Buscan interponer anticoncepción a mujeres en segundo aborto
Ante
la propuesta de la diputada del Congreso de Quintana Roo, Sonia López
Cardiel, de aplicar un método anticonceptivo definitivo a las mujeres
que aborten por segunda ocasión, la Comisión de Derechos Humanos
quintanarroense y organizaciones feministas denunciaron que incurre en
violaciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y es
una medida punitiva para quienes desean interrumpir un embarazo.
La diputada presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social
del Congreso de Quintana Roo, Sonia López, presentó el 13 de marzo de
2019 una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código
Penal y la Ley de Salud estatales sobre el acceso al aborto.
Su propuesta pretende agregar un artículo 97 bis en el Código Penal
local, el cual señalaría que las mujeres que “tenga la intención de
someterse por segunda ocasión a la práctica del aborto “no punible”
deberá previa practica firmar una carta de consentimiento informado en
cuanto a ser sometida a la aplicación de un método anticonceptivo
definitivo”.
De no firmar el permiso, la legisladora independiente propone que las
instituciones de salud públicas de Quintana Roo no estén obligadas a
otorgar el servicio y la mujer sea sujeta a las sanciones establecidas
en el Código Penal local, que van de seis meses a dos años de prisión
por practicar un aborto.
Al respecto el Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos
de Quintana Roo se pronunció por considerar que la iniciativa incurre en
violaciones de los Derechos Humanos (DH) de las mujeres,
particularmente los relaciones a decidir el número y esparcimiento de
los hijos que desean tener, así como elegir el método de planificación
familiar que les sea adecuado.
La propuesta de la diputada López Cardiel también plantea incorporar
en el Código Penal de Quintana Roo la casual de “condiciones
socioeconómicas graves y justificadas” para poder interrumpir un
embarazo.
No obstante, refiere en la fracción V que busca agregar, que quien se
practique un aborto bajo esta causal deberá recibir “un tratamiento
médico integral teniendo como finalidad la atención integral de las
secuelas físicas y psicológicas generadas por su práctica que busque
hacerle conciencia sobre los métodos anticonceptivos temporales y
definitivos a los que puede recurrir, así como también, deberá someterse
al curso sobre planificación familiar que otorgue la Secretaría de
Salud del estado”.
Dicha disposición de someter a las mujeres a un procedimiento
permanente de anticoncepción, enfatizó el Consejo del órgano de DH de
Quintana Roo, es una práctica que diversos organismos internacionales
han señalado como esterilización forzada, pues condicionaría a las
mujeres, sobre todo aquellas que viven en situación de pobreza, el
acceso a servicios de salud público.
“Si bien la propuesta señala que se debe firmar una carta de
consentimiento informado, el resultado de ello debe ser autónoma e
independiente para acceder al procedimiento antes mencionado”, señaló el
Consejo.
Al pronunciamiento del Consejo de la Comisión se unió la “Red
Quintanarroense por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las
Juventudes”, la organización manifestó en un comunicado estar contra la
iniciativa y exhortaron al Congreso estatal frenarla e iniciar un
proceso de debate que contemple los DH, enfoque de salud pública,
perspectiva de género y respeten la laicidad del Estado.
Además, estas no serían las únicas violaciones a los derechos de las
mujeres en los que incurre la propuesta de reforma, el Instituto
Quintanarroense de la Mujer (IQM) señaló el 7 de mayo en un comunicado
que limitar la interrupción del embarazo dentro de los primeros 90 días
de gestación como mantiene la iniciativa, expone a las mujeres a riesgos
de muerte y se viola el principio de vida digna cuando el producto
padece alteraciones genéticas o congénitas.
Asimismo, porque la propuesta sigue condicionando el acceso a la
interrupción del embarazo en casos de violación con una denuncia penal y
el dictamen de un médico legista que muestre la existencia de lesiones,
contradictorio a lo establecido en la Ley General de Víctimas y la
Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046) , que en los casos de violación
bastará con la buena fe de las víctimas para acceder al aborto.
Por ahora la iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y de
Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria del Congreso de Quintana Roo
para su análisis.
Según cifras oficiales de abril de 2007 al 31 de marzo de 2019, han
viajado a la Ciudad de México 121 mujeres quintanarroenses para acceder a
un aborto, ya que es la única entidad donde se puede acceder de manera
voluntaria.
En Quintana Roo sólo se permite abortar por las causales establecidas
en su Código Penal: si el producto es resultado de una violación, ante
el peligro de muerte de la mujer y por malformaciones genéticas o
congénitas graves del producto.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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