Tribunal falla a favor del presunto agresor
El
Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Puebla determinó
improcedente la acusación por feminicidio en contra de Ricardo Alexis
“N” presunto responsable de asesinar en septiembre de 2017 a Mara Fernanda Castilla Miranda cuando ella abordó el transporte privado que él conducía.
Este jueves 14 de junio de 2018 se realizó en Puebla la audiencia en
la que el Tribunal Colegiado resolvió tres amparos impulsados por la
defensa legal del acusado. El abogado del presunto feminicida, Francisco
Tlahuicole Hernández, informó al periódico local E-consulta que fueron
resueltos a su favor, uno de estos, deja sin efecto la vinculación a
proceso por feminicidio.
De acuerdo con Tlahuicole Hernández esto se debió a los errores que
cometió la Fiscalía General de Justicia de Puebla (FGJP) al plantear la
vinculación a proceso.
En principio, explicó el litigante, el Ministerio Público (MP) detuvo
a Ricardo Alexis sin orden de aprensión justificando “que era un caso
urgente”, que es una de las nuevas formas en las que se puede realizar
una detención en el nuevo Sistema Penal, sin embargo, esta modalidad
sólo aplica para delitos considerados de prisión preventiva oficiosa
(como homicidio), y en este caso, como el arresto fue por “privación
ilegal de la libertad”, y no está en la lista de dichos delitos, los
magistrados del órgano colegiado determinaron que fue un proceso ilegal.
En consecuencia el Tribunal Colegiado resolvió que era ilegal la
acusación por feminicidio en contra de Ricardo Alexis, toda vez, indicó
el abogado del acusado en la entrevista, que en un procedimiento penal
se tiene que seguir la investigación acorde a la vinculación a proceso,
la cual no fue por feminicidio sino privación ilegal de la libertad.
El abogado añadió que para acusar a su cliente, Ricardo Alexis de
feminicidio, la Fiscalía tuvo que haber planteado una nueva causa penal,
pero nunca lo hizo.
También el Tribunal Colegiado declaró que las pruebas que presentó la
Fiscalía de Puebla como la geolocalización en tiempo real y la
obtención de datos de los celulares de Mara y su feminicida, fueron
obtenidas de manera ilegal, por lo que quedarán descartadas para la
investigación.
Este mal planteamiento de la FGJ de Puebla echó abajo el caso y alejó
a Mara Fernanda Castilla y su familia de la justicia, ya que no se
podrá apelar la decisión por ser un mandato de un órgano colegiado,
añadió el abogado del acusado.
Así el Tribunal Colegiado sentenció que únicamente se vinculará a
proceso a Ricardo Alexis por la privación de la libertad de Mara, sin
que mandaten prisión preventiva oficiosa, aunque la FGJP podría pedir
esta medida, tendría que argumentarlo exhaustivamente, agregó el
abogado.
Mara Castilla Fernanda fue privada de la libertad y asesinada el 8 de
septiembre de 2017. Ese día ella abordó en San Andrés Cholula el taxi
de la empresa privada Cabify conducido por Ricardo Alexis N. para llegar
a su domicilio.
El 12 se septiembre la Fiscalía de Puebla informó que detuvo a
Ricardo Alexis por presuntamente privar de la libertad a Mara, ya que
fue captado por cámaras de vigilancia en las que se puede observar que
ella nunca descendió del carro y la dejó en un motel.
Tres días después corroboró que halló asesinada a Mara, su cuerpo lo
arrojaron en una barranca cercana a los límites con el estado de
Tlaxcala.
El feminicidio de Mara Fernanda Castilla causó la indignación de las
mexicanas. Al conocer que fue asesinada, se desataron múltiples
protestas en el país que mostraban el hartazgo y la rabia las mujeres
por la violencia que enfrentan día a día. El caso hizo también que se
plantearan normativas para regular este tipo de transportes privados en
el estado y planteó la urgencia de decretar en Puebla el mecanismo de
Alerta de Violencia de Género (AVG) que fue negado.
El abogado del presunto feminicida abundó que la Fiscalía debe
atender a la sentencia del Tribunal pero es inminente que Ricardo Alexis
quede en libertad en poco tiempo.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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