3/16/2016

¿Qué? y ¿Para qué? con la nueva Ley Antideuda



La Ley de Disciplina Financiera para Estados y Municipios es una propuesta reglamentaria a las modificaciones constitucionales aprobadas el año pasado




CIUDAD DE MÉXICO (La Silla Rota).- El pleno del Senado avaló la creación de una nueva ley para regular las deudas que adquieren los gobernadores y los alcaldes, los cuales no tienen un plan para pagar dichos créditos adquiridos y al concluir sus gestiones, sin ninguna repercusión legal, dejan endeudada la entidad.

La Ley de Disciplina Financiera para Estados y Municipios es una propuesta  reglamentaria a las modificaciones constitucionales aprobadas el año pasado que acotaron los empréstitos de los gobiernos locales, faculta al Congreso en materia de deuda pública y establece una comisión bicameral legislativa que analizará el nivel de endeudamiento de las entidades.

Es decir, la nueva ley establece reglas y criterios que indican el camino a seguir y el camino a evaluar si la deuda contratada es de beneficio social o no cumple con este requisito.

La minuta aprobada y regresada, con cambios, a la Cámara de Diputados, establece que los nuevos créditos que obtengan los gobiernos locales deberán ser destinados exclusivamente a inversión productiva, por lo que no se podrán usar para destinarlos a gasto corriente, a nominas o proyectos improductivos.

También establece mecanismos para mejorar las condiciones de los créditos contratados mediante la celebración de procesos competitivos entre instituciones financieras, optando siempre por aquella que ofrezca la menor tasa, es decir, los gobernadores ya no podrán contratar deuda con bancos o instituciones financieras de cabecera o que estén administradas por “cuates”.

El documento aprobado pone énfasis en la prevención, pues incorpora un sistema de alertas a través del cual se dará seguimiento permanente, trimestral, a indicadores que permitirán ubicar a cada entidad y a cada municipio dentro de un nivel de endeudamiento.

El sistema de alertas tiene tres tipos de categorías: endeudamiento sostenible (luz verde), de observación (luz ámbar) y elevado (luz roja).

Las entidades y entes que se encuentren en niveles de endeudamiento elevado deben firmar un convenio con la Federación en el que se establezca puntualmente las obligaciones de responsabilidad hacendaria.

Se creará el Registro Público Único que estará a cargo de la Secretaría de Hacienda y en los que deberán inscribirse todos los financiamientos y obligaciones, ya sean estas asociaciones público-privadas, arrendamientos, factoraje, deuda de fideicomisos, cortos plazos e instrumentos derivados, garantías, flujos de pensiones, entre otros.

Posteriormente, todo lo que se haya inscrito en el Registro Público será cotejado con la información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y cuando existan discrepancias, éstas serán publicadas de igual forma en dicho registro.

Para poder inscribir alguna operación en el registro único, será necesario incluir acreedores, monto contratado, tasa efectiva, plazo y recurso otorgado como fuente de pago o garantía.

Los endeudados
¿Pero qué pasa con aquellos estados que ya están en foco rojo?, ¿qué pasa con aquellos que ya tienen un endeudamiento elevado?

La nueva ley les ofrece una salida y les dice: puedes hacer una reestructuración con el apoyo, con el aval de la Federación a través de un convenio de coordinación que te permita reestructurar la deuda en términos de mercado, en términos más cómodos, a precios y condiciones más accesibles.

De acuerdo con los legisladores que avalaron esta ley, ésta permitirá conocer en qué se gasta, para qué se gasta y quién gasta el dinero que piden prestado los Gobiernos locales.

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