5/19/2011

Ordenan “sin excusa” aplicación de NOM 046 en Michoacán

Sector salud denunciará casos de niñas embarazadas



Por Martha Elba Torres Martínez, corresponsal

Morelia, 18 may 11 (CIMAC).- La Secretaría de Salud del estado de Michoacán ordenó que en todos los casos de niñas y adolescentes atendidas por estar embarazadas en hospitales y clínicas públicas de la entidad, se entreviste a las menores de edad para determinar si son víctimas de violación sexual y proceder a denunciar ante las autoridades judiciales.

"Sin excusa ni pretexto, todas las unidades de salud darán aviso, como lo señala la NOM 046, a la autoridad competente –el Ministerio Público– para que investigue y determine si existe o no, la comisión de un delito sexual en toda menor que nos llegue", remarcó en entrevista el secretario de Salud estatal, Román Armando Luna Escalante.

El funcionario consideró como "alarmante" que de 2008 a la fecha 69 niñas de 12 años y 380 de menos de 15 hayan sido atendidas de parto en hospitales y clínicas de la Secretaría de Salud del estado.

El pasado 6 de mayo, Luna Escalante giró el oficio-circular 23926 "Relacionado a la Detección y Notificación de Violencia Familiar" a los 22 hospitales públicos de Michoacán para que se determine, a través de una entrevista confidencial, si el embarazo en niñas y adolescentes que sean atendidas es producto de una violación.

"Si el embarazo es producto de violencia sexual, (la autoridad sanitaria) deberá con pleno respeto a los criterios de la NOM 046 SSA2-2005 (Violencia familiar sexual y contra las mujeres), realizar la notificación correspondiente y al Ministerio Público y a la instancia de procuración de justicia que corresponda, mediante el formato de aviso al MP", se establece en la circular.

El secretario Román Armando Luna precisó: "No omito mencionar que se deberá informar a esta secretaría los casos detectados y notificados en los tiempos establecidos de acuerdo con el sistema de información".

NORMA OBLIGATORIA

La Norma Oficial Mexicana (NOM) 046, fue actualizada en 2008 y publicada con varios meses de retraso en el Diario Oficial de la Federación en 2009; su importancia radica en que amplía la violencia al sacarla del ámbito familiar al sexual y al establecer la obligatoriedad de los prestadores de los servicios de salud para realizar interrupciones legales del embarazo por violación y la Anticoncepción de Emergencia, además de incorporar por vez primera, la reparación del daño a las víctimas de violencia sexual.

Con esta normatividad, el Estado mexicano dio cumplimiento a los compromisos internacionales en materia de la eliminación de todas las formas de violencia contra la población femenina y al compromiso surgido por el caso Paulina, la menor de edad violada en Baja California a quien se le negó su derecho a interrumpir el embarazo producto de la violación.

La NOM 046 es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud (sectores público y privado) y su incumplimiento da origen a sanción penal, civil o administrativa a las y los prestadores de los servicios.

SE DISPARA EL EMBARAZO EN ADOLESCENTES

El 7 de junio de 2010, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género del Congreso de Michoacán, Gabriela Desiree Molina Aguilar, ya había denunciado el aumento de la violencia sexual en el seno familiar en contra de niñas y adolescentes en el estado.

En un punto de acuerdo presentado ante el pleno, la diputada por el PRD aportó cifras de la propia Secretaría de Salud estatal sobre el incremento de los embarazos en adolescentes.

Molina Aguilar dijo que en 2005 se reportaron 9 mil 340 casos; en 2006, 9 mil 435; en 2007 la cifra bajó a 8 mil 919, pero en 2008 se volvió a disparar con 10 mil 881, y para 2009 se registraron 13 mil 113 casos.

Lo más grave, apuntó la legisladora, es el número de embarazos que se registran en el grupo de población de 10 a 14 años, pues tan sólo en un lustro se duplicó.

Precisó que en el 2005 se atendieron a 567 niñas y en 2006, 542. Pero para 2007 la cifra se elevó a 782; en 2008 hubo tres casos más y en 2009 ya eran mil 58 embarazos en ese grupo etáreo. "Por lo menos de lo que se tiene conocimiento, porque de seguro hay casos en que no son atendidos en el sector salud y que quedan en familia", observó.

"Estas cifras nos llevan a pensar que estos embarazos no necesariamente son producto del consentimiento de las niñas. Más bien podríamos inferir que muchos son producto de la violencia sexual, así como de la falta de acceso a los servicios de salud reproductiva y a la escasa información y educación sexual", criticó Gabriela Desiree Molina.

De acuerdo con datos de la Procuraduría de Justicia de Michoacán, en 2009 sólo se integraron dos averiguaciones previas por violación sexual contra niñas en el seno familiar, mientras que en 2010 y lo que va de 2011 no hay registros de denuncias al respecto.

En ese contexto, la diputada urgió al cumplimiento de la NOM 046 para obligar a las instituciones de salud a ofrecer la anticoncepción de emergencia, el aborto legal a las mujeres víctimas de violaciones sexuales y a dar aviso al MP y autoridades de procuración de justicia ante la presunción de que el embarazo en una niña o adolescente es producto de violencia sexual.

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