3/16/2011

Cárcel a quien publique anuncios relacionados con comercio sexual


Aprueban diputados reformas a la ley para prevenir y sancionar la trata de personas

Se busca frenar esa publicidad en diarios, revistas y televisoras, explican legisladores

Roberto Garduño y Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de marzo de 2011, p. 11

Los propietarios de periódicos, revistas y medios de comunicación electrónica que publiquen anuncios relacionados con la explotación y el comercio sexual purgarán condenas de cárcel sin derecho a fianza.

La reforma a la ley para prevenir y sancionar la trata de personas prevé penas de 27 años de cárcel para los responsables de la contratación de anuncios sexuales. Por mayoría de 401 votos y seis abstenciones, el pleno camaral coincidió en establecer un freno a la publicidad que se difunde incluso en diarios de circulación nacional y en las principales televisoras, donde se pretende contratar a víctimas potenciales del comercio sexual.

El texto de la reforma criminaliza a toda persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como quien publique anuncios que se encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas. Quien lo haga será sancionado, agrega, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada ley.

Ese postulado advierte que se sancionará con seis a 12 años de prisión al responsable del delito. La pena se incrementará de nueve a 18 años si la víctima es menor de edad, y el castigo crecerá a 27 años si es familiar de la persona dañada, si ésta es indígena o quien promueve el comercio sexual es funcionario público.

Alfonso Navarrete Prida (PRI), presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, refirió que la modificación legal pretende frenar la publicidad engañosa en medios impresos o electrónicos que busca contratar a víctimas potenciales del comercio sexual.

También se propone que la comisión intersecretarial prevista en la ley tenga como nueva facultad monitorear y vigilar que los anuncios que se publiquen por cualquier medio no contravengan lo dispuesto en la misma y con ello frenar la trata de personas.

Por el contrario, Gerardo Fernández Noroña (PT) se abstuvo de votar con el argumento de que la reforma puede criminalizar las libertades de expresión y de imprenta, así como vulnerar el principio de proporcionalidad para los delitos y penas que establece el artículo 22 de la Constitución.

También el pleno camaral avaló el dictamen que reforma el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para elegir un encargado de despacho de la presidencia de la CNDH, en caso de que haya concluido el periodo del titular saliente y no se haya designado al nuevo.

La adición de los párrafos tercero, cuarto y quinto al artículo 10, pretende establecer un nuevo régimen jurídico para la suplencia del presidente de la CNDH y fijar un plazo específico para la designación del nuevo titular por el Senado de la República.

Se marca un plazo perentorio de 90 días, contados a partir de la conclusión del periodo para el que fue designado el titular saliente, para que se designe al nuevo ombudsman.

La réplica correspondió a Porfirio Muñoz Ledo (PT), presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, porque los cambios son salidas laterales que no solamente están equivocadas, sino que son peligrosas. Cuando no se nombre a tiempo al presidente de la CNDH habrá una suplencia sucesiva; es avalar, es cohonestar el cumplimiento de deberes constitucionales.

En seguida sugirió generar un cambio en el sistema del nombramiento: Se acatan los Principios de París para la formación y designación de los órganos públicos responsables de la promoción de los derechos humanos, que consiste en que organizaciones no gubernamentales, academia y judicatura, creen el consejo directivo para que nombren a su presidente.

Jaime Cárdenas (PT) también se manifestó en contra porque es indebido el actual sistema de designación del presidente de la CNDH. Esas designaciones debieran ser producto de una elección democrática de los ciudadanos. El titular de este órgano debería ser elegido por el voto directo, secreto y universal de los ciudadanos y no bajo el sistema de cuotas. Tenemos que arbitrar un tribunal constitucional para que a falta de la elección o de la designación de estos titulares de los órganos constitucionales autónomos, elija o designe al funcionario respectivo.

En tanto, la mesa directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público la iniciativa fiscal que presentó el PRI en el Senado de la República, a iniciativa de Manlio Fabio Beltrones, con objeto de generalizar el IVA y disminuirlo de 16 a 13 por ciento, y reducir gradualmente el ISR para ubicarlo en 25 por ciento para personas morales con actividad empresarial.

La iniciativa modifica disposiciones de las leyes del impuesto sobre la renta, del impuesto al valor agregado y federal de derechos, así como del Código Fiscal de la Federación. Pretende abrogar el impuesto empresarial a tasa única y trasladar parcialmente sus efectos de control al ISR; busca impulsar una tasa cero para la canasta básica alimentaria, lo cual –asegura– protegerá a la población de menores ingresos y a las clases medias.

Por otra parte, el pleno de la Cámara de Diputados guardó un minuto de silencio en memoria de los niños y niñas víctimas de la tragedia ocurrida en la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, y repitió el procedimiento en honor a las víctimas del terremoto y posterior tsunami en Japón.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario