Corte aprueba resolución, ONU mujeres expresa preocupación
ONU
Mujeres manifestó su preocupación por la reciente resolución de la
Corte de Constitucionalidad (CC), que permite la reducción de sentencias
en casos de femicidio/feminicidio en Guatemala, lo cual consideró, pone
en riesgo la vida e integridad de las mujeres sobrevivientes de
violencia, así como su derecho a la justicia efectiva y plena.
El miércoles 27 de junio, la máxima corte declaró inconstitucional la
frase “y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún
motivo” incluida en el artículo 6 de la Ley contra el Femicidio y otras
Formas de Violencia contra la Mujer.
Tomando en cuenta la particularidad de los casos de
femicidio/feminicidio, señaló ONU Mujeres, el dictamen de la corte
coloca aún en mayor vulnerabilidad a las víctimas colaterales,
familiares, hijos e hijas, debido a que eleva el riesgo de venganza y
represalias por parte del condenado.
Hacemos un llamado al Estado de Guatemala a considerar en todas sus
decisiones jurisdiccionales y administrativas, el pleno reconocimiento
de los Derechos Humanos de las mujeres, con el fin de que se mantenga el
compromiso de garantizar una vida libre de violencia para todas las
mujeres, niñas y adolescentes, añadió.
El organismo recordó que Guatemala es pionera en leyes en contra de
la violencia de género, como lo evidencia la Ley contra el Femicidio y
otras Formas de Violencia contra la Mujer; la Ley para Prevenir,
Erradicar y Sancionar la Violencia Intrafamiliar; y la Ley contra la
Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, normativas aprobadas
en concordancia con los compromisos internacionales suscritos en materia
de derechos humanos.
Fundación Sobrevivientes manifestó también su rechazo a la decisión
de la corte y dijo que ésta representa un retroceso en los avances
alcanzados al respecto de los derechos de las mujeres; consideró además
que viola la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujeres (CEDAW) y especialmente la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
la Mujer (Belem do Pará), aprobadas por Guatemala.
La sentencia hace un análisis de los artículos 4 y 19
constitucionales, sobre la libertad e igualdad de derechos y sobre la
naturaleza jurídica de la pena sobre la readaptación y reeducación
social del recluso, sin tomar en cuenta las convenciones que forman
parte del bloque constitucional, donde el Estado se comprometió adoptar
por todos los medios, políticas y acciones positivas apropiadas para
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, enfatizó la
Fundación.
Recordó además que la Convención Belem do Pará en su artículo 13
establece que “nada de lo dispuesto en ella puede ser interpretado como
restricción o limitación a la legislación interna de los Estados parte
que provea iguales o mayores restricciones y garantías de los derechos
de las mujeres y salvaguardias adecuadas para prevenir y erradicar la
violencia contra la mujer”.
La resolución muestra lo irrelevante que representa para la CC hacer
un análisis de las relaciones desiguales de poder, el machismo, el
sexismo y las muertes violentas de mujeres por su condición de género,
aseguró la Fundación, que acudirá a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) para evitar que los derechos de las mujeres sean
vulnerados.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias/Cerigua | Guatemala, Gua .
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