Antonio Gershenson
Vamos a ver en detalle el artículo transitorio 16 de la ley de hidrocarburos, en proceso legislativo. Una serie de
regalosa multimillonarios (claro, mediante agradecimiento a funcionarios) y más aumentos al público, de esos que se juró una y otra vez que no se iban a presentar.
Los funcionarios adecuados podrán repartir, de acuerdo con el texto de ese artículo:
los permisos para tratamiento y refinación de petróleo, el procesamiento de gas natural, el transporte, almacenamiento, distribución, licuefacción, descompresión y expendio al público de hidrocarburos, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos.
¿Algo más que le quede a Pemex? Por lo menos ahí, ni se le menciona.
Pero, a cambio de estos regalitos, al público le quedan los aumentos
de precios. De los que se había jurado y perjurado que no habría.
“I. En materia de precios:
“A) A partir de la entrada en vigor de la presente ley en lo que
resta del año 2014, los precios máximos al público de las gasolinas
Magna y Premium, así como del diésel suministrados por Petróleos
Mexicanos, aumentarán 9, 11 y 11 centavos por mes, respectivamente.
“b) A partir del 1º de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de
2019 –comentamos que es el básicamente el resto del sexenio– los
precios máximos al público se ajustarán mensualmente por la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público de manera consistente con el precio en el
mercado internacional.
La política de precios establecida en este inciso se mantendrá siempre que los precios internacionales de los combustibles permanezcan estables o disminuyan. En caso contrario, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público revisará al alza los incrementos de los precios públicos, de manera consistente con el precio en el mercado internacional(¿no que el año próximo iban a subir los precios más despacito?).
“II. A partir de la entrada en vigor de la presente ley y hasta el
31 de diciembre de 2018, únicamente se podrán otorgar permisos para la
importación de gasolina y diésel, a Petróleos Mexicanos o sus empresas
productivas subsidiarias. A partir del 1º de enero de 2019, los
permisos a que se refiere el párrafo anterior podrán otorgarse a
cualquier interesado que cumpla con las disposiciones jurídicas
aplicables.
“III.
Los permisos para el expendio al público de gasolinas y diésel podrán
ser otorgados por la Comisión Reguladora de Energía a partir del 1º de
enero de 2017. A partir de la misma fecha Petróleos Mexicanos, sus
empresas producidas subsidiarias o sus empresas filiales, no podrán
condicionar el suministro de gasolinas y diésel a la celebración de
contratos de franquicia.
La vigencia de los contratos de suministro con Petróleos Mexicanos que sean suscritos a partir de la entrada en vigor de la presente ley, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2017.
Y aquí termina el
transitorio 16. Las transnacionales no sólo pueden tener la listota del principio, sino que puede tener hasta sus propias gasolineras y otros medios.
Es un artículo de dos lados. En uno estriban los regalos a los
multimillonarios y a las trasnacionales, y en el otro se encuentran el
cobro creciente de gasolina y diésel al público. En otros lados se
aumentan los precios del gas natural y en otras formas, el combustóleo
y la energía eléctrica.
Y este es sólo un artículo del paquete que el gobierno envió al Congreso, y que ya quiere verlo aprobado a la brevedad.
Si se aprueba la legislación, apoyada por el gobierno y el PRI, será
un premio para las trasnacionales, o para un grupo selecto de ellas, y
para multimillonarios, o un grupo selecto de los mismos.
No dejará de haber funcionarios que digan que los precios van a
bajar; en el gobierno no faltan. Si alguien les cree, después de haber
leído esto, allá él.
¿De dónde se podría sacar el dinero para no estar aumentando precios
a gasolina, gas, etcétera? Tal vez reduciendo el monto de los
regalitosa los multimillonarios.
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