia enajenación de casas-habitación, así como por su renta y por el pago de una hipoteca (ve aquí más detalles sobre los cambios en las hipotecas).
2. Eliminar la exención en el IVA a los servicios de educación, es decir, el pago de colegiaturas.
3. Eliminar la exención de IVA en los servicios de transporte público terrestre foráneo, con lo que se seguiría exentando el transporte público urbano.
4. Eliminar la tasa preferencial de IVA de 11% que impera en las zonas fronterizas del país y homologarla con el 16% aplicable en el resto del país.
5. Eliminar la exención de IVA en los espectáculos públicos, sólo manteniéndola en el caso de circos y teatros.
6. Permitir a las entidades gravar los espectáculos distintos al cine.
7. Eliminar la tasa de 0% actual y gravar gomas de mascar, mascotas y alimentos de mascotas.
8. Gravar las Importaciones temporales en la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), el depósito fiscal automotriz, el recinto fiscalizado y el recinto fiscalizado estratégico.
9. Eliminar la tasa de 0% actual y gravar la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80% de este metal.
10. Otorgar a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) un tratamiento igual que a otras entidades que integran el sistema financiero, en relación con la exención a los intereses que reciben o pagan.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
1. La tasa aplicable de Impuesto Sobre la Renta (ISR) se ubicaría en 32% para las personas físicas con ingresos anuales de más de 500,000 pesos; las personas con ingresos menores a esa cantidad continuarían pagando el 30%.
2. Gravar con ISR a prestaciones como los vales de despensa que se entregan en papel, siendo deducibles únicamente los que se entreguen a través de una tarjeta electrónica.
3. Gravar las utilidades que se obtengan en la Bolsa Mexicana de Valores con un 10% de impuesto.
4. Eliminar el Régimen de Consolidación Fiscal, mecanismo que permite a los corporativos sumar las operaciones de sus empresas subsidiarias a fin de compensar pérdidas con ganancias y reducir así el pago de impuestos; aunque se incluyen algunas medidas transitorias (ve aquí más detalles sobre el Régimen de Consolidación Fiscal y las medidas transitorias propuestas).
5. Eliminar diversas deducciones de impuestos: por un lado, se propone la eliminación de la deducción inmediata de las inversiones de las personas morales, así como la limitación de las deducciones de las personas físicas a un 10% de sus ingresos anuales totales por todos en todos los conceptos que por ley sean deducibles y también eliminar la deducción del consumo en restaurantes.
6. Se elimina el Régimen de Pequeños Contribuyentes, y se propone establecer el denominado “Régimen de Incorporación”, al cual podrán acogerse por un periodo de seis años las personas físicas con poca capacidad económica y administrativa; podrán formar parte de este régimen las empresas con ingresos anuales menores a dos millones de pesos.
7. Se propone reducir el límite de la exención de las ventas de casa habitación de 1.5 millones de UDIS (aproximadamente 7.4 millones de pesos) a 250 mil UDIS (aproximadamente 1.2 millones de pesos).
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
1. Aplicar un Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a bebidas azucaradas de un peso por litro.
2. Imponer un gravamen promedio de 70 pesos por tonelada de CO2, pero con tasas distintas dependiendo el tipo de combustible (ve detalles en la página 56 de este documento).
OTROS GRAVÁMENES
También existen otras modificaciones tributarias en la propuesta del Ejecutivo, como las que se enlistan a continuación.
1. Eliminar el Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU).
2. Derogar el Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE).
3. Se crea un derecho especial sobre minería, que gravará con una tasa de 7.5% la diferencia positiva que resulte entre los ingresos derivados de la venta de lo extraído y las deducciones permitidas.
POLÍTICA SOCIAL
A la par de los cambios propuestos en la política fiscal del Gobierno de la República, también se planteó la creación de dos políticas sociales específicas:
1. La pensión universal: Este esquema garantizará a nivel constitucional que todos los mexicanos tengan un ingreso mínimo para cubrir sus gastos básicos de manutención durante su vejez.
Se podrán beneficiar los residentes en el país mayores de 65 años que tengan un ingreso mensual igual o inferior a 15 salarios mínimos que no reciban actualmente una pensión contributiva, y que a partir de la entrada en vigor de la Ley no se pensionen bajo un régimen de reparto del IMSS, del ISSSTE o de las entidades paraestatales.
2. Seguro de desempleo: se garantizaría a nivel constitucional el acceso de los trabajadores a un ingreso cuando pierdan un empleo formal. Este programa permitiría el acceso a esta prestación a todos aquellos desempleados del sector formal independientemente de la situación que haya originado el desempleo, otorgando un piso de beneficio equivalente un mes de salario mínimo hasta por seis meses.
Su financiamiento se hará a través de contribuciones patronales ligadas al empleo formal depositadas en cuentas individuales de uso múltiple denominadas subcuentas mixtas, y a un fondo de reparto denominado fondo solidario (ve aquí más detalles sobre cómo operaría el seguro de desempleo).
¿QUÉ CAMBIOS HA SUFRIDO A LO LARGO DEL PROCESO LEGISLATIVO?
La propuesta enviada por el Ejecutivo federal (la cual se detalla en el inciso I de este texto) fue modificada parcialmente, primero por la Cámara de Diputados (lo que se puede ver en el inciso II de este texto) y después por el Senado de la República (inciso III).
II. CÁMARA DE ORIGEN
IVA
1. No se gravará el arrendamiento y la enajenación de vivienda, así como los intereses y comisiones derivados de créditos hipotecarios.
2. Los servicios educativos continuarán exentos de IVA, es decir, no se gravará el pago de colegiaturas en la educación privada.
3. Se mantiene la tasa 0% en la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%
4.Los espectáculos públicos se mantienen exentos.
IEPS
1. Se aprobó crear un nuevo gravamen, que no estaba incluido en la propuesta presidencial, el cual significará una tasa de 5% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica (referidos en la opinión pública como “comida chatarra”), como chocolates, dulces, gelatinas, crema de cacahuate y avellana, alimentos preparados a base de leche, helados, nieves y paletas de hielo.
2. Se modificó la tasa aplicable a los combustibles fósiles, excepto el gas natural y el petróleo crudo, se gravarán con un IEPS bajo las siguientes razones de centavos por litro: 5.91 en el gas propano, 7.66 en el gas butano, 10.38 en gasolinas y gasavión, 12.40 en turbosina y otros kerosenos, 12.59 en diesel, 13.45 en combustóleo; 15.60 pesos por tonelada en coque de petróleo, 35.67 en coque de carbón, 26.54 en carbón mineral y en otros combustibles fósiles, 39.80 pesos por tonelada de carbono que se contenga (en la iniciativa del Ejecutivo federal era de 70 pesos por tonelada de carbono) .
ISR
1. La Cámara de Diputados modificó el esquema para el cobro de ISR a personas físicas, entre los diversos cambios aplicados elevó la tasa máxima de ISR del actual 30% a 35%.
2. Las personas físicas que ganan más de 500,000 pesos y menos de 750,000 pesos anualmente pagarán el 31% de ISR.
3. Quienes ganan más de 750,000 pesos y menos de 1,000,000 pesos anualmente pagarán el 32% de ISR.
4. Las personas físicas que tengan ingresos anuales superiores a un millón de pesos pero menores de tres millones de pesos, pagarán una tasa de ISR de 34%.
5. Y quienes registren ingresos anuales superiores a los tres millones de pesos, se les aplicará la tasa máxima de ISR de 35%.
6. Se modifica el límite para que las ventas de casas habitación queden exentas de ISR situándolo en 700,000 UDIS (aproximadamente 3.5 millones de pesos).
OTROS GRAVÁMENES
1. Se modifica la distribución de los nuevos derechos mineros para que se asigne de la siguiente manera: 40% de los recursos irán para el gobierno federal, 30% para entidades federativas mineras y 30% para los municipios mineros.
III. CÁMARA REVISORA
El Senado de la República hizo algunas modificaciones a la minuta enviada por San Lázaro entre las que se incluyen las siguientes:
IEPS
1. Se aumentó de de 5% a 8% la tasa aplicable a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica (referidos en la opinión pública como “comida chatarra”).
ISR
1. Se redujo de 31% a 30% la tasa aplicable para las personas con ingresos anuales de entre 500,000 y 750,000 pesos.
2. Se aumentó la deducibilidad de prestaciones de 47% a 53%.
OTROS GRAVÁMENES
1. Se modificó el reparto de los recursos obtenidos con derechos especiales cobrados sobre la actividad minera: 50% se destinará a los municipios donde se asientan las minas, el 30% a los gobiernos estatales y el 20% a la Federación.
Tras las modificaciones realizadas por el Senado, el proyecto regresó a San Lázaro, su cámara de origen, pero fue aprobado sin ningún cambio adicional; por lo que fue enviado al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación.
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