Javier Lorente Doria
El Tribunal Superior de Navarra (TSJN) ha decidido este miércoles mantener la condena a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco miembros de La Manada. El fallo incluye un voto particular de dos magistrados, que pide que se les condene por agresión sexual (violación) a
la joven madrileña, que tenía 18 años de edad aquel 7 de julio de 2016,
y que se imponga una pena en consecuencia: 14 años de prisión por lo
ocurrido en los sanfermines en Pamplona. El TSJN atiende, además, el recurso de la víctima y ordena a la Audiencia Provincial
que dicte una nueva sentencia por un delito contra la intimidad de la
mujer por grabarla mientras la forzaban a mantener relaciones sexuales.
Si la sentencia fuera condenatoria elevaría las penas.
Ahora cabe recurso ante el Supremo, que ya ha sido
anunciado por uno de los acusados, así como por la Fiscalía y otras
acusaciones personadas. También Miguel Ángel Morán y Carlos Bacaicoa,
abogados de la víctima, han confirmado que recurrirán para pedir que los
hechos se consideren agresión. "Esta sentencia es muy desafortunada, no
tanto como la de primera instancia, porque ha apreciado la posibilidad
de condenar por el delito contra la intimidad, pero hay que recurrirla
igualmente", explica Bacaicoa, que está "convencido" de que el voto particular "va a servir de consuelo"
a la víctima y a su familia: "Agradecemos un poco de cordura, a pesar
de todo el daño causado". El Supremo debe decidir, con los hechos ya
probados, si confirma la sentencia o la modifica. Podría agravarla si
considera que es violación y no abusos o dictar una
absolución. Los cinco condenados fueron detenidos el mismo día de los
hechos y se encuentran en libertad provisional desde el pasado 23 de
junio.
En esta segunda sentencia, los magistrados, tras estudiar los recursos de todas las partes, confirman en lo esencial la condena impuesta el pasado abril
por abuso a los cinco sevillanos —José Ángel Prenda, Alfonso Jesús
Cabezuelo, Ángel Boza, Jesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero—, que
actuaron en grupo contra la joven en la primera noche de los sanfermines
de 2016. La chica fue penetrada por los cinco
miembros del grupo, en algún momento de forma simultánea y alguno
repitió el abuso en varias ocasiones.
En la sentencia hay, sin embargo, consideraciones que para los
expertos ahondan en la dificultad de determinar si se trató de abuso o
de agresión, atendiendo a la intimidación y la violencia sufridas o no
por la víctima: "Al encontrarse en esta situación, en el lugar recóndito
y angosto descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones, de
edades muy superiores y fuerte complexión, conseguida conforme a lo
pretendido y deseado por los procesados y querida por estos, la
denunciante se sintió impresionada y sin capacidad de reacción", relata
la sentencia. El fallo destaca, además, el "intenso agobio y
desasosiego" que sintió la mujer en aquel habitáculo, lo que le hizo
adoptar "una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer
lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte
del tiempo los ojos cerrados".
El fallo actual desestima el resto de los recursos planteados
por los acusados y da verosimilitud a la declaración de la denunciante,
principal prueba de cargo. Según el tribunal, "no es verosímil" que la
víctima "consintiera el maltrato y la vejación, la atmósfera opresiva y
el prevalimiento de grupo en que se desarrolla la acción criminal". Para
los jueces, su testimonio, pese a las matizaciones que hizo ante la
policía local y el juzgado de instrucción, es "seguro y convincente". Y
que sus afirmaciones están "corroboradas con evidencias recogidas en una
prueba externa profusa y suficiente".
Las defensas de los miembros de La Manada, tanto Agustín
Martínez Becerra, que representa a cuatro de sus integrantes, como Jesús
Pérez, cuyo cliente es el guardia civil del grupo, están confiados en
que los magistrados mantengan la libertad condicional “porque no ha
cambiado ninguna circunstancia”. “Estamos en un partido de tenis y hemos
perdido los dos primeros sets”, ha sido la reflexión de Martínez
Becerra.
El pleno de la Sala Civil y Penal del TSJN, presidido por Joaquín
Galve, está integrado por los magistrados Francisco Javier Fernández,
Alfonso Otero, Miguel Ángel Abárzuza y José Antonio Álvarez Caperochipi,
quien ha sido el redactor de la sentencia. El fallo cuenta con un voto particular formulado por dos de los cinco magistrados, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza,
que estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un
delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de
intimidación, a 14 años, tres meses y un día.
A uno de los cinco acusados, el guardia civil Antonio Manuel Guerrero,
los magistrados discrepantes le consideran, además, responsable de un
delito de robo con intimidación, por el que deberían imponerle dos años
más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la
Audiencia, por un delito leve de hurto, por quitarle el móvil a la
denunciante.
El Tribunal ordena también que se dicte una nueva
sentencia por un delito contra la intimidad de la víctima, que fue
grabada mientras la forzaban. El artículo 197.1 del
Código Penal castiga con penas de uno a cuatro años de prisión las
acciones dirigidas a vulnerar la intimidad de otro. La pena se impondrá
en su mitad superior cuando esta vulneración afecte a datos sobre la
vida sexual. Esta decisión supone en la práctica una agravación de las
penas. Para Jesús Pérez, abogado del guardia civil, el hecho de
que el tribunal haya pedido la nueva sentencia por el delito de
violación de la intimidad abre una vía para que cambie la valoración de
los hechos probados ante el Supremo.
El veredicto se alcanzó el pasado 7 de noviembre, pero se ha conocido
después de que el magistrado José Antonio Álvarez Caperochipi redactase
los 100 folios de nueva sentencia. Los componentes de la Sala, que se
reunió en pleno, y no con tres magistrados como suele ser habitual, no
citaron ni a los condenados ni a los abogados de las partes. Los
magistrados decidieron que no era necesaria una nueva vista oral para
estudiar los recursos y su deliberación se basa únicamente en los hechos
probados recogidos en la sentencia firmada por dos de los tres
componentes de la Sección Segunda de la Audiencia. El fallo, que ya se
ha comunicado a las partes, puede ser recurrido en casación (para que se
determine si se trata de abuso o de violación) ante el Tribunal
Supremo. Jesús Pérez, el abogado de Guerrero, ya ha anunciado hoy en
Sevilla que va a recurrir, al considerar que el hecho de que se haya
determinado la nulidad respecto del delito de violación de la intimidad
puede cambiar también la determinación de los hechos probados.
Los cinco miembros de La Manada han acudido esta mañana a los
juzgados de Sevilla, cumpliendo como cada lunes, miércoles y viernes una
de las imposiciones de sus medidas cautelares para la libertad
condicional. Alfonso Jesús Cabezuelo, el militar del grupo, fue el
primero; el último, poco antes de la una, ha sido José Ángel Prenda.
Ninguno se ha pronunciado sobre la confirmación de su condena, informa Eva Saiz.
El primer fallo de la Audiencia Provincial de Pamplona, emitida el pasado 26 de abril,
desató protestas de colectivos feministas y partidos políticos por toda
España. El entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá (PP), llegó a
declararse "sorprendido" por que el Consejo General del Poder Judicial
no actuara contra el juez Ricardo González, quien defendió la absolución
del grupo, "cuando todos saben que tiene algún problema singular",
dijo. Este caso motivó la creación de una comisión de expertos para
modificar el Código Penal sobre los delitos sexuales, en la que se está
trabajando.
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