Senadora pide que estados revisen legislación
La Comisión Permanente del Congreso de la Unión podría dar marcha atrás a
la petición que hizo en febrero pasado cuando exhortó a los Congresos
estatales a legislar el Síndrome de Alienación Parental (SAP) y ahora
demandará que se revise si la figura jurídica está apegada al interés
superior de la infancia.
Luego de que el 1 de agosto la Asamblea Legislativa de la Ciudad de
México derogó el Artículo 323 séptimus del Código Civil local sobre
Alienación Parental, la senadora por el Partido de la Revolución
Democrática (PRD), Angélica de la Peña Gómez, propuso a la Comisión
Permanente revisar este concepto.
En la sesión del 16 de agosto la senadora presentó un punto de acuerdo
para exhortar a los Congresos estatales que incorporaron el SAP a
revisar si es compatible con los derechos de niñas, niños y adolescentes
y pedir a la Suprema Corte Justicia de la Nación que resuelva la Acción
de Inconstitucionalidad que impugna la Alienación en Michoacán y
Oaxaca.
En febrero pasado el Senado llamó a las legislaturas locales a
incorporar este concepto en sus Códigos Civiles o Familiares a fin de
proteger el interés superior de la infancia como lo propuso la Comisión
de Familia y Desarrollo Humano; sin embargo podría recular luego de que
agrupaciones civiles han expuesto que es una figura discriminatoria.
Desde hace varios años organizaciones defensoras de los derechos de la
infancia y las mujeres han señalado las inconsistencias de un término
que carece de validez científica y sustento jurídico pero lograron
evidenciar las consecuencias del SAP tras el presunto suicidio de Mireya Agraz Cortés y sus tres hijos menores de edad.
Las organizaciones, integradas en el Colectivo Justicia y Género,
documentaron el caso de Mireya, mujer que denunció que una de sus dos
hijas y su hijo fueron víctimas de abuso sexual por parte de su
expareja; pese a las evidencias una jueza concluyó que los niños mentían
porque eran víctimas de Alienación Parental y otorgó la custodia al
presunto agresor.
Después de conocer la resolución, al parecer Mireya decidió quitarse la
vida junto con su hijo, sus gemelas y sus padres (su madre sobrevivió)
el pasado 7 de junio.
La propuesta de la senadora De la Peña también se debe a la derogación
de la Alienación Parental en el Código Civil de la capital, donde la
Asamblea Legislativa argumentó que para “diagnosticar” este supuesto
síndrome se utilizan los mismos indicadores utilizados para detectar la
violencia o abuso sexual por lo que confunde ambos hechos.
Además, expone el punto de acuerdo, el SAP carece de consenso en la
comunidad psiquiátrica, se relaciona con la violencia de género porque
se hace creer que las mujeres aleccionan a las niñas y niños para
mentir; afecta la convivencia de hijas e hijos con sus madres o padres y
afecta la patria potestad de los menores de edad.
Con estas consideraciones, la senadora y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, pidió que se exhorte a los Congresos
de Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango,
Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca,
Querétaro, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán, a revisar la figura en sus
legislaciones civiles o penales.
La propuesta, que se envió a la Segunda Comisión de la Permanente para
su debate, también pide solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la
Nación resolver las Acciones de Inconstitucionalidad sobre SAP
interpuestas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la
Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca en los estados
de Michoacán y Oaxaca.
El 19 de diciembre del año pasado la CNDH interpuso una Acción de
Inconstitucionalidad contra el Congreso del estado de Michoacán y el
gobernador estatal por la reforma al Artículo 178 del Código Penal local
que dice que “se considerara como violencia familiar la alienación
parental demostrada, respecto de sus hijos o adoptados”, decreto
publicado el día 18 de noviembre de 2016.
Asimismo, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca
interpuso una Acción de Inconstitucionalidad ante la SCJN por la reforma
al Artículo 336 Bis B del Código Civil de Oaxaca que dice que “comete
violencia familiar en la forma de alienación parental el integrante de
la familia que transforma la conciencia de un menor con el objeto de
impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus
progenitores”.
En caso de que el punto de acuerdo sea aprobado, la Comisión Permanente
también exhortará al Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México a
revisar las actuaciones y determinaciones de las Juezas Décimo y Décimo
Primera de lo Familiar en el caso de Mireya Agraz Cortés.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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