Ciudad de México. Ante el aumento de la violencia
contra las mujeres durante la pandemia de COVID-19, la jefa de Gobierno,
Claudia Sheinbaum Pardo, envió una iniciativa de reforma al Congreso
para que las autoridades prioricen que las víctimas permanezcan en sus
casas y los agresores desocupen el domicilio.
Actualmente la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia señala que en vasos de violencia familiar las autoridades
jurisdiccionales pueden ordenar al agresor desocupar inmediatamente el
domicilio, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión
del inmueble, o de que la casa sea arrendada.
Esta ley también establece que en caso de ser necesario, las mujeres
deben ser canalizadas a un lugar de alojamiento temporal en casas de
emergencia, ya sea refugios o albergues, a fin de mantenerse seguras.
Sin embargo, ante la pandemia y las medidas de confinamiento, la
propuesta de la jefa de gobierno es privilegiar el derecho de las
víctimas de permanecer en sus casas.
Ahora, esta iniciativa de reforma, que junto con el segundo Informe
de Gobierno, fue entregada al Congreso el pasado 1 de septiembre, por el
secretario de Gobierno, José Alfonso Suárez del Real, busca continuar
con la implementación de acciones para prevenir, atender, sancionar y
erradicar la violencia ejercida contra las capitalinas.
En el documento, el gobierno de la Ciudad de México aseguró que de
acuerdo con distintas fuentes, durante el confinamiento por la pandemia
del COVID-19 en México, las llamadas al 911 por violencia contra las
mujeres aumentaron alrededor de 20 por ciento y la atención en las
instancias estatales y municipales creció entre 20 y 730 por ciento.
La iniciativa reconoce que ONU Mujeres e instituciones académicas
confirman que en febrero, marzo y abril de 2020 se observó un incremento
de las llamadas de emergencia. Por ejemplo, sólo en marzo se recibieron
un 303 por ciento más llamadas que en marzo de 2018 y un 191 por ciento
más que marzo 2019.
Por esta razón la propuesta destaca que se debe mantener la
obligación del agresor de continuar y cumplir de manera ininterrumpida
con las obligaciones contractuales y seguir cubriendo, en caso de
seguir al interior del mismo, los pagos relativos a las rentas,
derechos, cuotas de mantenimiento, impuestos, entre otros.
También se pretende establecer la obligación de la autoridad de
realizar un inventario de los bienes propiedad del agresor a fin de
salvaguardar los derechos de las mujeres y considerando que una vez
emitida la medida de protección también se respeta el patrimonio de las
personas agresoras.
De acuerdo con la motivación de esta reforma, la iniciativa, que se
centra en modificar la denominación de “Distrito Federal” por “Ciudad de
México”, los cambios son en concordancia con las medidas decretadas en
la declaratoria de Alerta por Violencia contra las Mujeres, de fecha 25
noviembre de 2019 y en respuesta a la incidencia delictiva contra las
mujeres.
20/AGM/LGL
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