El
ex líder de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Educación, Ezequiel Rosales Carreño, fue detenido por cometer violencia
sexual contra una pasajera que viajaba en el asiento a su lado en un
autobús que iba de la ciudad de México a Oaxaca.
Rosales Carreño no sólo no fue sancionado conforme a lo establecido
en el Código Penal, que para su caso además de prisión contempla la
inhabilitación como docente, sino que en menos de 24 horas fue puesto en
libertad "por falta de pruebas".
La agresión sexual ocurrió el pasado sábado 4 de mayo a lo largo del
viaje. La víctima logró armarse de valor para denunciarlo y solicitar el
auxilio. A pesar de que fue detenido y presentado ante las autoridades,
a través de la intervención del ex titular del Instituto Estatal de
Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Abel Trejo González, fue liberado.
El ex líder sindical, quien en 2018 fue candidato a diputado local
por Huajuapan bajo la coalición PRD, PAN, Movimiento Ciudadano, incurrió
en tocamientos lascivos contra la pasajera, aprovechando que ella iba
dormida.
“No puede ser que por pertenecer a un sindicato goce de impunidad,
más aún cuando en Oaxaca han venido al alza los ataques de violencia
sexual y violencia de muerte contra mujeres. Este tipo comenzó a
hostigarme desde el inicio del viaje, y fue hasta Huitzo cuando me armé
de valor para solicitar el auxilio de la autoridad", explicó.
En este sentido la víctima exigió a la Fiscalía de Justicia del
Estado informar públicamente del estado actual de la carpeta de
investigación que fue abierta tras la denuncia presentada.
La joven realizó todo el protocolo que implica denunciar este tipo de
hechos, “pese a lo penoso que resulta para una mujer. Viví el hecho en
carne propia -lamentó- y me rehúso a pensar que este hombre salga
impunemente a ver a quien más ataca”, declaró.
Agregó que tras su detención supo que en su teléfono celular encontraron más de 100 vídeos pornográficos.
En el Código Penal de Oaxaca, el acoso sexual está contemplado en el
artículo 241 y es sancionado por penas de 1 a 3 años de prisión, así
como con multas que van desde los 8 mil 60 pesos hasta los 16 mil 120
pesos.
Más aún, cuando el delito fuere cometido por un servidor público,
docente o ministro de culto y utilizare los medios o circunstancias que
el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo
primero, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo
público o profesión.
Imagen retomada del Colectivo TragameLuz de Chiapas
Por: Citlalli López Velázquez, corresponsal
Cimacnoticias | Oaxaca, Oax .-
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