Refleja resistencia de partidos: consejera del IEEPCO
El
municipio de Santiago Tamazola, en el estado de Oaxaca, puso en
evidencia la violencia política del Partido Revolucionario Institucional
(PRI) para violar el principio de paridad de género y hacer renunciar a
las candidatas electas para que sus lugares sean ocupados por hombres.
Ante la renuncia de la propietaria y suplente
en la presidencia municipal en aquella localidad, Anayeli Huerta y
Yarecxy Sánchez, respectivamente, ambas postuladas por el PRI, el
Cabildo tiene atribuciones, como máxima autoridad municipal, para
acordar quién, del resto de concejales, ocupará el espacio que quede
vacío.
En este caso, el 1 de enero, el cuerpo edilicio, en su mayoría
priísta, acordó que sería Óscar Sánchez (síndico municipal) quien
ascendería a la primera concejalía.
“La gran preocupación es que aunque las autoridades y el marco
normativo obliga a los partidos políticos a registrar de manera
paritaria sus candidaturas para el proceso electoral, un efecto
indeseado de la paridad ha sido la respuesta resistente de los varones a
que las mujeres ocupen puestos de poder, y dicha resistencia tiene
múltiples expresiones”, indicó la consejera del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Nayma
Enríquez Estrada.
La también integrante del Observatorio de la Participación Política
de las Mujeres (OPPM), indicó que aun cuando se infiera simulación y
violencia política de género, en este caso, hasta el momento sabemos que
no hay un derecho reclamado ante las autoridades competentes, y
aparentemente la renuncia no atenta contra el principio de legalidad;
aunque hay suficientes elementos para considerar que la renuncia de
ambas autoridades, la propietaria y la suplente, es producto de un acto
de simulación.
“Es complejo porque una autoridad electa tiene derecho a renunciar,
es decir, no puede obligársele a desempeñar un cargo. Ante el Cabildo,
la renuncia con causa justificada y que debe ser calificada por el
propio Ayuntamiento, es un acto legal. El ciudadano o la ciudadana tiene
derecho a renunciar; el Cabildo toma decisiones, llega a cuerdos, hace
corrimientos y queda con autoridad integrada”, expuso.
El artículo 34 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
señala que “los cargos de presidente municipal, síndicos y regidores del
Ayuntamiento serán obligatorios y sólo podrá renunciarse a ellos por
causa justificada que calificará el propio Ayuntamiento. De todos los
casos conocerá el Congreso del estado, hará la declaratoria que
corresponda y proveerá lo necesario para cubrir la vacante si después de
llamado el suplente, éste no acudiere”.
Mientras tanto el artículo 260 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO) determina que
“En todo caso en la integración de los ayuntamientos se deberá respetar
el orden de prelación en que fueron registrados ante los consejos
respectivos, mismo orden en que aparecen en la constancia de mayoría y
deberá respetarse al momento de la asignación de las regidurías a que se
refiere la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca”.
Enríquez Estrada indicó que para transitar de la igualdad legal
prevista en las leyes, a la igualdad sustantiva, es decir a la que se
palpe en los hechos, “nos falta mucho por hacer, al Estado, autoridades,
ciudadanía, partidos políticos y la sociedad para identificar, y
señalar este tipo de acciones, para contribuir a la erradicación de
prácticas políticas que tienen el objetivo de impedir o simular la
presencia y participación política de las mujeres".
Garantizar el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres,
expuso, no es tarea sencilla ni puede ser atendida en solitario, todas
las medidas necesarias para asegurar que las mujeres participen en
condiciones de igualdad y en contextos libres de violencia deben
derivarse de una política integral, con presupuesto y competencias
específicas, así como de un marco normativo en materia de violencia
política, que no existe en México ni en Oaxaca.
RENUNCIAS DE MUJERES
El 3 de septiembre de 2009 durante la primera sesión de la LXI
Legislatura del Congreso de la Unión de México cuando se presentó por
primera vez el fenómeno popularmente conocido como “Las Juanitas”.
Ante el Congreso se presentaron diez solicitudes de renuncia al cargo
de las cuales ocho eran de mujeres, quienes abandonaban el cargo para
el cual fueron electas para da paso a sus suplentes hombres.
Lo anterior se presentó como una constante en todo el país por lo que
en el 2011 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
estipuló por medio de una resolución un candado para que la candidatura
propietaria y suplente obligatoriamente fueran del mismo sexo, además de
establecer que al menos el 40 por ciento tendrían que ser destinadas
para las mujeres.
Tras el establecimiento de la paridad de género, es decir, asignar 50
por ciento de las candidaturas para hombres y 50 para mujeres,
surgieron nuevas maneras de burlar la ley como ocurrió en Teopoxco en
donde hombres se registraron como candidatas transgénero sin serlo de
manera real.
CIMACFoto: Sonia Gerth
Por: Citlalli López Velázquez, corresponsal
Cimacnoticias | Oaxaca, Oax.-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario