Arturo Alcalde Justiniani
La decisión del
Senado de diferir la aprobación de la reforma reglamentaria al artículo
123 constitucional es una oportunidad para abrir el debate y transitar
por el camino correcto en este capítulo fundamental para el país.
Existen hasta ahora tres iniciativas en la Cámara de Senadores con
relación a este tema. La primera, presentada el 7 de diciembre pasado
por dos senadores del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Tereso
Medina (CTM) e Isaías González Cuevas (CROC); esta controvertida
propuesta ha generado un rechazo generalizado por diversos motivos,
entre ellos, el hecho de que contraviene el texto constitucional que
pretende reglamentar, por regresar al control gremial en la
administración de justicia y mantener los vicios de la contratación
colectiva.
La segunda iniciativa es impulsada por la Unión Nacional de
Trabajadores (UNT); su contenido es producto de un sólido proceso de
participación plural de académicos, especialistas y distintos actores
del mundo laboral y fue presentada por el senador Luis Sánchez Juárez,
del Partido de la Revolución Democrática (PRD). La tercera iniciativa
corresponde a la senadora María del Pilar Ortega Martínez del Partido
Acción Nacional (PAN); su contenido es hoy objeto de análisis y debate.
La reforma constitucional de febrero de 2017 planteó como objetivos
centrales contar con un sistema de justicia eficiente e imparcial y por
ello abandona el sistema tripartita que prevalece en las juntas de
Conciliación y Arbitraje. Asimismo, pretende rescatar la negociación
colectiva de la simulación y corrupción que caracterizan a los contratos
de protección patronal. También busca suprimir la extorsión a empresas
por parte de siglas sindicales sin representación real de trabajadores.
En un periodo corto de tiempo, el tema de la reforma laboral ha
generado un interés creciente, reflejado en la organización de múltiples
foros y pronunciamientos públicos en los que han participado numerosos
actores políticos y sociales. En un desplegado publicado en este diario
el pasado 26 de febrero, se subrayan los temas que deberán atenderse,
destacándose la autonomía en los órganos de impartición de justicia y el
respeto al voto secreto. El pronunciamiento tiene especial importancia
por la pluralidad de sus firmantes.
La reforma constitucional creó dos nuevos organismos para hacer
cumplir los principios del nuevo texto constitucional: uno de carácter
federal autónomo, con tareas de conciliación registro de sindicatos y
contratos colectivos, y otro con el fin de impulsar la conciliación en
los estados.
La propuesta del PRI, apoyada por abogados y líderes beneficiarios
del sistema de corrupción gremial, pretende que en el nuevo organismo
federal se imponga de nuevo la representación tripartita. Este intento
de intromisión cancelaría los fines de la reforma por los siguientes
motivos:
Primero, porque no se puede ser juez y parte, peor aún en una
realidad como la nuestra, en la que la parcialidad, los intereses
creados, la cultura del control, la opacidad y la corrupción han sido
los ingredientes esenciales del modelo que la reforma pretende superar.
Segundo, porque el organismo será el receptor de información
proporcionada por los trabajadores que pretenden organizarse, cambiar de
sindicato o emplazar a huelga, y de su decisión depende la viabilidad
práctica de estos procesos. Ningún grupo de trabajadores va a ser tan
atrevido como para darle información logística y vulnerable a los
representantes de la parte contraria. La experiencia demuestra que la
consecuencia inmediata es la represión.
Tercero, porque no es atendible el argumento de que el carácter
tripartita del organismo que se propone es similar a otros, como la
Organización Internacional del Trabajo o el Seguro Social, porque su
naturaleza es totalmente distinta y la función de estos últimos no es
aplicar la ley; tampoco es atendible el argumento de que el problema se
resuelve limitando en la reglamentación del organismo la injerencia de
empresarios y sindicatos. En cualquier lugar que se encuentre la
representación gremial influirá en las decisiones de dicho órgano y
contará con información que puede afectar a los trabajadores. No es una
cuestión de diseño organizativo o simple redacción.
Cuarto, porque en la experiencia internacional no existe un referente
similar al órgano de control gremial que pretende la iniciativa del
PRI.
A contracorriente, la propuesta impulsada por la UNT plantea que este
organismo debe preservar su autonomía, como lo señala el texto
constitucional, y propone que su órgano de gobierno incluya a la
Comisión Nacional de Derechos Humanos y al Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales,
que, por su naturaleza, están vinculados a los fines del organismo. Por
su parte, la propuesta panista plantea que también participen
especialistas en materia laboral de reconocido prestigio.
En conclusión, preservar la autonomía e imparcialidad de este órgano
es un problema de vida o muerte para la reforma. De otra manera
carecerían de sentido todos los recursos y esfuerzos implementados en
esta tarea.
Para entender la campaña contra Napoleón Gómez Urrutia:
Circunstancialmente, conocí a un abogado que trabaja en un despacho
de asesoría y litigio laboral, en el que todo su equipo es financiado
por una empresa minera. En nuestro encuentro me comentó: “Nosotros nos
dedicamos a presentar demandas y denuncias contra Napoleón Gómez
Urrutia, líder del sindicato nacional minero; la empresa nos da listas
de trabajadores y acudimos a sus domicilios para convencerlos de que
demanden al líder, ofreciéndoles nuestros servicios gratuitos y, a
cambio de su firma, pueden recibir muchos miles de pesos.
La intención es presionar y desprestigiar a Napoleón, porque la empresa no quiere su regreso a México, pues ha sido demasiado exigente en el cumplimiento de los estándares de seguridad para los mineros y en el reclamo de las prestaciones laborales e incrementos salariales, más allá de lo que se otorga en el mercado laboral. Su confesión confirma los motivos de esta campaña.
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