9/28/2011

Calderón respalda leyes antiaborto; necesaria la prudencia: Corte




Por e-consulta
Martes, 27 de Septiembre de 2011 | 06:35

Felipe Calderón Hinojosa, presidente del país sometió a consideración del Senado retirar la Declaración Interpretativa que impide a México legislar en todo su territorio contra el aborto, al argumentar que ya "no tiene sentido" mantener dicha Declaración.

Antes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el debate sobre la constitucionalidad de las leyes antiaborto aprobadas por los congresos de Baja California y San Luis Potosí.

Fue en 1981 cuando México se adhirió al Pacto de San José. Ahí se formuló una "declaración interpretativa" para aclarar que la obligación establecida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos de proteger "en general" el derecho a la vida a partir del momento de la concepción, "no constituye obligación de legislar para proteger la vida desde la concepción, dejando claro que los Estados conservan el derecho de prever excepciones en su legislación, como es el caso de excluyentes de responsabilidad en casos de aborto".

Mediante un comunicado, se informó que el presidente Felipe Calderón sometió a la aprobación del Senado la decisión de retirar dicha declaración interpretativa.

Con ello, el gobierno federal sostiene que "México refrenda un compromiso con el derecho a la vida, como un bien jurídicamente tutelado por el derecho mexicano.

"No tiene sentido mantener la declaración interpretativa" respecto al Pacto de San José, porque en la más reciente reforma constitucional se reconocen los derechos humanos previstos en los tratados internacionales, con el mismo nivel de protección de la Constitución.

De acuerdo con el gobierno federal, el retiro de la declaración interpretativa no tendría como consecuencia la modificación de las restricciones penales en materia de delitos contra la vida ni la regulación del aborto, toda vez que, por ejemplo, la expresión "en general" permite que la legislación civil y penal ordinaria preserve en concreto, agravantes, atenuantes o excluyentes de responsabilidad respecto al derecho a la vida.

Inicia debate sobre leyes antiaborto

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el debate sobre la constitucionalidad de las reformas legales en Baja California y San Luis Potosí que protegen el derecho a la vida desde el momento de la concepción.

La sesión comenzó con un pronunciamiento del ministro Fernando Franco González Salas, responsable del proyecto, quien pidió "prudencia y tolerancia" ante la discusión de "tan trascendente y delicado asunto".

En referencia a las críticas que ha recibido por argumentar la invalidez de las reformas, enfatizó que ninguna presión tiene cabida en la Corte.

"Expreso de manera categórica mi absoluto respeto a todas las opiniones que se han manifestado, aun las que han sido en contra o aquellas que no comparto, pero lamento las de quienes en uso indebido de ese derecho, denigran, descalifican y ofenden a los que no sostienen sus puntos de vista o piensan igual que ellos", indicó.

Después, el ministro Sergio Aguirre Anguiano fijó su postura contra el proyecto y señaló que plantea una "supuesta colisión" entre el derecho a la vida y los derechos de las mujeres.

Además, argumentó que el reconocimiento a la vida en la Constitución de Baja California es acorde con la Constitución del país e invitó a los ministros: "Vuélvanlo a leer".

"El derecho a la vida, tal y como está abstractamente establecido en la Constitución local, es una norma que resulta armónica con los artículos de la Constitución federal y de la Convención Americana de Derechos Humanos", sostuvo Aguirre.

El ministro Luis María Aguilar defendió la inconstitucionalidad de las reformas, pues consideró que las constituciones locales no pueden definir principios que le corresponden a la Carta Magna.

Los ministros deben apegarse a la Constitución

En el marco de la discusión sobre el aborto, juristas afirmaron que los ministros deben decidir basados en la Constitución mexicana, a pesar de los tratados internacionales sobre el derecho a la vida.

En ese sentido, el jurista José Elías Romero Apis recordó el artículo 24 de la Carta Magna, que establece que lo que no esté en la Constitución queda a libertad de los estados legislarlo.

"Más allá de cuestiones ideológicas, políticas o religiosas es un problema de constitucionalidad. La primera cosa es si la Constitución protege o no la vida del no nato. Hasta ahora se ha resuelto que no y que los estados pueden legislar a su antojo", dijo en una entrevista al periódico Excélsior.

Los tratados internacionales no son superiores a la Constitución mexicana, sostuvo el jurista.

"La declaración interpretativa ni tiene ninguna pertinencia en el debate jurídico, yo entiendo que el presidente Calderón quiere que esos estados protejan la vida", afirmó.

El abogado sostuvo que los tratados internacionales no inciden en la legislación estatal.

A su vez, el litigante Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México, destacó el valor de la Constitución.

"Nuestra legislación dice que está por encima la Constitución que cualquier cosa, es la ley fundamental que rige al país y la misma Constitución considera que deben tomarse en cuenta los tratados escritos por el país", comentó.

El abogado dijo que si hay dudas sobre la interpretación, deben ser resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

...que a la letra dice

Actualmente, éste es el marco jurídico que regula la interrupción del embarazo en el ámbito federal y estatales:

Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 1

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Artículo 4

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Constitución de SLP

Artículo 16. El estado reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción.

Constitución de BC

Artículo 7. El estado acata plenamente y asegura a todos sus habitantes las garantías individuales y sociales consagradas en la Constitución Política de los Estados Mexicanos, así como los demás derechos que otorga esta Constitución; de igual manera esta norma tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes hasta su muerte natural o no inducida.

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