9/03/2020

Aprueba INE reglamento sobre violencia política contra las mujeres

Ciudad de México.- En los próximos comicios de 2021, el Instituto Nacional Electoral (INE) no podrá ordenar la suspensión temporal de precandidaturas o candidaturas de aspirantes que sean señalados de ejercer violencia política de género.
El organismo desestimó incluir esta medida en el Reglamento de Quejas y Denuncias en materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, aprobado por las y los consejeros el pasado 31 de agosto.
La mayoría de consejeras y consejeros argumentó que suspender una precandidatura o candidatura, como parte del catálogo de medidas cautelares, afecta el Derecho Humano de una persona a ser votada. 
Es decir, señalaron que podría afectar a una persona acusada cuando ni siquiera se ha comenzado una investigación, no se ha acreditado la conducta infractora y no hay una sentencia.
Antes de votar el documento, en la sesión virtual del 31 de agosto, la consejera Adriana Favela señaló que durante las reuniones para elaborar estos lineamientos, representantes de partidos políticos expusieron no estar de acuerdo con la medida porque arguyeron que se podría aplicar en casos donde, a pesar del señalamiento, no exista violencia política de género.
Este reglamento tiene como finalidad sancionar conductas violentas contra las mujeres que participan en el siguiente proceso electoral, como se establece en las reformas publicadas el pasado 13 de abril de 2020.  
Estas reformas modificaron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer, entre otras consideraciones, medidas cautelares en casos de violencia política de género como realizar análisis de riesgo, emitir medidas de seguridad y retirar campañas que sean violentas contra una víctima.
Durante la sesión, la consejera Favela dijo que se tenían que tomar acciones contundentes de cara al proceso electoral 2021 cuando se contenderá por más de 20 mil cargos, la mayoría en los municipios, donde se violenta más a las mujeres.
“Hemos tenido noticia que es precisamente durante los procesos electorales, específicamente durante las campañas electorales; o bien, durante la selección interna de candidaturas en los partidos políticos, donde las mujeres son más violentadas”, expresó al defender su postura.
La consejera argumentó que existe un antecedente de suspensión temporal de un cargo, ni siquiera de una candidatura. En San Luis Potosí, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ordenó suspender, hasta resolver el asunto, a un regidor que agredió y amenazó de muerte a una presidenta municipal.
La consejera Dania Ravel expuso, sin embargo, que el INE no sólo regulaba los derechos de las mujeres, ya que también se podrían presentar casos donde una mujer cometiera violencia política contra otra mujer por razón de género. 
La consejera mencionó que en este caso la suspensión de una precandidatura o candidatura es restringir un derecho a partir de la presunta comisión de una infracción en materia electoral, lo que implica una afectación al principio de presunción de inocencia.
Finalmente la mayoría de las y los consejeros votó por no incluir esta medida en el reglamento y en próximos días el INE aprobará los lineamientos para elaborar un registro de personas sancionadas en materia de violencia política, como lo ordenó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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