6/08/2011

Minuta de Seguridad Nacional, sin visión de DH


“Se debe controlar a Fuerzas Armadas”: Lorenzo Córdova


Por Anayeli García Martínez

México, DF, 7 jun 11 (CIMAC).- La minuta de la Ley de Seguridad Nacional que se analiza en la Cámara de Diputados carece de una visión de Derechos Humanos (DH) y de una perspectiva de género, ya que sólo responde a la militarización del país y no incluye controles hacia las fuerzas armadas, afirmó el académico Lorenzo Córdova Vianello.

En entrevista con esta agencia al término de su participación en la primera de cuatro audiencias públicas que organizan las Comisiones de Gobernación y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados sobre las reformas a la Ley de Seguridad Nacional, el especialista en temas constitucionales señaló que la actual redacción de la minuta es ambigua, poco clara y contradictoria.

Al externar algunas de sus preocupaciones, el también integrante del Instituto de Estudios para la Transición Democrática, explicó que estas reformas obedecen al actual contexto de militarización de la seguridad pública y consideró necesario implementar controles sobre la actuación de las Fuerzas Armadas para garantizar la vigencia de los DH.

Afirmó que en esta revisión del marco normativo en materia de seguridad se debe incluir la perspectiva de DH y de género. Sostuvo que estos temas deberían estar presentes pero “en los hechos no existen, por eso son pertinentes todas las políticas públicas y mecanismos jurídicos que caminan en este sentido (la equidad de género y los DH)”.

Córdova Vianello afirmó que entre las modificaciones que las y los legisladores deben hacer a esta minuta está la obligación de reformar el fuero militar, porque –advirtió– es una figura contradictoria con el artículo 13 constitucional que señala que “nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales”, en este caso por los tribunales castrenses.

Recordó que México cuenta con cuatro condenas por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en torno al fuero militar: la desaparición forzada del líder social Rosendo Radilla en 1974; la tortura de los ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera en 1999, y las violaciones sexuales contra las indígenas Inés Fernández y Valentina Rosendo en 2002.

Pese a estas sentencias internacionales el Estado mexicano no ha reformado el fuero militar y por el contrario, en México se sigue cuestionando la competencia de la CoIDH y el carácter vinculatorio del Pacto de San José (Convención Americana), como lo hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2010 cuando analizó si este órgano debía cumplir con la sentencia del caso Rosendo Radilla.

Lorenzo Córdova señaló que hay países que responden a estas sentencias favorablemente como sucedió con Chile en febrero de 2001 cuando al CoIDH lo condenó por violar el derecho a la libertad de expresión y la libertad de conciencia y religión, por lo cual fue sentenciado a adoptar normas internas en su Constitución.

Además, aclaró, “esto no es una cuestión que tenga que ver con una actitud critica frente el Ejército u opuesta al Ejército. Al contrario soy el primero en sostener que una tarea urgente es blindarlos frente al descrédito que puede traer consigo la opacidad y el abuso en las funciones de seguridad pública. A nadie le conviene un Ejército desacreditado”.

Mencionó que hay un descrédito de los órganos civiles de impartición de justicia pero el problema no se va a resolver creando fueros especiales, sino atendiendo el problema de la justicia en su conjunto, del cual el fuero militar es parte.

Por ello, hizo un llamado para que en esta minuta –que se discute en San Lázaro y aborda la estrategia gubernamental de combate al crimen organizado– se plasmen controles constitucionales y se dejen de lado figuras ambiguas como la de “afectación a la seguridad interior” así como incorporar parámetros que garanticen los DH de todas y todos.


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