Jorge Carrasco Araizaga
MÉXICO, D.F. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) estableció que las muertes violentas de mujeres deben ser
investigadas con perspectiva de género y sin discriminación.
En una decisión sin precedentes, la Primera Sala del máximo tribunal
concedió un amparo a Irinea Buendía para que la Procuraduría General de
Justicia del Estado de México (PGJEM) rehaga la investigación sobre el
asesinato de su hija, Mariana Lima Buendía, como un probable
feminicidio.
Abogada de 29 años, Mariana Lima apareció muerta en su casa de
Chimalhuacán, en 2010. Desde entonces, los familiares de la víctima
responsabilizan a su esposo, Julio César Hernández Ballinas, un agente
policial de la propia PGJEM.
El Ministerio Público mexiquense investigó el caso como un supuesto
suicidio, pues el esposo declaró que la encontró muerta en su cama.
De acuerdo con la madre, Mariana Lima apareció muerta después de que decidiera denunciar penalmente a su esposo por violencia.
A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Sala
decidió por unanimidad no sólo conceder el amparo a Irinea Buendía, de
62 años, sino que pidió que se establezcan responsabilidades a los
funcionarios públicos encargados de haber desviado la investigación.
Sin dejar lugar a dudas, los ministros establecieron que en la
investigación hubo “irregularidades, falencias, omisiones y
obstrucciones a la justicia”, lo que ha evitado que se sepa la verdad.
Los ministros determinaron que el Ministerio Público mexiquense debe
“completar” la investigación “de manera oportuna, inmediata, seria e
imparcial”, desde la perspectiva de género, y remueva todos los
obstáculos de la anterior averiguación previa.
De acuerdo con el criterio establecido por la Corte, las autoridades
administrativas deben investigar toda muerte violenta de una mujer con
perspectiva de género, siguiendo los estándares internacionales,
nacionales y locales, para determinar si se trata o no de un
feminicidio.
Precisó que se deben preservar evidencias específicas para determinar
si hubo violencia sexual y si la víctima vivía bajo un contexto de
violencia. Asimismo, estableció que se debe investigar de oficio las
posibles connotaciones discriminatorias por razón de género.
La inacción y la indiferencia estatal ante las denuncias de género
reproducen la violencia que se pretende atacar e implica una
discriminación en el derecho a la justicia, señalaron.
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