La Ley de Disciplina Financiera para Estados y
Municipios es una propuesta reglamentaria a las modificaciones
constitucionales aprobadas el año pasado
CIUDAD DE MÉXICO (La Silla Rota).- El pleno del Senado avaló la creación de una nueva ley
para regular las deudas que adquieren los gobernadores y los alcaldes,
los cuales no tienen un plan para pagar dichos créditos adquiridos y al
concluir sus gestiones, sin ninguna repercusión legal, dejan endeudada
la entidad.
La Ley de Disciplina Financiera para Estados y Municipios
es una propuesta reglamentaria a las modificaciones constitucionales
aprobadas el año pasado que acotaron los empréstitos de los gobiernos
locales, faculta al Congreso en materia de deuda pública y establece una
comisión bicameral legislativa que analizará el nivel de endeudamiento
de las entidades.
Es decir, la nueva ley
establece reglas y criterios que indican el camino a seguir y el camino a
evaluar si la deuda contratada es de beneficio social o no cumple con
este requisito.
La minuta aprobada y regresada, con
cambios, a la Cámara de Diputados, establece que los nuevos créditos que
obtengan los gobiernos locales deberán ser destinados exclusivamente a
inversión productiva, por lo que no se podrán usar para destinarlos a
gasto corriente, a nominas o proyectos improductivos.
También establece mecanismos para
mejorar las condiciones de los créditos contratados mediante la
celebración de procesos competitivos entre instituciones financieras,
optando siempre por aquella que ofrezca la menor tasa, es decir, los
gobernadores ya no podrán contratar deuda con bancos o instituciones
financieras de cabecera o que estén administradas por “cuates”.
El documento aprobado pone énfasis en la
prevención, pues incorpora un sistema de alertas a través del cual se
dará seguimiento permanente, trimestral, a indicadores que permitirán
ubicar a cada entidad y a cada municipio dentro de un nivel de
endeudamiento.
El sistema de alertas tiene tres tipos
de categorías: endeudamiento sostenible (luz verde), de observación (luz
ámbar) y elevado (luz roja).
Las entidades y entes que se encuentren
en niveles de endeudamiento elevado deben firmar un convenio con la
Federación en el que se establezca puntualmente las obligaciones de
responsabilidad hacendaria.
Se creará el Registro Público Único que
estará a cargo de la Secretaría de Hacienda y en los que deberán
inscribirse todos los financiamientos y obligaciones, ya sean estas
asociaciones público-privadas, arrendamientos, factoraje, deuda de
fideicomisos, cortos plazos e instrumentos derivados, garantías, flujos
de pensiones, entre otros.
Posteriormente, todo lo que se haya
inscrito en el Registro Público será cotejado con la información de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores y cuando existan discrepancias,
éstas serán publicadas de igual forma en dicho registro.
Para poder inscribir alguna operación en
el registro único, será necesario incluir acreedores, monto contratado,
tasa efectiva, plazo y recurso otorgado como fuente de pago o garantía.
Los endeudados
¿Pero qué pasa con aquellos estados que ya están en foco rojo?, ¿qué pasa con aquellos que ya tienen un endeudamiento elevado?
La nueva ley les ofrece
una salida y les dice: puedes hacer una reestructuración con el apoyo,
con el aval de la Federación a través de un convenio de coordinación que
te permita reestructurar la deuda en términos de mercado, en términos
más cómodos, a precios y condiciones más accesibles.
De acuerdo con los legisladores que avalaron esta ley, ésta permitirá conocer en qué se gasta, para qué se gasta y quién gasta el dinero que piden prestado los Gobiernos locales.
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