CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH) reiteró la necesidad de disponer un salario mínimo que
permita garantizar las necesidades mínimas de los trabajadores y, en
consecuencia, posibilite el goce y ejercicio de sus derechos humanos.
En un comunicado, el organismo detalló que de acuerdo con el Consejo
Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en
marzo de este año el valor promedio de la línea de bienestar osciló
entre mil 928.67 pesos para el ámbito rural y hasta dos mil 985.48 en el
urbano.
Es decir, frente al monto del salario mínimo vigente para 2018, el
costo de los satisfactores mínimos alcanzó un máximo de 97.88 diarios en
el sector urbano, lo que representa un déficit de 9.25 pesos, mientras
que en el caso rural persisten serias carencias en el apartado de
accesibilidad, disponibilidad y calidad de los satisfactores, puntualizó
en el marco de las celebraciones por el Día del Trabajo.
En este sentido, la CNDH sostuvo que si bien en marzo pasado la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
estimó un crecimiento de 2.8% anual para México en este año, pocos han
sido los avances en materia de política económica y social para revertir
los avances y desigualdades en la distribución del ingreso.
Y destacó que conforme al artículo 123 de la Constitución Política,
el salario mínimo debe comprender las necesidades normales del orden
material, social y cultural de las familias, además de proveer la
educación obligatoria de los menores de edad.
Del mismo modo, apuntó, en su Observación General 18, el Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) destacó la
necesidad de que el salario mínimo sea congruente con las necesidades
básicas de los trabajadores, principalmente la alimentación, salud,
vivienda y educación.
Por otra parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
subraya que, para determinar el nivel de los salarios mínimos, acorde a
las pautas expuestas, deben considerarse las necesidades de los
trabajadores y de sus familias, tales como el costo de vida, las
prestaciones de seguridad social y el nivel de vida relativo de otros
grupos sociales, y los factores económicos, como el desarrollo
económico, la productividad y un alto nivel de empleo.
“La suficiencia del salario mínimo es un elemento imprescindible no
sólo para el ámbito de los derechos humanos laborales, y por sí misma un
derecho, sino que es interdependiente para prácticamente la totalidad
de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales,
incluso en el concepto de calidad de vida”, tal como se establece en los
Objetivos 8 y 10 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible,
correspondientes a trabajo decente y abatimiento de las desigualdades,
resaltó la CNDH.
Por lo anterior, consideró que la determinación y cuantificación de
los satisfactores mínimos, como de un salario mínimo que cubra dichas
necesidades vitales, constituyen temas que invariablemente deben ser
incluidos y analizados dentro del próximo Plan Nacional de Desarrollo
2019-2024, como también dentro de la agenda política nacional.
En lo particular, dirigió “una atenta invitación” a las autoridades,
actores políticos y sociedad civil a reflexionar sobre la
caracterización y objeto del salario mínimo en las normas relativas a
los derechos humanos, de fuente nacional e internacional, como también
los estándares derivados de los sistemas regionales y universales de
promoción y protección de los derechos.
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