Ciudad de México. De nada sirve que México tenga una
legislación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia política
en razón de género, vigente desde abril de 2020, si los organismos y
tribunales electorales no aplican el nuevo paradigma en sus
resoluciones, coincidieron expertas.
Así lo señalaron al
participar en un encuentro virtual para analizar la sentencia del juicio
11/2020, emitida el pasado 29 de julio por el Tribunal Electoral del
Estado de Durango (TEED), donde se determinó no sancionar a un diputado
local que se expresó de forma violenta contra una de sus compañeras
legisladoras.
Convocadas por la “Red Nacional de Consejeras y
Consejeros Electorales por una Democracia Incluyente” y la “Asociación
Mexicana de Consejeras Estatales Electorales”, las expertas y consejeras
Adriana Favela Herrera, Georgina Ávila Silva, Gloria García Cuadras y
el magistrado Francisco Javier González Pérez llamaron a las autoridades
a cambiar su visión a la hora de emitir sus decisiones.
La
sentencia analizada se refiere a lo ocurrido el pasado 2 de junio,
cuando durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de
Durango, el diputado panista José Antonio Ochoa Rodríguez le entregó a
la legisladora de Morena, Sandra Lilia Amaya Rosales, una charola de
huevos con la leyenda “para que sostengas tu palabra”.
Al
respecto, la consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Adriana
Favela Herrera expuso que el caso de Durango sienta precedentes para el
resto de las entidades. Expuso que en los congresos de Puebla, Morelos y
en la Cámara de Diputados se han presentado casos similares de
agresiones cometidas por diputados en contra de sus colegas
legisladoras.
En Puebla, el pasado 4 de junio el diputado Héctor
Alonso Granados agredió a Nora Merino al decir: “Ya estuvo bueno que
estas niñitas me interrumpan, y ya les había dicho que eso les pasaba (…
) las mujeres deberían pensar antes de abrir las piernas”. Ante la
denuncia de la legisladora el organismo público local electoral concedió
medidas cautelares para que el legislador se abstenga de realizar
expresiones similares. Actualmente el juicio está en impugnación ante el
Tribunal Electoral local.
En el Congreso de Morelos, donde las
mujeres son mayoría, el 11 de octubre de 2019 el diputado José Casas
González dijo: “La Constitución que nos rige habla de diputados, no
habla de mujeres (…) Y lamentablemente (son) usadas, usadas si, por el
tema de género porque sus maridos no pudieron ser diputados y las
pusieron a ustedes para cubrir esa cuota de poder y hoy vienen a
destrozar a este estado (…) Es lo malo de sacar a las personas de la
cocina y darles una curul”.
En este caso la diputada Tania
Valentina Rodríguez Ruiz presentó un juicio ante el Tribunal local por
tratarse de violencia política de género pero el 21 de octubre de 2019
la instancia se declaró incompetente por considerar que las expresiones
no estaban en la materia electoral.
También en octubre de 2019
el diputado federal José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña se dirigió a
la diputada Adriana Dávila Fernández: “Me comentan que hay una diputada,
que fue senadora, y está involucrada en este tema y es más bocona que
la chingada. No sé si sea cierto o no, pero en Tlaxcala siguen los
problemas y son elementos para ponerle una chinga la próxima vez que
abra la boca”.
Con este contexto, la consejera aseguró que el
caso de Durango es emblemático de lo que no debería de suceder al
resolver una denuncia por expresiones que constituyen violencia política
de género, porque la autoridad jurisdiccional no resolvió con
perspectiva de género.
Al respecto, el magistrado Francisco
Javier González Pérez, quien votó en contra de la resolución del juicio
11/2020, explicó que la reforma en materia de violencia política de
género, publicada el pasado 13 de abril en el Diario Oficial de la
Federación, tuvo su origen en casos que no eran resueltos porque las
autoridades no tenían competencia. Hoy, expuso, los organismos
administrativos pueden analizar estos casos y cambiar de paradigma.
El
magistrado expuso que la reforma será inútil si en los tribunales se
siguen criterios anteriores a los cambios normativos, en particular en
casos de la violencia que se da en el contexto parlamentario. Aseguró
que los organismos locales deben coadyuvar a la erradicación de esta
violencia.
La consejera electoral en el estado de Chihuahua,
Georgina Ávila Silva, consideró que en el caso de Durango los
magistrados locales aseguraron que el derecho parlamentario impide que
un instituto electoral sancione a un legislador cuando se trata de
expresiones violentas, por ello se preguntó qué sucedería cuando se
denuncien otro tipo de agresiones como amenazas.
A su vez la
consejera electoral en el estado de Sinaloa, Gloria García Cuadras,
aseguró que el actual marco jurídico plantea un nuevo paradigma y nuevas
reglas de análisis así como facultades para que los institutos
electorales estudien y resuelven este tipo de conductas.
Las expertas coincidieron en que los diputados locales o federales no
debería tener el poder de insultar a las mujeres, denigrarlas, dejarlas
en ridículo y alegar que no se les puede pedir que se abstengan porque,
de hacerlo, las autoridades violan el derecho parlamentario. También
llamaron a los organismos electorales a cambiar el paradigma
de sus decisiones e incluir la perspectiva de género para garantizar la
participación política de las mujeres libres de violencia.
20/AGM/LGL
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