3/31/2014

Confirma CJF que Succar Kuri purgará su condena en prisión


NACIONAL

   Amparo a su favor es sólo para resarcir la falta de una firma

Por: la Redacción
Cimacnoticias | México, DF.- 

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) confirmó que el amparo otorgado por un Tribunal Colegiado al pederasta Jean Succar Kuri, de ninguna manera significa que pueda quedar en libertad, luego de que fue condenado a 112 años de prisión por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.

En la nota informativa DGCS/NI: 38/2014, difundida ayer, el CJF explicó que el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con sede en Cancún, Quintana Roo, resolvió el amparo directo 216/2013 promovido por la defensa legal de Succar Kuri, con el cual se ordenó al Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito subsanar la ausencia de la firma del secretario de acuerdos en la sentencia dictada contra el pederasta el 30 de agosto de 2011.

Aunque no precisó un plazo para el cumplimiento del fallo, el CJF detalló que el Tribunal en cuestión debe emitir una nueva resolución que contenga los nombres y apellidos del magistrado que emita la sentencia y del secretario que la autorice y dé fe, así como las respectivas firmas de ambos.

Es decir –abundó el CJF–, el único efecto del amparo concedido al empresario es que el Tribunal Unitario emisor de la sentencia subsane la falta de la firma del secretario de acuerdos en la resolución, como lo establecen el Código Federal de Procedimientos Penales y la Constitución mexicana, “lo que –recalcó– no implica su libertad”.

Y es que en un primer momento algunos medios informativos reportaron de manera errónea que el amparo concedido a Jean Succar Kuri el pasado 7 de marzo, dejaba abierta la posibilidad de que el pederasta quedara en libertad.

Ayer, Cimacnoticias informó que a decir de Araceli Andrade, abogada de cuatro de las víctimas de Succar Kuri, el amparo directo a favor del empresario de ningún modo “anula, modifica o reduce” su sentencia de 112 años de prisión.

La resolución de amparo no implica tampoco una reposición de procedimiento de la condena, lo que resultaría en la renovación total del juicio, abundó la litigante en declaraciones a esta agencia.

Andrade enfatizó que la figura legal de reposición de procedimiento no puede efectuarse en este caso, ya que no se modificó ningún elemento referente a la valoración de pruebas y no “estamos ante ninguna situación que afecte la sentencia, pues es inapelable”, concluyó.

Jean Succar Kuri fue denunciado en 2003 por una de sus víctimas de encabezar una red de pederastia. La escritora y periodista Lydia Cacho retomó el caso en su libro “Los demonios del Edén”, por el cual fue detenida y acosada por empresarios y políticos.

Las investigaciones de la Procuraduría General de la República constataron que la red de pornografía infantil de Succar Kuri se extendió a España, Colombia, Brasil y Venezuela. Desde 2004 el empresario estuvo detenido en Arizona, Estados Unidos, y luego fue extraditado a México en 2007.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario