Publica el DOF norma sin sugerencias de industriales
Los productos deberán portar sellos hexagonales negros que informen sobre el exceso de nutrientes críticos
▲ Manifestación de diputados en pro del nuevo etiquetado de los alimentos chatarra, el pasado 1º de octubre en San Lázaro.
El gobierno federal publicó este viernes la norma
mexicana 051, la cual obligará a partir del 1º de octubre próximo a la
industria a colocar sellos negros en sus productos para advertir que
contienen exceso de grasas saturadas, grasas trans, azúcares, sodio y
calorías.
Casi tres semanas después de que el vigésimo primer tribunal
colegiado de circuito en materia administrativa revocó el amparo
interpuesto por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la
Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) para detener el proceso
de publicación de la norma, el texto final se dio a conocer en la
edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual no
contiene las modificaciones que solicitó la iniciativa privada.
De acuerdo con el documento de 37 páginas, las especificaciones
generales de la nueva reglamentación para el etiquetado para alimentos y
bebidas no alcohólicas comenzarán a aplicarse en seis meses, es decir,
el 1º de octubre de 2020, tal como se habría previsto, y no en dos años
como lo ha solicitado el sector empresarial, bajo el argumento del costo
que implica hacer dichas modificaciones.
A partir de esa fecha, la primera parte de la norma deberá cumplirse,
por lo que los productos deberán portar sellos negros de forma
hexagonal con leyendas que adviertan sobre el exceso de los nutrientes
críticos (calorías, sodio, grasas trans, azúcares, grasas saturadas), a
los cuales se les atribuye provocar enfermedades como sobrepeso y
obesidad, que pueden derivar en otras como diabetes.
Los sellos deberán estar ubicados en la equina superior derecha de la
cara principal del envase que contenga el alimento o bebida no
alcohólica.
Además, los productos también deberán advertir que contienen cafeína y
edulcorantes, por lo que los menores de edad no podrán consumirlos.
La norma publicada por la Secretaría de Economía (SE) detalla en los
numerales modificados las formas en que deberán estar colocados desde un
sello hasta cinco, además de las otras dos advertencias.
Sin embargo, el resto de los numerales entrarán en vigor un año después, es decir, el 1º de abril de 2021.
Las modificaciones señalan que el cálculo y la evaluación de perfiles
referentes a la información nutrimental se llevará en tres fases,
comenzando el 1º de octubre y la última iniciará el mismo día de 2025.
El texto también incluye la tabla técnica de proporciones en la que
deberán basarse los industriales para colocar las etiquetas. Las
proporciones comienzan a partir de 100 gramos o 100 mililitros de los
alimentos y bebidas no alcohólicas.
La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra)
pidió al gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador que ante la
emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus, no fuera
publicada la NOM 051. Sin embargo, la solicitud llegó tarde.
Días atrás las Concamin también solicitó en una carta al mandatario
que se retrasara la publicación de la norma como parte de las medidas
contracíclicas para mitigar los efectos económicos por el Covid-19.
El sector privado ha argumentado que utilizar el modelo chileno no
permite que los consumidores puedan comparar, pues no especifica las
porciones.
También ha señalado que no es claro por las mismas razones, aunque el
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) aseguró que era
el mejor etiquetado por ser claro en comparación con el que sigue
vigente y que fue aprobado en 2010.
Foto José Antonio López
Alejandro Alegría
Periódico La Jornada
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