Foto del blog "Mujeres por la Democracia". |
A las mujeres en este país se las agrede por el solo hecho de ser mujeres. La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define esta violencia como “cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”.
Las autoridades de todos los niveles y todos los poderes no previenen, ni atienden, ni investigan, ni sancionan ni reparan como deberían la violencia de género. Hay muchos ejemplos de violaciones a los derechos reproductivos de las mujeres.
En Guerrero, desde el 2006, una mujer está presa como resultado de un juicio contaminado por prejuicios sociales y morales. Estaba embarazada, el parto se le adelantó camino de su casa a la letrina, la bebé no sobrevivió y a ella la acusaron de homicidio en razón de parentesco. El juez de primera instancia que tuvo a su cargo el proceso le atribuyó intención de matar al recién nacido: “Decidió que lo iba a privar de la vida porque fue producto de una relación fuera del matrimonio”.
A esta violencia institucional desde el poder judicial se suman ejemplos de violencia desde el poder ejecutivo. En Puebla, entre marzo de 2009 y abril de 2010, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) inició 17 averiguaciones previas contra mujeres que se practicaron abortos, una de ellas de sólo 12 años de edad.
En el Hospital de Tehuacán, Puebla, la doctora que atendió a una joven con un aborto en curso le acercó el feto sin vida a la cara mientras le decía “mira lo que has hecho, míralo bien para que no lo vuelvas a hacer”. Casos similares hay en Hidalgo, Baja California y Chihuahua. Se ha detectado en el país que las mujeres con VIH enfrentan serios problemas de discriminación en los servicios de salud, incluyendo los servicios de ginecobstetricia. Una de las violaciones más comunes es la negación a realizarles cesárea.
Con la vigencia de la Norma Oficial Mexicana sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención (NOM 046) las autoridades están obligadas a prescribir anticoncepción de emergencia (AE) en caso de violación y a interrumpir legalmente un embarazo en caso de violación, siempre que la mujer así lo solicite. Esta obligación fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en mayo de 2010, al resolver la controversia planteada por el Gobierno de Jalisco. Sin embargo, la AE no está disponible.
De acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios, en Veracruz, el Centro de Especialidades Médicas (CEM) se negó a proporcionar la píldora de emergencia a dos jovencitas violadas en junio de 2010. En Jalisco, CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres), documentó que de las 339 mujeres que fueron víctimas de violación en 2009, a ninguna se le informó de la posibilidad de utilizar la AE.
La situación es preocupante. La consigna compartida por quienes quieren el fin de tanta muerte es “no+violencia”. Esta consigna también aplica para frenar el entorpecimiento o la persecución a las mujeres en el ejercicio de su derecho a decidir cuándo tener hijos o no, y cómo hacerlo.
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