3/10/2014

Clara Tapia, otra víctima del sistema judicial que sigue presa


NACIONAL

   Al igual que a Yakiri, a la mujer se le estigmatizó

Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 


En esta capital el caso de Yakiri Rubí Rubio Aupart no es el único en el que las autoridades judiciales desestiman el dicho de una mujer ante casos de violencia de género, pues hay otros como el de Clara Tapia Herrera, quien a pesar de afirmar que fue víctima de violencia intrafamiliar, hoy está presa por el presunto delito de corrupción de menores contra sus tres hijos.

Yakiri denunció ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) que fue violada sexualmente, pero terminó acusada de homicidio en “exceso de legítima defensa”, mientras que Clara denunció el secuestro y la violación de sus dos hijas y las agresiones a su hijo, pero terminó criminalizada por no haberlos protegido y ser una “mala madre”.

Yakiri y Clara son dos casos de mujeres víctimas de violencia que coincidieron, sin saberlo, en el Centro de Readaptación Femenil de Tepepan. Sin embargo, la diferencia es que Yakiri obtuvo su libertad bajo caución, mientras que Clara lleva casi tres años presa en espera de que acabe la etapa de aportación de pruebas, lo cual se prevé ocurra este mes.

El 6 de septiembre de 2011 la PGJDF presentó a Clara como cómplice de Jorge Antonio Iniestra Salas, conocido como “El Monstruo de Iztapalapa”, acusado de secuestro, homicidio, lesiones, corrupción de menores, violencia intrafamiliar, y señalado como responsable de violar por cerca de siete años a sus hijastras Gabriela y Rebeca.      

En ese lapso Iniestra golpeó a Ricardo (el otro hijo de Clara), y secuestró y violó a Gabriela y Rebeca; a ésta última la asesinó en 2009 junto con su hija producto de la violación.

Aunque Clara denunció los hechos ante la PGJDF, la autoridad la desestimó como víctima y por el contrario la acusó de “corrupción de menores”.

Desde entonces ella es enjuiciada porque según la PGJDF, permitió que sus hijas fueran violadas. No obstante, Clara siempre ha declarado que desconocía los hechos ya que el agresor la alejó de sus hijas.

Como Yakiri, Clara también afronta una doble condición jurídica como presunta víctima de violencia intrafamiliar y presunta culpable.

De acuerdo con los argumentos jurídicos elaborados por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para el caso de Yakiri, en hechos de violencia contra las mujeres la debida diligencia es un fundamento para el acceso a la justicia.

Según este análisis, entre los principios que deben regir en una investigación está la no revictimización de una mujer, es decir, evitar toda acción u omisión del sistema judicial que dañe en sus derechos fundamentales y en su dignidad humana a las personas involucradas en una investigación penal.

Asimismo, según el mismo documento, en una investigación de este tipo debe imperar el principio de independencia e imparcialidad, lo que significa que la indagatoria debe realizarse sin estereotipos de género y concepciones morales personales, que puedan modificar su alcance y resultado.

Sin embargo, en el caso de Clara en todo momento el sistema judicial ha ponderado su rol de madre y ha incurrido en estereotipos respecto a la familia.

Actualmente el caso permanece en el Juzgado 64 Penal, a cargo de Casiano Carlos Morales García, quien realizó la más reciente audiencia el pasado 10 de febrero, cuando se presentaron dos peritos de la PGJDF para aportar pruebas en materia psicológica, y señalar que Clara “no desarrolló las conductas que una madre debe tener con sus hijos: cuidar, proteger, tranquilizar, mostrar afecto y transmitir los valores y la cultura”.

Debido a que en los peritajes de la Procuraduría hubo contradicciones, el juez pidió que se hiciera un tercero que podría realizarse este mes.

La Asociación Nacional de Abogados Democráticos, que defiende a Clara, intentó que ella quedara en libertad argumentando que el único sustento del delito –las acusaciones en su contra que en un primer momento hizo su hija Gabriela– se desvanecieron luego de que tras recibir terapia psicológica la joven comprendió que su madre fue víctima y no cómplice.

Con estos argumentos, en febrero de 2013 los abogados de la ANAD presentaron un “incidente de desvanecimiento de datos” al Juzgado 64 Penal, quien lo desechó. Ante ello, la defensa se inconformó ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF).

No obstante, en agosto de 2013 los magistrados Irma Guadalupe García Mendoza, Rosalinda Sánchez Campos y José Guadalupe Carrera Domínguez, de la Octava Sala del TSJDF, confirmaron la decisión del juez.

De acuerdo con el tribunal, Clara no podía quedar en libertad, ya que el Juez 64 Penal es la autoridad encargada de valorar las pruebas y dictar sentencia de absolución o de condena contra la mujer.
 

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