Ciudad de México. Las mujeres y niñas migrantes y
refugiadas también pueden experimentar un aumento de casos de violencia
sexual y de género ante las medidas del aislamiento y confinamiento en
los hogares o albergues, advirtió ONU Mujeres México.
De acuerdo con la ficha técnica “Mujeres migrantes y refugiadas en el
contexto de la COVID-19”, que publicó el organismo internacional,
México es el segundo país a nivel mundial con el mayor número de mujeres
emigrantes, con 5.8 millones en 2015. Además, 22.8 por ciento del flujo
de tránsito por México, originario de Centroamérica y repatriado por
las autoridades mexicanas, son mujeres.
Durante la nueva pandemia, la situación de esta población es
especialmente grave, ya que, de acuerdo con ONU Mujeres, las medidas de
sana distancia han reducido la actividad de proyectos y organizaciones
que atendían su situación en México.
A esto se suma que en las estaciones migratorias, donde puede haber
condiciones precarias por hacinamiento, falta de higiene, de acceso a
servicios de salud, entre otras, hay dificultades para aplicar las
medidas sanitarias y de distanciamiento para reducir el riesgo de
contagio que son recomendadas por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) frente a la
COVID-19.
Asimismo, los albergues y centros de acogida que reciben personas
migrantes y refugiadas pueden cerrar o limitar el ingreso de personas
para cumplir con las medidas de prevención y evitar el contagio,
disminuyendo las opciones de alojamiento seguro y exacerbando riesgos de
explotación sexual.
Los servicios y apoyo a sobrevivientes de violencia sexual y de
género (gestión clínica y psicosocial) también pueden interrumpirse
cuando los servicios de salud están enfocados en la COVID-19, incluyendo
el acceso a salud sexual y reproductiva, advirtió el organismo.
De acuerdo con ONU Mujeres, entre 24 por ciento y 80 por ciento de
mujeres migrantes y refugiadas experimentan alguna forma de violencia
sexual en su tránsito, porcentaje que podría aumentar durante el
aislamiento y confinamiento en los hogares o albergues.
No obstante, a diferencia de las connacionales, las migrantes
víctimas de violencia enfrentan miedo a denunciar por su estatus
migratorio o por dependencia derivada de sus casos de solicitud de la
condición de refugiado; además de estar imposibilitadas para acceder a
servicios de atención o canales de denuncia.
Trabajadoras del hogar migrantes, las más desprotegidas
El organismo internacional advirtió que la situación es peor para las
trabajadoras del hogar migrantes, ya que aún sin pandemia, ellas
enfrentan mecanismos de contratación precarios, la ausencia de medios de
asistencia y protección adaptados a su situación, el aislamiento social
y cultural en el país de destino, la falta de conocimientos acerca de
la legislación laboral y de su cobertura, además de las
responsabilidades y cargas de cuidado, entre otras situaciones.
Con pandemia de COVID-19, las trabajadoras asumen una carga de
trabajo adicional en su círculo familiar, además deben seguir las
recomendaciones de salud y sus ingresos pueden ser reducidos, retrasados
o simplemente retirados a causa de despidos.
Las trabajadoras del hogar migrantes enfrentan retos adicionales,
como la incertidumbre de su estatus migratorio, la necesidad de salir a
cumplir con trámites administrativos migratorios y la discriminación
derivada de su condición migratoria, explicó ONU Mujeres.
Las trabajadoras del hogar migrantes se convierten en “eslabones
débiles” en la cadena de contagio, ya que no siempre pueden atender las
recomendaciones de salud y prevención porque tienen que salir a trabajar
para preservar sus medios de subsistencia o cumplir con requisitos
administrativos de su situación migratoria.
Frente a este contexto, la oficina de Naciones Unidas propuso a los
países que, para el caso de las trabajadoras migrantes, tomen medidas
para garantizar que ellas cuenten con la información necesaria acerca de
la COVID-19, los riesgos y medios de prevención; se acuerden las
medidas más convenientes para todas las partes en la relación laboral; y
se asegure su salario completo y a tiempo durante el periodo necesario,
asistan o no a su lugar de trabajo.
En el caso de las migrantes y refugiadas en general, ONU Mujeres
recomendó ofrecer información oficial y fiable acerca de la COVID-19 y
las medidas de prevención, así como datos de organizaciones
especializadas en la atención a niñas y mujeres refugiadas y migrantes;
asegurar canales de comunicación confiables y confidenciales, y que los
mensajes y recomendaciones de prevención y mitigación lleguen a niñas y
mujeres migrantes y refugiadas.
También recomendó que las personas migrantes y refugiadas reciban
atención médica, incluyendo los servicios de salud sexual y
reproductiva, independientemente de su nacionalidad y estatus
migratorio, así como a albergues de la sociedad civil con alimentación e
insumos de higiene en línea con las recomendaciones de OMS y el OPS.
Además, propuso apoyar a refugios seguros para mujeres y niñas
sobrevivientes de violencia sexual y basada en género y sus familias,
muchos de los cuales reciben a mujeres migrantes y refugiadas,
garantizando que tengan insumos alimentarios y de higiene y que puedan
estar en operación en todas las etapas de la contingencia.
ONU Mujeres pidió reforzar los sistemas y servicios de agua,
saneamiento e higiene de estas instalaciones; ofrecer información a las
mujeres migrantes y refugiadas acerca de la violencia en los hogares o
espacios de alojamiento, guías para su prevención, así como poner a su
disposición números de contacto de instituciones y autoridades que
atienden casos.
Y pidió asegurar – tanto a nivel federal como estatal – que los
equipos de respuesta a la COVID-19 consideren servicios de respuesta a
violencia basada en género para personas solicitantes, refugiadas y
migrantes en la contingencia. En particular, asegurar que existan
mecanismos de apoyo psicosocial y contención a distancia (líneas
telefónicas, etc), así como la adecuada operación de las líneas de
atención telefónica y de los refugios y centros de atención y protección
de las mujeres.
20/AJSE/LGL
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