6/16/2018

Fiscalía poblana solicitará imputación por feminicidio en caso de Mara Castilla


En manos del Juez de control aceptarla o no 



La Fiscalía General de Justicia de Puebla (FGJP) volverá a solicitar que se formule la imputación por feminicidio en contra de Ricardo Alexis N. chofer de un taxi privado y quien presuntamente asesinó a Mara Fernanda Castilla Miranda en septiembre de 2017; esto, después de que un Tribunal Colegiado declaró improcedente la vinculación a proceso por este delito.

En un comunicado emitido este día por el Poder Judicial Federal, aclaró que ayer, 14 de junio de 2018, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito resolvió tres amparos a favor del inculpado. En uno, los magistrados determinaron que el Juez de Control responsable del caso debe dejar insubsistente la vinculación a proceso por el delito de feminicidio contra Ricardo Alexis.
Ello, explicaron, porque la Fiscalía de Puebla incorporó el delito de feminicidio en la misma carpeta de investigación que inició por el delito de privación ilegal de la libertad, el primer crimen por el cual acusó a Ricardo Alexis N. antes de conocer que presuntamente asesinó a Mara.
En el documento explican que cuando aparece en la investigación otro delito distinto por el cual fue vinculado a proceso el acusado, en este caso, feminicidio, se tiene que realizar una nueva carpeta de  investigación, separada, “sin perjuicio de que puedan ser acumulados los procesos en su oportunidad”.

El amparo otorgado el día de ayer al presunto feminicida con número 120/2018, permite que el Ministerio Público estatal vuelva a formular la imputación por el delito de feminicidio (y crear una nueva carpeta de investigación) pero quedará en manos del Juez de Control, determinar si procede, aclaran.  
Luego de que ayer se diera a conocer la información de que el conductor de Cabify habría ganado estos 3 amparos y que no sería vinculado a proceso por feminicidio, esta mañana, el representante del área de litigación de la Fiscalía de Puebla, Israel Onofre, dijo en conferencia de prensa, que volverán a formular la imputación por feminicidio ante el Juez.
Mientras Israel Onofre informaba del doble trabajo que tendrán que realizar, atrás de él se mantuvieron de pie la madre y padre de Mara Fernanda, a los que en ningún momento, se les dio la oportunidad de hablar.

FISCALÍA FALTA AL DEBIDO PROCESO

Otro de los amparos concedido al presunto agresor, obedeció a que su arresto fue ilegal, sin una orden de aprehensión. Ello porque la Fiscalía poblana argumentó en su momento que era “un caso urgente”, una nueva modalidad que no requiere la orden de arresto en este nuevo Sistema Penal. Sin embargo, esta prerrogativa sólo aplica en los delitos catalogados que requieran prisión  preventiva oficiosa, y la “privación ilegal de la libertad” –delito por el cual acusaron a Ricardo Alexis- no es uno de ellos.
El Juez de Control debe dictar una nueva medida que no sea prisión preventiva, dictó el Tribunal. En este sentido, la Fiscalía de Justicia también dijo en la conferencia que requerirán que conserve la medida de prisión, toda vez que tienen las pruebas suficientes para que se mantenga esta medida extrema contra Ricardo Alexis.
También el Primer Tribunal Colegiado en otro amparo determinó que la prueba de localización geográfica en tiempo real del acusado no puede ser utilizada como prueba, porque la Fiscalía la presentó fuera del tiempo estipulado para incorporarla al procedimiento penal que sigue.

FISCALÍA NO ASISTIÓ A LA AUDIENCIA

Después de que el abogado del acusado, Francisco Tlahuicole Hernández, dio a conocer ayer a medios de comunicación locales, lo resuelto a favor del agresor, en redes sociales se comenzó a recriminar a la Fiscalía de Puebla sobre los errores que cometió y se especuló que el presunto feminicida podría salir en libertad.
A los reclamos, la Fiscalía poblana respondió en un comunicado breve que “no había sido notificada” de las resoluciones del Tribunal. Hoy se supo que desconocían de los amparos ganados por el presunto feminicida porque no ningún representante de la instancia asistió a la audiencia pública de los magistrados, a lo que Israel Onofre agregó durante la conferencia de prensa, “que no lo consideraron necesario”. 

EL CASO

El año pasado, el descontento social del asesinato de Mara obligó a la Fiscalía de Puebla a esclarecer en conferencia de prensa la investigación que realizó del caso.
De acuerdo con la Fiscalía el 8 de septiembre de 2017 Mara solicitó en la madrugada (alrededor de las 5 am) un servicio de taxi a la empresa privada Cabify para trasladarse a su domicilio. El conductor asignado fue Ricardo Alexis N, la llevó a su casa, sin embargo, a pesar de informar en la aplicación de la empresa que la dejó en el lugar solicitado, los videos de vigilancia muestran que Mara no bajo del vehículo.
Tras el reporte de desaparición que interpuso la familia de Mara, Ricardo Alexis declaró a la Fiscalía poblana que ella le solicitó descender unas cuadras antes de su domicilio. En ese momento lo dejaron en libertad porque no se habían revisado las cámaras de seguridad.
Después, al revisar los videos, desmintieron el dicho de Ricardo Alexis y la Fiscalía lo arrestó por el delito de privación ilegal de la libertad de Mara Castilla.
La Fiscalía explicó que a partir de la recaudación de datos de los teléfonos de Ricardo y Mara establecieron que estuvieron en los mismos sitios. El análisis forense a los dispositivos arrojó que el traslado de la estudiante de la universidad a un hotel del municipio de Cholula y los videos del lugar, también corroboraron la entrada del vehículo.

Más tarde (alrededor de las 8 de la mañana) se ve a Ricardo Alexis abandonar el hotel y tomar la ruta de carretera que se dirige al estado de Tlaxcala. Con estos datos, iniciaron la búsqueda de Mara Fernanda y el 15 de septiembre de 2018, una semana después del reporte de desaparición, la hallaron asesinada en una barranca.
De acuerdo con la Fiscalía de Puebla, tiene todos los elementos de investigación para comprobar que Ricardo Alexis N. es responsable del feminicidio de Mara Fernanda y eventualmente tener una sentencia condenatoria.

Puebla tipificó en 2012 este delito que contempla 10 razones de género para acreditarlo: que el sujeto lo cometa “por odio o aversión” a las mujeres, que el sujeto lo cometa por “celos extremos” respecto a la víctima, existan lesiones o mutilaciones infamantes, antecedentes de violencia en contra de la víctima, haya existido una relación sentimental o afectiva, existan datos sobre acoso a la víctima, que la víctima haya sido incomunicada, que el cuerpo de la víctima sea expuesto en un lugar público, y por último, que tenga parentesco con el victimario.
Para materializar la indagación adecuada de estos casos el estado emitió hace dos años (2016) el “Protocolo de investigación del feminicidio”.

CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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