Asa Cristina Laurell
Las crisis sociales
revientan en un momento dado, pero se forjan en una cadena de decisiones
político-económicas conscientes, en nuestro caso para implantar el
modelo neoliberal. Una de estas decisiones fue la aprobación de la Ley
de Asociación Público-Privada, en 2012. Desde entonces muchos hemos
advertido que amenaza con convertir al gobierno en una ventanilla de
pagos para las empresas privadas.
El principal publicista del Instituto Mexicano del Seguro Social
(IMSS), su director general Mikel Arriola, ha declarado repetidamente
que remediará la grave falta de capacidad de atención con la
construcción de siete nuevos hospitales con el esquema de asociación
público-privada (APP). De ellos, cuatro aparentemente están autoriza-
dos desde 2016: el de García, en Nuevo León; Tapachula, en Chiapas;
Bahía de Banderas, en Nayarit, y el de Tepotzo- tlán, en el estado de
México. Resulta notable que estos cuatro se derivan de
Proyectos no solicitadosprevistos en la ley, o sea, son propuestas hechas por empresas privadas y posteriormente avaladas por el IMSS. Los proponentes son empresas trasnacionales, principalmente españolas (Acciona, Asignia, Sacyr) con socios mexicanos, por ejemplo, Gia A, de H. Gerard, cuñado de Salinas y del anterior director del IMSS, J. A. González Anaya.
Los contratos APP siguen el modelo de los hospitales APP ya
existentes y tienen una duración de entre 25 y 30 años. Son contratos de
financiamiento de la obra y del equipamiento, de construcción de los
inmuebles y de administración y operación de los hospitales en aspectos
no relacionados con la prestación directa de los servicios médicos que
serían manejados, en este caso, por el IMSS. La contraprestación es un
pago anual a la empresa contratista que se registra como gasto
corriente, o sea, sale del presupuesto regular de operación del IMSS.
Este pago es preferencial y debe ser solventado antes de cualquier otro
gasto.
Veamos algunos datos
para explicar el contenido de este tipo de contratos y comprender por
qué son muy costosos. Según datos de la Secretaria de Hacienda, el costo
de construcción y equipamiento del hospital de García, de 260 camas, es
de 1,887.6 millones de pesos, mientras el costo de administración,
operación y mantenimiento es de 29,734 millones. O sea, el monto total
del contrato APP es de 31,621.6 millones a pagar durante 30 años, lo que
corresponde a 991 millones anuales en pesos de 2016. El pago real será
más alto ya que estos contratos incluyen una cláusula de ajuste
automático por la inflación. Los datos correspondientes para el hospital de Bahía de Banderas,
de 144 camas, son 1,010.9 millones de pesos en construcción y
equipamiento, y de 18,511.8 millones de administración, operación y
mantenimiento durante 30 años o 617 millones anuales ajustados por la
inflación. Estos dos hospitales tendrán un costo anual de 1,608 millones
para el IMSS o cerca de 1.9 por ciento de su gasto de operación en
salud, sin contar el costo de personal, insumos y medicamentos.
Los contratos APP son un gran negocio para las empresas
contratistas y una carga pesada para las instituciones públicas. El
costo de estos contratos es tan elevado, porque la institución paga la
tasa de interés más alta de los préstamos que toma el contratista para
la construcción y equipamiento, paga además anualmente una renta por las
instalaciones, costo que no tendría si fuera de la institución pública,
y paga por el mantenimiento, operación y administración de las
actividades no-médicas. El costo más alto es la sobretasa de interés de
los prestamos y la renta de las instalaciones.
No se pueden cuantificar estos costos en el caso de los proyectos del
IMSS, porque los datos públicos no se desglosan por rubro,
supuestamente por tratarse de sec
retos
comerciales (sic). Sin embargo, estudios internacionales han estimado
que el costo del capital de los hospitales APP ingleses se triplicó o
cuadruplicó. La renta de instalaciones comprende el 50 por ciento del
costo total de un contrato APP, y es un gasto que no se tendría siendo
la institución pública dueño del hospital. Resulta significativo que en
los estudios de costo-beneficio para la aprobación de los proyectos APP
del IMSS se compara el costo del proyecto con la subrogación total de
los servicios que el hospital APP ofrecería y no con el costo de un
hospital construido y administrado por el IMSS.
Los contratos APP de hospitales son una forma de privatización y,
como las demás, incrementan costos para generar ganancias a las empresas
privadas sin garantizar una atención adecuada a los pacientes. Una
contribución más a la crisis social.
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