5/09/2020

Trabajadoras del hogar migrantes “eslabones débiles” en la cadena de contagio por COVID

 
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Ciudad de México. Las mujeres y niñas migrantes y refugiadas también pueden experimentar un aumento de casos de violencia sexual y de género ante las medidas del aislamiento y confinamiento en los hogares o albergues, advirtió ONU Mujeres México.
De acuerdo con la ficha técnica “Mujeres migrantes y refugiadas en el contexto de la COVID-19”, que publicó el organismo internacional, México es el segundo país a nivel mundial con el mayor número de mujeres emigrantes, con 5.8 millones en 2015. Además, 22.8 por ciento del flujo de tránsito por México, originario de Centroamérica y repatriado por las autoridades mexicanas, son mujeres.
Durante la nueva pandemia, la situación de esta población es especialmente grave, ya que, de acuerdo con ONU Mujeres, las medidas de sana distancia han reducido la actividad de proyectos y organizaciones que atendían su situación en México.
A esto se suma que en las estaciones migratorias, donde puede haber condiciones precarias por hacinamiento, falta de higiene, de acceso a servicios de salud, entre otras, hay dificultades para aplicar las medidas sanitarias y de distanciamiento para reducir el riesgo de contagio que son recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) frente a la COVID-19.
Asimismo, los albergues y centros de acogida que reciben personas migrantes y refugiadas pueden cerrar o limitar el ingreso de personas para cumplir con las medidas de prevención y evitar el contagio, disminuyendo las opciones de alojamiento seguro y exacerbando riesgos de explotación sexual.
Los servicios y apoyo a sobrevivientes de violencia sexual y de género (gestión clínica y psicosocial) también pueden interrumpirse cuando los servicios de salud están enfocados en la COVID-19, incluyendo el acceso a salud sexual y reproductiva, advirtió el organismo.
De acuerdo con ONU Mujeres, entre 24 por ciento y 80 por ciento de mujeres migrantes y refugiadas experimentan alguna forma de violencia sexual en su tránsito, porcentaje que podría aumentar durante el aislamiento y confinamiento en los hogares o albergues.
No obstante, a diferencia de las connacionales, las migrantes víctimas de violencia enfrentan miedo a denunciar por su estatus migratorio o por dependencia derivada de sus casos de solicitud de la condición de refugiado; además de estar imposibilitadas para acceder a servicios de atención o canales de denuncia.
Trabajadoras del hogar migrantes, las más desprotegidas
El organismo internacional advirtió que la situación es peor para las trabajadoras del hogar migrantes, ya que aún sin pandemia, ellas enfrentan mecanismos de contratación precarios, la ausencia de medios de asistencia y protección adaptados a su situación, el aislamiento social y cultural en el país de destino, la falta de conocimientos acerca de la legislación laboral y de su cobertura, además de las responsabilidades y cargas de cuidado, entre otras situaciones.
Con pandemia de COVID-19, las trabajadoras asumen una carga de trabajo adicional en su círculo familiar, además deben seguir las recomendaciones de salud y sus ingresos pueden ser reducidos, retrasados o simplemente retirados a causa de despidos.
Las trabajadoras del hogar migrantes enfrentan retos adicionales, como la incertidumbre de su estatus migratorio, la necesidad de salir a cumplir con trámites administrativos migratorios y la discriminación derivada de su condición migratoria, explicó ONU Mujeres.
Las trabajadoras del hogar migrantes se convierten en “eslabones débiles” en la cadena de contagio, ya que no siempre pueden atender las recomendaciones de salud y prevención porque tienen que salir a trabajar para preservar sus medios de subsistencia o cumplir con requisitos administrativos de su situación migratoria.
Frente a este contexto, la oficina de Naciones Unidas propuso a los países que, para el caso de las trabajadoras migrantes, tomen medidas para garantizar que ellas cuenten con la información necesaria acerca de la COVID-19, los riesgos y medios de prevención; se acuerden las medidas más convenientes para todas las partes en la relación laboral; y se asegure su salario completo y a tiempo durante el periodo necesario, asistan o no a su lugar de trabajo.
En el caso de las migrantes y refugiadas en general, ONU Mujeres recomendó ofrecer información oficial y fiable acerca de la COVID-19 y las medidas de prevención, así como datos de organizaciones especializadas en la atención a niñas y mujeres refugiadas y migrantes; asegurar canales de comunicación confiables y confidenciales, y que los mensajes y recomendaciones de prevención y mitigación lleguen a niñas y mujeres migrantes y refugiadas.
También recomendó que las personas migrantes y refugiadas reciban atención médica, incluyendo los servicios de salud sexual y reproductiva, independientemente de su nacionalidad y estatus migratorio, así como a albergues de la sociedad civil con alimentación e insumos de higiene en línea con las recomendaciones de OMS y el OPS.
Además, propuso apoyar a refugios seguros para mujeres y niñas sobrevivientes de violencia sexual y basada en género y sus familias, muchos de los cuales reciben a mujeres migrantes y refugiadas, garantizando que tengan insumos alimentarios y de higiene y que puedan estar en operación en todas las etapas de la contingencia.
ONU Mujeres pidió reforzar los sistemas y servicios de agua, saneamiento e higiene de estas instalaciones; ofrecer información a las mujeres migrantes y refugiadas acerca de la violencia en los hogares o espacios de alojamiento, guías para su prevención, así como poner a su disposición números de contacto de instituciones y autoridades que atienden casos.
Y pidió asegurar – tanto a nivel federal como estatal – que los equipos de respuesta a la COVID-19 consideren servicios de respuesta a violencia basada en género para personas solicitantes, refugiadas y migrantes en la contingencia. En particular, asegurar que existan mecanismos de apoyo psicosocial y contención a distancia (líneas telefónicas, etc), así como la adecuada operación de las líneas de atención telefónica y de los refugios y centros de atención y protección de las mujeres.
20/AJSE/LGL

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