ONG intentarán convencer a cabildos para que no la aprueben
Activistas veracruzanas denunciaron que la aprobación de la reforma al
artículo 4 constitucional local, viola el principio de laicidad del
estado y advirtieron que los obispos de la entidad, presionan a los
gobiernos municipales para que aprueben la reforma.
De acuerdo con los procedimientos tras la aprobación en el congreso
local, los 212 cabildos deben aprobarla también, por lo que las
defensoras de los Derechos Humanos (DH) de las mujeres, señalaron que
informarán a las y los regidores sobre las implicaciones que tiene en la
vida de las mujeres dicha reforma.
En conferencia de prensa realizada esta mañana en Xalapa, las
integrantes de las organizaciones solicitantes de la Alerta de Violencia
de Género (AVG) por Agravio Comparado, Red de Veracruzanas por el
Derecho a Decidir y otras activistas, expresaron que en la entidad
existe una aplicación desigual del marco normativo en materia de salud
reproductiva de las mujeres.
Lo anterior, agregaron, genera una situación de discriminación y
violación a los Derechos Humanos, al no garantizarse el acceso adecuado y
efectivo a servicios especializados de salud reproductiva que incluye
medidas de anticoncepción y de acceso efectivo a la Interrupción Legal
del Embarazo, aún cuando existen causales que lo permiten.
En entrevista telefónica, la integrante de Alianza Veracruzana por el
Derecho a Decidir, Monserrat Díaz, dijo que faltan 107 cabildos por
revisar la reforma, la cual dijo, vulnera los derechos reproductivos de
niñas y mujeres y su derecho a la salud, y manifestó su preocupación de
que también se genere confusión con el personal del sector salud
respecto de la aplicación de la NOM 046 “Violencia Familiar, Sexual y
Contra las Mujeres Criterios para la Prevención y Atención”, la cual es
poco entendida y aplicada.
La activista ejemplificó el caso Artavia Murillo vs. Costa Rica, llevado
ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) cuya sentencia
reconoce que “el embrión no es considerado como persona”.
En la misma sentencia se estableció la interpretación del artículo 4.1
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos el cual establece que
la “concepción” deberá entenderse como “implantación del óvulo fecundado
adherido a la pared del endometrio”, que el “feto” no puede ser
considerado como “persona”, que la protección de la vida prenatal es
“gradual e incremental” (por el proceso de desarrollo y crecimiento del
feto a persona) y que “sólo a través del ejercicio de los derechos de
las mujeres puede darse la protección de la vida prenatal”.
“La falta de acceso al aborto legal y seguro es una violación a los
derechos reproductivos de las mujeres veracruzanas y tiene un impacto
negativo en el ejercicio de sus DH, sus oportunidades de vida y su
futuro”, señalaron las organizaciones.
En Veracruz existen cuatro causales en las que el aborto no es punible:
violación, imprudencial o culposo, peligro de muerte, alteraciones
genéticas o congénitas graves en el producto, inseminación artificial no
consentida.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Gema Villela Valenzuela
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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