Nahir Velasco y Óscar Alzaga*
La Jornada
Los habitantes de Lázaro Cárdenas
suelen decir que el corazón de la economía de la región es la planta
siderúrgica, que emplea a más de 6 mil obreros, e indirectamente a 24
mil. Pero los líderes de otros gremios reconocen a los mineros de la
sección 271 como
hermanos mayoresy sus luchas un
ejemplo dignode Michoacán. Por eso la marcha y el acto público del 12 de marzo fue de alto impacto, por el clamor solidario de 17 organizaciones sociales, igual que la asamblea de casi 2 mil mineros que decidió levantar la huelga.
De las cualidades de la huelga destaca la unidad minera y la firmeza
de su decisión. Por eso cuando el 4 de marzo la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje (JFCA) negó el derecho de huelga una hora antes
de iniciarse y el mismo día la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social (STPS) se sumó a la aberrante resolución inconstitucional, los
obreros de Lázaro Cárdenas reforzaron sus guardias. A la vez, el comité
nacional informó y orientó a fondo a los trabajadores sobre las
agresiones de las autoridades.
La huelga fue originada por las violaciones al contrato colectivo
cometidas por ArcelorMittal Hierro. Por eso el sindicato minero emplazó a
huelga el 18 de junio de 2015, prorrogando el inicio de ésta 16 veces,
por las pláticas conciliatorias con la empresa, con la aprobación de la
JFCA, como consta en actas. La principal violación de la empresa fue
incumplir la cláusula 100, de reubicar a 206 obreros de la planta
coquizadora, sin despidos. Asimismo, pagar a 87 obreros los días de
solidaridad con los mineros de Pasta de Conchos y con los afectados por
la contaminación por los tóxicos en el río Sonora, ambos actos del gran
depredador de vidas mineras y de la naturaleza, Germán Larrea, de Grupo
México.
A pesar de que el sindicato cubrió los requisitos legales, el 4 de
marzo la empresa se negó a negociar, por lo que el sindicato minero
ratificó su derecho de estallar la huelga. Pero justo una hora antes de
iniciarse, la JFCA decidió
archivarla, por prorrogarla de modo unilateral, un argumento falso, que carece de fundamento, para negar un derecho de rango constitucional.
El 4 de marzo la Secretaría del Trabajo reiteró la postura de la JFCA, poniendo en peligro el derecho de huelga, pero lo más grave fue amenazar al sindicato minero: “Ante la toma de
las instalaciones de la empresa… la STPS exhorta al sindicato… a
conducirse con pleno respeto a la ley... (Por) las denuncias que la
empresa ha interpuesto, esta dependencia ha solicitado a las autoridades
competentes, a nivel estatal y federal, que en uso de sus facultades
legales garanticen la seguridad de personas y bienes al interior y
exterior del centro de trabajo”. Y reitera la STPS que
no se trata del estallamiento de una huelga sino de un paro ilegal de labores, con lo que insinúa el desalojo de los trabajadores.
Eso indudablemente inquietó a los mineros y a los trabajadores
del país y del mundo, que mandaron cartas al gobierno, lo mismo que
Elena Poniatowska, David Huerta, Paco Ignacio Taibo II y Raúl Vera.
Se malinterpretó la solidaridad sindical internacional como
una intromisión de extranjeros en la vida interna del país, ignorando la Constitución en el artículo 3, que dice que se fomentará
la conciencia de la solidaridad internacional.
Y si no fuera suficiente, la empresa recurrió a un conflicto
colectivo de naturaleza económica, pidiendo a la JFCA que autorizara el
despido de los 206 mineros, sin cumplir el contrato colectivo, a lo que
de inmediato ésta dio trámite y fecha de audiencia el 9 de marzo,
haciendo cada vez más tortuosas las negociaciones, pues se puso como
condición para la conciliación levantar primero la huelga, porque, se
dijo,
pone en peligro la paz social.
Anteriormente, la autoridad declaraba inexistentes las huelgas, pero
desde que el sindicato minero ganó los cuatro amparos en la de Cananea,
dos de la de Taxco y dos de Sombrerete, y los juzgados concedieron las
suspensiones dejando sin efecto las resoluciones de la JFCA, entonces la
autoridad buscó otras vías, como
el archivo de la huelga, que también aplica en estos días a otros movimientos gremiales.
La huelga es un recurso fundamental de los trabajadores para
presionar a los patrones que incumplen con la ley y sus obligaciones. La
huelga no es el conflicto sino su solución, cuando el patrón abusa de
su fuerza económica y política. ¿Por qué, entonces, la autoridad
desconoce un derecho tan importante, que sirve justo para lograr el
equilibrio social y la justicia entre los factores de la producción?
La política de
cero huelgas y de paz socialentiende erróneamente el derecho de huelga, porque no es un delito ni un acto que quebrante la ley, es un derecho humano universal y constitucional.
Tal postura fue la del sindicato minero a lo largo de nueve días que
duró la huelga (y que antes en nueve meses negoció para evitarla). Por
eso las guardias en las instalaciones de la empresa reforzaron la
disciplina, la unidad, la responsabilidad y la organización, que son la
fuerza de los obreros y de su inteligente dirección.
Afortunadamente, a última hora la autoridad privilegió el diálogo
entre el sindicato y la empresa, y ésta resolvió en primer lugar
reubicar a los 206 mineros, cubrió las faltas de los 76 trabajadores por
solidaridad y pagó 100 por ciento de los salarios caídos. Dando la
asamblea de la sección 271 de Lázaro Cárdenas la última palabra, levantó
la huelga.
* Integrantes de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, ANAD
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