Magdalena Gómez
La
sugerencia de inmunidad para el ex presidente Ernesto Zedillo Ponce de
León (EZP) por el Departamento de Justicia de Estados Unidos
prácticamente cierra un caso plagado de claroscuros ante todo
políticos, pero también jurídicos, si bien aún falta la decisión del
juez Alvin W. Thompson para que se declare el sobreseimiento.
Recordemos que en septiembre de 2011 la firma estadunidense Rafferty
Kobert Tenenholtz Bounds & Hess, de Miami, demandó a EZP por
crímenes de lesa humanidad en nombre de familiares de 10 de las
víctimas de la masacre de Acteal, en un tribunal de Connecticut. Se
optó por la vía civil, exigiendo una muy fuerte sanción pecuniaria por
concepto de reparación del daño.
Los rasgos destacables de este caso fueron que se mantenían en el anonimato las
Obviamente el enfoque no pareció adecuado, pues un crimen de Estado como el de Acteal no cabe en esos márgenes ni el demandado es el único señalado entre los responsables de la masacre. Otro elemento fue que, dos meses antes de la presentación de la demanda, concluyó su informe la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos en la Procuración y Administración de Justicia en el Estado de Chiapas por el caso Acteal y se constituyó en el insumo básico para el despacho de Miami, especialista en ganar indemnizaciones, perdón, juicios civiles.
El informe chiapaneco otorga casi carácter de prueba plena a las declaraciones del ex secretario de Gobernación en ese momento, quien se exculpa señalando a EZP, pues él le informó de la situación prevaleciente en Chiapas
Las Abejas mantuvieron una postura clara y contundente respecto del
juicio civil en Estados Unidos contra EZP. “No queremos que se pierda
en una acusación centrada en una sola persona lo que es un crimen de
Estado y con una política de contrainsurgencia que no se ha acabado.
También vemos la trampa de Chuayffet, que ahora quiere presentarse como
el que avisó a Zedillo de lo que iba a pasar, pero nosotros sabemos que
el mismo Chuayffet nunca quiso hacer caso de las advertencias que le
hizo el Frayba (Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas)
y la diócesis de San Cristóbal… los demandantes deberían dar la cara y
que nosotros no aceptamos cambiar por dinero la sangre de nuestros
mártires ni aliarnos con políticos que tienen otros fines que no son
los del pueblo… Nunca hemos dicho que Zedillo no sea responsable de la
masacre y de la contrainsurgencia que la provocó, y que no debe ser
juzgado” (20/1/12).Los rasgos destacables de este caso fueron que se mantenían en el anonimato las
presuntasvíctimas promoventes (el juez no realizó la confirmación legal de dicho carácter en virtud de que el juicio propiamente no se desarrolló); también se cubrió la identidad de los abogados mexicanos que acudieron al despacho referido para solicitar sus servicios (Proceso, J. Jesús Esquivel, 15/1/12).
Obviamente el enfoque no pareció adecuado, pues un crimen de Estado como el de Acteal no cabe en esos márgenes ni el demandado es el único señalado entre los responsables de la masacre. Otro elemento fue que, dos meses antes de la presentación de la demanda, concluyó su informe la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos en la Procuración y Administración de Justicia en el Estado de Chiapas por el caso Acteal y se constituyó en el insumo básico para el despacho de Miami, especialista en ganar indemnizaciones, perdón, juicios civiles.
El informe chiapaneco otorga casi carácter de prueba plena a las declaraciones del ex secretario de Gobernación en ese momento, quien se exculpa señalando a EZP, pues él le informó de la situación prevaleciente en Chiapas
y no le dio instrucciones, ante lo cual el responsable jurídico de la política interior permaneció en su puesto, pese a que, según él, era desplazado por el secretario particular del hoy ex presidente. Su renuncia sólo se produjo una vez consumada la masacre. Las conclusiones del informe están orientadas a definir la responsabilidad de EZP por acción y omisión. Entre paréntesis: el informe y la fiscalía no realizaron acciones posteriores. Extraño, ¿no?
Es muy clara la sugerencia del Departamento de Justicia, se dirige al caso específico. Por ello la denominan inmunidad jurisdiccional. Con el sobreseimiento ni siquiera se actualiza el riesgo de que opere el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, pues EZP no fue juzgado; fue acusado dentro de la jurisdicción estadunidense, así que los caminos para juzgar al Estado mexicano por el crimen de lesa humanidad siguen abiertos. Ojalá la CIDH concluya su investigación (informe número 146/10, petición 212-05) remitiendo el caso a la Corte Interamericana.
Regresando a la sugerencia de inmunidad del gobierno de Obama, apoyada en la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera de 1976, llama la atención el argumento esgrimido en su nota:
para mantener las buenas relaciones con México.
Era previsible tal postura, como lo era el respaldo que el calderonismo dio a Zedillo, no sólo por ser quien reconoció anticipadamente el triunfo del Partido Acción Nacional en 2000, sino por los días por venir para el ocupante de Los Pinos en torno a la llamada guerra contra el crimen organizado. En fin, que Acteal continúa sin justicia ni garantías de no repetición más allá de las venganzas políticas anónimas.
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