Si los ciudadanos aportamos nuestros impuestos para el financiamiento
de los partidos, éstos deben administrarlos correctamente.
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En
días pasados un grupo de 32 ciudadanos y Transparencia Mexicana
presentamos amparos demandando la inconstitucionalidad del rechazo del
Consejo General del INE para requerir a los partidos políticos la
devolución del sobrante del financiamiento público destinado a
campañas. La cuestión es simple: si los partidos reciben recursos
públicos que provienen de los contribuyentes, no lo gastan, pero además
tienen prohibido gastarlo en otro propósito, en consecuencia, deben
reintegrarlo a la Tesorería de la Federación.
En cualquier otro caso, los recursos públicos que no son devengados,
deben ser devueltos a la Tesorería de la Federación. Es más, si un
recurso que es etiquetado para un fin específico se destina a otro fin,
hay una irregularidad. A pesar de lo claro, el Consejo General del INE
por mayoría de 6 votos contra 5 rechazó solicitar el reintegro. El
resultado es que los partidos podrán destinar tales recursos para otro
propósito. El INE modifica el financiamiento público a pesar de carecer
de facultades. Estamos hablando de una cantidad de más de 200 millones
de pesos.
Con tal decisión el INE “legaliza” una conducta ilegal.
A lo anterior hay que agregar la reciente decisión del Consejo
General rechazando el retiro del registro al Partido Verde. El retiro
procede cuando hay violaciones graves y sistemáticas a la ley, el Verde
cometió violaciones graves y sistemáticas. La decisión tiene como
resultado establecer estándares de permisibilidad de comportamientos
contrarios a derecho por carecer de una sanción eficaz. Y entiendo por
eficaz, aquella sanción que establece mayores costos que los beneficios
obtenidos y que disuade el comportamiento ilegal. Cuando el “castigo”
no es más costoso ni disuade, es algo así como el pago de un permiso
para delinquir. La impunidad se consuma cuando las conductas que dañan
a una sociedad se reiteran. Una sanción ineficaz no elimina la
impunidad, la agrava.
Cuando la conducta impune, por tolerada, se realiza en una actividad
como la electoral en la que hay varios competidores, la regla con la
que se mide a uno de ellos se convierte en regla para todos. Los
competidores, astutos como son, para hacer efectiva la “equidad en la
contienda”, saben ya que pueden realizar actos anticipados de campaña,
rebasar los topes de campaña, violar el modelo de comunicación
política, la equidad en la contienda electoral; es decir, realizar
violaciones graves y sistemáticas a la Constitución y a la ley, sin el
riesgo de que les sea retirado el registro.
Hay entonces un “derecho” de realizar violaciones graves y sistemáticas a la ley.
Hay una norma cuya sanción no se aplica. En la realidad hay una
norma sin sanción. A este estándar podrán y seguramente se acogerán
todos los partidos.
En el debate sobre el retiro del registro al Verde, se presentó por
el Consejero Presidente un argumento que vale la pena examinar con
mayor detenimiento por sus implicaciones: que el retiro del registro es
una pena trascendente para los militantes y simpatizantes. La penas
trascendentes o trascendentales son aquellas, dice la jurisprudencia
que afectan de un modo directo a terceros extraños no incriminados. Las
penas trascendentales están prohibidas por el Artículo 22 de la
Constitución. El Consejero Presidente afirma que el retiro no solamente
afecta al partido sino a los derechos políticos fundamentales de
millones de ciudadanos.
La implicación del argumento va más allá del caso del Verde. Si la
sanción es trascendental, en cualquier caso, aun cuando la falta ponga
en riesgo la supervivencia del sistema democrático, dicha sanción sería
inconstitucional. Implícitamente, el argumento en una especie de
control de constitucionalidad tendría como efecto la inaplicabilidad de
la sanción por ser trascendental. Dicho llanamente, la
inconstitucionalidad de la sanción “mata” por adelantado cualquier
consideración de qué tan grave debería ser la falta para aplicarla.
Las implicaciones del argumento, por supuesto, son mayúsculas, no
solamente porque la autoridad carecería de tal capacidad de acción,
sino porque al hacer imposible su aplicación los militantes en tal
condición tendrían una especie de “derecho” a la conducta ilícita de su
asociación. Por otra parte, el Partido tendría una especie de inmunidad
derivada de la imposibilidad de afectar los derechos de sus miembros,
los cuales son una especie de escudo humano contra la máxima sanción.
Tanto en los casos en que el Consejo General rechazó requerir el
reintegro de los recursos no ejercidos como en el caso del Verde, hay
una constante que debe llamar a la reflexión: La normalización de lo
ilegal.
El amparo que presentamos impugnando el rechazo que el INE hizo para
requerir el reintegro del financiamiento público no ejercido, tiene el
propósito de que se discuta su constitucionalidad ante la justicia
constitucional. Se reclama el derecho constitucional a que los recursos
públicos se administren de manera transparente y legal. Que no se
distraigan los recursos públicos para propósitos distintos a los que
fueron destinados.
La legitimación es simple: Si como ciudadanos aportamos nuestros
impuestos para el financiamiento de los partidos como entidades de interés público,
éstos deben administrarlos correctamente y el INE debe garantizar el
cumplimiento de los deberes de aquellos sobre los que ejerce la
autoridad.
En nuestro sistema electoral, la exigencia a los partidos para
actuar con respeto a la Constitución y a la ley, debiera ser mucho más
exigente. Si los militantes de los partidos ejercieran sus derechos a
exigir que los partidos actuaran legalmente y respetando las reglas del
juego, porque de ello depende conservar su opción política,
probablemente tendríamos militantes más exigentes con las dirigencias
de sus partidos, porque entre las cuentas a rendir estaría el respeto
al juego limpio. En esto, la cuestión es cómo se incentivan los
comportamientos respetuosos de la ley y ciudadanos más exigentes, algo
distinto al militante parapeto.
Por otra parte, el INE debiera preservar su autoridad, evitando actuaciones suicidas para su legitimidad.
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