3/12/2014

Tras maratón de “errores”, feminicidio queda como delito grave


ESTADOS
   Congreso sonorense enmienda mala tipificación

Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- 


Tras años de exigencia ciudadana para crear un tipo penal adecuado de feminicidio y ante el reciente llamado de la Red Feminista Sonorense para que se declare la Alerta de Violencia de Género (AVG) en la entidad, finalmente el Congreso local enmendó hoy el “error” que estipuló a este flagelo como un “delito no grave”.

En sesión extraordinaria, el pleno del Congreso local aprobó la reforma al artículo 187 del Código de Procedimientos Penales de Sonora (que enlista los tipos considerados graves), y con ello definió que el feminicidio –tipificado apenas en noviembre de 2013– sea considerado como delito grave.

Así, las y los diputados locales –que aún tienen pendiente la creación y aprobación de un protocolo de investigación de los asesinatos de mujeres– corrigieron “el error” cometido por el gobernador Guillermo Padrés Elías, al publicar de manera equivocada en el Boletín Oficial del Estado el tipo penal de feminicidio.

En noviembre de 2013 –tras dos años de exigencia ciudadana y reiterados llamados del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) para crear un tipo penal adecuado–, el Congreso local aprobó por unanimidad la tipificación de este delito aunque sin incluir la causal de dolo, y estableció penas de hasta 60 años de prisión.

En un primer momento –durante la sesión del 12 de noviembre de 2013– se avaló un dictamen que definía al feminicidio como un “homicidio doloso por medio del cual se priva de la vida a una mujer por razones de género”, lo que había sido previamente impugnado por grupos civiles que consideraban que esa clasificación limitaría el acceso a la justicia de las víctimas, al tener que comprobarse el dolo para acreditar el crimen.

Luego en la misma sesión se presentaron reservas al artículo 263 Bis 1, que enmendaban la definición considerada como “errónea” por las activistas contra la violencia de género.

Finalmente se modificó –mediante el decreto 64– el Código Penal local para establecer que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”, y se mantuvieron las penas por hasta 60 años de cárcel.

Ese mismo 12 de noviembre se discutió un dictamen distinto y las y los diputados locales aprobaron el decreto 62 para modificar el artículo 187 del Código de Procedimientos Penales, e incluir como delito grave el robo de escuelas y no al feminicidio como ya estaba previsto.

Al publicarse en la primera edición del Boletín Oficial del Estado (24 de noviembre de 2013) el decreto 64 que estipulaba como grave al feminicidio, y luego promulgarse en la segunda edición de ese mismo día el decreto 62 –que enlistaba los delitos graves sin incluir al feminicidio–, automáticamente (por razones de técnica legislativa) se anuló que el crimen fuera considerado grave.

Ante ello, diputados locales presentaron en febrero pasado una iniciativa para corregir tal publicación. La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El proyecto fue discutido y finalmente aprobado hoy, y para “no cometer más errores” –como sostuvieron legisladores durante la lectura del dictamen– en la reforma ya se enlista a todos los delitos considerados como graves en el estado, incluido el feminicidio.

Cabe recordar que en enero pasado la Red Feminista Sonorense exigió al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres declarar la AVG para la entidad, pues pese a la tipificación del feminicidio tan sólo en el primer mes de 2014 fueron asesinadas 60 mujeres y únicamente se había consignado a un presunto agresor.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario