El mundo al revés
(AP)
El texto del equipo de investigaciones de Aristegui Noticias da cuenta de un acto que viola la ley y vulnera la ética pública: el uso de recursos públicos para fines privados.
Eso es lo que sucede con el uso del avión presidencial al dar cabida a
personas que viajan en giras oficiales por la única razón de ser
familiares o amigos de EPN, su esposa o sus hijos.
Los “Peñabots” (y algunos verdaderamente convencidos) despliegan aquí
sus esfuerzos para desacreditar este ejercicio periodístico. Qué
importa que viajen en el avión presidencial – si hay lugar y cuesta lo
mismo, razonan. Se trata de minucias, afirman otros más. Lo cierto es
que el tema central no es si cuesta mucho, poco o nada, sino se respeta o
no la ley y, mejor todavía, si existen un código interno de moral
pública que sabe distinguir lo correcto de aquello que no lo es. Ese es
el tema sobre el que gira el reportaje.
Hay que recordar, por ejemplo, el tobleronegate que
protagonizó la parlamentaria sueca Mona Sahlin- precandidata única a
primera ministra de ese país- quien tuvo la osadía de comprar con la
tarjeta de crédito oficial una barra de chocolate toblerone. El problema
no fue que la haya comprado, sino que no haya devuelto el importe del costo de ese chocolate a la tarjeta oficial.
Ese desliz le costó no sólo la posibilidad de llegar a primera ministra
de Suecia, sino debió abandonar su carrera parlamentaria por varios
años. Tiempo después incluso escribió un libro haciendo una larga
reflexión de por qué hizo semejante acto. El quid del asunto no era si
el chocolate era caro o barato. Fue un tema de confianza, de falta de
integridad que la exigente sociedad sueca no le perdonó a Sahlin.
En México la corrupción se ha internalizado en la conducta de EPN y
de su entorno. Pervive en ellos la cultura patrimonial del poder, según
la cual lo suyo es suyo y lo público también.
El artículo 7 de la más reciente Ley General de Responsabilidades
Administrativas tiene, al menos cuatro conductas que le son aplicables a
EPN y a su esposa ( quien es servidora pública a la luz de lo previsto
en el artículo 2 que a la letra dice: “A los efectos de la presente
Convención: a) Por “funcionario público” se entenderá: i) toda persona
que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de
un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal,
remunerado u honorario,”) que dispone lo siguiente: “ Los Servidores
Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los
principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo,
honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas,
eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva
aplicación de dichos principios, los Servidores Públicos observarán las
siguientes directrices: II. Conducirse con rectitud sin utilizar su
empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún
beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni
buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o
regalos de cualquier persona u organización; III. Satisfacer el interés
superior de las necesidades colectivas por encima de intereses
particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la
población; IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas,
ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten
su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera
objetiva; VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha
conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y
preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima
de intereses particulares, personales o ajenos al interés general;”.
El problema no es sólo que en México la impunidad goza de cabal
salud, sino que el presidente tiene fuero constitucional y durante su
encargo sólo puede ser procesado por traición a la patria y delitos
graves del orden común. Es por lo anterior que estas conductas indebidas
carecen de sanción legal. Queda, empero, la denuncia pública que se
plasma con el reportaje en cuestión. Este debe abrirse paso entre la
uniformidad mediática local que defiende por consigna lo que hace o lo
que deja de hacer el presidente, la cobertura de la prensa extranjera
que entiende el significado y el interés público de este nuevo yerro de
EPN y la labor pedagógica que debe llevarse a cabo para que quienes
piensen (pocos, pero los hay) que “no es para tanto”, vean el tema desde
la óptica de la ética pública y el cumplimiento de la ley.
Pd. Les recuerdo que en atención a las sugerencias de ustedes he
abierto una petición en change.org para que se elimine la figura de los
“Peñabots” del Presupuesto de Egresos de la Federación por ser contraria
a lo dispuesto por los artículos 6º y 134 de la Constitución Política. Los invito a que se sumen a firmar esta petición.
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